IPSFA
Ciudadano Presidente de la Junta Administradora

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

El 21 de diciembre del presente año informé sobre los puntos tratados en una audiencia concedida el pasado 18 del mismo mes y año por el ciudadano Contralmirante Carlos José Vieira Acevedo, Presidente de la Junta Administradora del Instituto de Previsión Social de la FAN.

Uno de los asuntos tratados fue el descuento que ese Instituto aplica a nuestra remuneración TOTAL ~básico más primas~ mensual por concepto de Seguros Horizonte (3,315 %); IPSFA (2,210 %); Hospimil (0,975 %) pero que el TCnel. Secretario General de esa Junta Administradora y el Cnel. Gerente de Bienestar Social negaron que ese fuera el procedimiento y ASEGURARON QUE ESOS DESCUENTOS SOLO SE APLICABAN SOBRE LA REMUNERACIÓN BÁSICA.

Pues bien, ciudadano Contralmirante Vieira Acevedo, sus subalternos le informaron mal, está equivocados,…para no decir que “ellos” son los mal informados o que desconocen sus responsabilidades en sus respectivos cargos o que, sencillamente, ¡mienten!, intencionalmente o no y la demostración de que sí están equivocados se pone, nuevamente, de manifiesto en el pago del retroactivo de las primas por descendencia, años de servicio y transporte correspondiente a los meses enero y febrero de 2013 y he aquí la prueba:

Ciudadano Contralmirante, si usted aplica los porcentajes que corresponde a cada “retención FCIS” (Fondo Cuidado Integral de la Salud) al total recibido como asignación, podrá comprobar que esos descuentos SÍ GRAVAN TODAS LAS PRIMAS QUE RECIBIMOS COMO PARTE DE NUESTRA REMUNERACIÓN MENSUAL, irregularidad con la cual usted manifestó no estar de acuerdo.

Hay otro aspecto digno de considerar sobre el descuento que se hace a los retroactivos aplicable por “gastos o consumos no efectuados”.

Trataré de explicarme a través de las siguientes interrogantes:

- ¿por qué se debe pagar, en diciembre, una cuota adicional por concepto de Seguros Horizonte si esa empresa ya recibió el pago correspondiente a los meses de enero y febrero, con el agravante de que no hubo un incremento en la cobertura de la póliza?,

- ¿por qué se debe pagar un retroactivo al IPSFA si ya los costos o gastos o cuota para el FCIS correpondiente a los meses de enero y febrero 2013 ya fueron pagados e “ingresados” en su oportunidad?

- ¿por qué se debe pagar al Hospimil un retroactivo por concepto de ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTAL MÉDICO Y MEDICINAS”, ~según informó el Cnel. Gerente de Bienestar Social~ cuando se supone que: primero, esa adquisición de instrumental médico y medicinas correspondiente a los meses de enero y febrero 2013 ya fue hecha en su oportunidad; segundo, insisto, ¿por qué con nuestras pensiones tenemos que subsidiar la adquisición de medicinas que no consumimos y que al final, si así sucede, debemos comprar o Seguros Horizonte paga como consecuencia de una intervención quirúrgica?, ¿acaso Sanidad Militar no incluye esas adquisiciones en su Presupuesto Anual?

Como punto y aparte, conservando la esperanza de que se corrijan esas irregularidades y se logre designar nuevos Gerentes más dispuestos a prestar mejores servicios en sus respectivas áreas, me permito dejar constancia de que “parece” que comienza a darse algún cambio, por lo menos en cuanto a información a los afiliados se refiere; así tenemos:
Diciembre, 27 de 2013