IPSFA
Ciudadano
Presidente de la Junta Administradora
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma
Hernández
El 21 de diciembre del presente año informé sobre los
puntos tratados en una audiencia concedida el pasado 18 del mismo mes y año por
el ciudadano Contralmirante Carlos José Vieira Acevedo, Presidente de la Junta
Administradora del Instituto de Previsión Social de la FAN.
Uno de los asuntos tratados fue el descuento que ese
Instituto aplica a nuestra remuneración TOTAL ~básico
más primas~ mensual por concepto de Seguros
Horizonte (3,315 %); IPSFA (2,210 %); Hospimil (0,975 %) pero que el TCnel. Secretario
General de esa Junta Administradora y el Cnel. Gerente de Bienestar Social
negaron que ese fuera el procedimiento y ASEGURARON QUE ESOS DESCUENTOS SOLO
SE APLICABAN SOBRE LA REMUNERACIÓN BÁSICA.
Pues bien, ciudadano Contralmirante Vieira Acevedo, sus
subalternos le informaron mal, está equivocados,…para no decir que “ellos” son
los mal informados o que desconocen sus responsabilidades en sus respectivos
cargos o que, sencillamente, ¡mienten!, intencionalmente o no y la demostración
de que sí están equivocados se pone, nuevamente, de manifiesto en el pago del
retroactivo de las primas por descendencia, años de servicio y transporte
correspondiente a los meses enero y febrero de 2013 y he aquí la prueba:
Ciudadano Contralmirante,
si usted aplica los porcentajes que corresponde a cada “retención FCIS” (Fondo Cuidado
Integral de la Salud) al total recibido como asignación, podrá comprobar que
esos descuentos SÍ GRAVAN TODAS LAS PRIMAS QUE RECIBIMOS COMO
PARTE DE NUESTRA REMUNERACIÓN MENSUAL, irregularidad con la cual usted
manifestó no estar de acuerdo.
Hay otro aspecto
digno de considerar sobre el descuento que se hace a los retroactivos aplicable
por “gastos o consumos no efectuados”.
Trataré de
explicarme a través de las siguientes interrogantes:
- ¿por qué se
debe pagar, en diciembre, una cuota adicional por concepto de
Seguros Horizonte si esa empresa ya recibió el pago correspondiente a los meses
de enero y febrero, con el agravante de que no hubo un incremento en la
cobertura de la póliza?,
- ¿por qué se
debe pagar un retroactivo al IPSFA si ya los costos o gastos o cuota para el FCIS
correpondiente a los meses de enero y febrero 2013 ya fueron pagados e “ingresados”
en su oportunidad?
- ¿por qué se
debe pagar al Hospimil un retroactivo por concepto de “ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTAL MÉDICO Y MEDICINAS”, ~según informó el Cnel. Gerente de Bienestar
Social~ cuando se supone que: primero,
esa adquisición de instrumental médico y medicinas correspondiente
a los meses de enero y febrero 2013 ya fue hecha en su
oportunidad; segundo, insisto, ¿por qué
con nuestras pensiones tenemos que subsidiar la adquisición de medicinas que no
consumimos y que al final, si así sucede, debemos comprar o Seguros Horizonte
paga como consecuencia de una intervención quirúrgica?, ¿acaso Sanidad Militar
no incluye esas adquisiciones en su Presupuesto Anual?
Como punto y aparte, conservando la esperanza de que se
corrijan esas irregularidades y se logre designar nuevos Gerentes más
dispuestos a prestar mejores servicios en sus respectivas áreas, me permito
dejar constancia de que “parece” que
comienza a darse algún cambio, por lo menos en cuanto a información a los
afiliados se refiere; así tenemos:
Diciembre, 27 de 2013