Seguros Horizonte
Información
adicional
Cnel. (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
ASEGURADOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR
En algunas oportunidades a los asegurados residentes en
el exterior, incluidos en el Convenio FAN-HORIZONTE, se les presentan
dificultades relacionadas con el seguro y una de ellas es el cambio de
beneficiarios, en especial cuando alguno de esos beneficiarios fallece o
sencillamente porque el titular decide incluir a un nuevo beneficiario.
El proceso normal a seguir era que el Titular tenía que
hacer esa modificación en presencia de un funcionario de Horizonte y éstos
residen en Venezuela, lo que significaba una gran dificultad para cumplir con
ese trámite.
Pues bien, ante un planteamiento hecho ante esa empresa,
a través del ciudadano General de Brigada Alberto De Abreu Ferreira, ese
procedimiento fue modificado.
Si usted tiene necesidad de cambiar los beneficiarios de
su póliza tiene dos alternativas; iguales al procedimiento para obtener la
remesa de la pensión:
1. Acudir a la sede del Consulado o Embajada de Venezuela
que corresponda y legalizar el escrito que más adelante se indica.
2. Acudir a un Notario, o su equivalente, en el país de
residencia y legalizar y apostillar el escrito que más adelante se indica.
Modelo de escrito a
ser presentado:
“Yo, ______________________________ venezolano, mayor de
edad, C.I. o Pasaporte Nº_______________________________, de estado civil_______________,
de profesión______________________, residenciado en_______(dirección completa de
residencia)___________, mediante
el presente documento declaro que designo como mi(s) beneficiario(s) de la
póliza de Vida (describir la Póliza o las Pólizas), a la(s) siguiente(s) persona(s):
A (nombres y apellidos) , parentesco Si corresponde (cónyuge, hijo, hermano, hermana,
etc.) C.I. o Pasaporte Nº_______________________, un (indicar el %) de la suma asegurada.
Declaración que hago en, (lugar donde hace la declaración
jurada), a la fecha de su
presentación.
PÓLIZA COMPLEMENTARIA.
1. La renovación de la póliza Complementaria no es automática, esto lo exige
la ley del Contrato del Seguro. La condición indispensable es que sea pagada
antes de iniciar el periodo de cobertura. Recuerde que puede financiarla.
2. La cobertura es por año póliza.
3. Si hay una intervención que amerita rehabilitación
esto es hasta el monto de la cobertura. Por ejemplo: Si una operación de
rodilla tuvo un costo de Bs. 30 mil, usted dispondrá para la rehabilitación
hasta lo que le resta de cobertura. La rehabilitación no es un caso aparte, es
decir no es “caso nuevo”.
4. BANCOS AUTORIZADOS PARA DOMICILIAR FINANCIAMIENTO:
1.- Banco Industrial de Venezuela
2.- Banesco
3.- Banco de Venezuela
4.- Banco Provincial
5.- Banco Bicentenario
6.- Banco del Tesoro
7.- Banco Occidental de Descuento
8.- Corp Banca
9.- Banco Mercantil
PÓLIZA DE SERVICIOS FUNERARIOS
1. Si tiene la parcela de terreno, se le informa al
proveedor del servicio y es de suponer que no va a facturar lo correspondiente
a ese concepto; solo debe facturar los servicios que se presten.
2. En los gastos funerarios no se considera marmolería,
jardinería o engramado, ni el mantenimiento que normalmente ofrecen como paquete.
Octubre,
22 de 2013