IPSFA


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Cada vez que se lleva a efecto una transferencia de responsabilidades en la presidencia de la Junta Administradora del IPSFA se abren las rejas donde se encuentra prisionera la esperanza de poder alcanzar un verdadero bienestar y seguridad social para los seres humanos que integramos nuestra Fuerza Armada, incluyendo a los familiares sobrevivientes, conforme lo establece nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social, pero siempre hemos sido defraudados.

Recientemente esas rejas inclementes fueron abiertas de nuevo para dar la tan ansiada libertad a esa esperanza y dejar atrás tantos días, tantos años, de angustias, carencias, olvido, desprecio, malos tratos, arbitrariedades, descontrol y hasta increíbles comentarios como: “…yo solo vengo a cumplir unos años para ascender y ocupar el cargo de … en la Armada”, tal y como me lo confesó, descaradamente, un antiguo oficial de la Armada que acababa de ser designado como presidente de la Junta Administradora del Instituto.

Actualmente existen, entre otros, tres grandes padecimientos:

1. Pensiones.
2. Salud.
3. Seguro.


PENSIONES:

1. Si bien es cierto que no es responsabilidad del IPSFA fijar el monto de las pensiones, también es cierto que quien presida su Junta Administradora, en función a su cargo de secretario o secretaria del Consejo de Seguridad Social (artículo 24 LOSSFAN), puede recomendar el necesario ajuste de las pensiones del personal militar en reserva activa y la de los familiares sobrevivientes conforme a las funciones atribuidas a ese Consejo de Seguridad Social.

2. Corregir una injusticia como lo es la discriminación entre familiares sobrevivientes antes del 29 de diciembre de 2015 y familiares sobrevivientes después de esa fecha.
La situación que se presenta es que al grupo de familiares citados en primer lugar solo se les paga el SESENTA POR CIENTO (60 %) de la pensión generada por el causahabiente, mientras que al segundo grupo de sobrevivientes se les paga el CIEN POR CIENTO (100 %) de la pensión.
La LOSSFAN, en su artículo 43, numeral 6, es clara y precisa al respecto y en ninguna de sus partes hace una distinción entre los familiares sobrevivientes; además, el principio de interpretación establece que donde la ley no distingue no debemos distinguir o, dicho de otra manera, donde la ley no distingue no es lícito distinguir.

3. Corregir el desajuste existente entre la caja de ahorros, dpto. de pensiones y dpto. de informática que permite hacer descuentos a quienes no pertenecemos a la caja de ahorros y esto sucede a pesar de la orden impartida, en mi presencia el pasado mes de septiembre, por el ciudadano General de División Renier Enrique Urbáez Fermín, actual presidente de la Junta Administradora del IPSFA


SALUD:

1. Este es un punto complejo para el IPSFA porque generalmente le atribuimos responsabilidad en la atención médica en nuestros diferentes centros de salud cuando, en realidad, esto es responsabilidad exclusiva del Sistema de Sanidad Militar de la Fuerza Armada quien es la que tiene el control y administración de esos centros de salud. Este punto amerita una revisión.

2. Medicinas. Éste sí es un punto que corresponde al IPSFA y que poco a poco ha sido desmejorado, pero la responsabilidad no solo es del Instituto, ya lo he dicho otras veces, también nosotros, los beneficiarios, tenemos una cuota de responsabilidad en la deficiencia de este beneficio de seguridad social; por una parte la anterior administración siempre se excusó con: “así está todo el sistema de salud y las medicinas en el país, por otra parte el suministro de medicinas no está bien definido porque no satisface las necesidades de los pacientes que las requieren ya que las indicadas por los médicos no están contempladas en el “petitorio” (¿existirá, o si existe, estará actualizado?) y por lo tanto se suministran otros tipos de medicinas que supuestamente son sucedáneos pero que son rechazados por el paciente, generando una pérdida de dinero. Además, no existe la dosificación adecuada de medicinas, es decir, para un tratamiento de quince días con un total de quince tabletas, se entrega al paciente una caja de treinta tabletas con lo cual existe un desperdicio, además del riesgo de la automedicación.



Es de resaltar que el pasado 09 de octubre del presente año, el actual presidente de la Junta Directiva del IPSFA envió un cargamento de medicinas para el Punto de Entrega de Medicinas (PEM) de la ciudad de Maracaibo.


SEGUROS HORIZONTE:

Esto sí es un verdadero quebradero de cabeza. Da la impresión de que esta compañía de seguros, propiedad del IPSFA, anda a su libre albedrío, pareciera ser que escapa de los controles de la Contraloría de la FAN, de la SUDEASEG y de su dueño y, prácticamente, único accionista.

Por otra parte, es el ministerio de la defensa (MPPPD) el corresponsable, junto con esa empresa mercantil, de la paupérrima, mísera, póliza de seguro con sus diferentes coberturas por HCM, vida, accidentes y funerario.

¿Se puede hacer algo para remediar esta situación?, quizás sí y habría que comenzar por intervenir a esa empresa comercial aseguradora, obviando su dependencia del MPPPD; hacerle una profunda auditoría que se remonte a varios, varios, años atrás para establecer ciertas “responsabilidades” administrativas; renovar su plantilla y designar a personas que conozcan perfectamente el mercado asegurador y estén en capacidad de innovar y entrar en leal competencia con las demás compañías de seguros existentes en el país y, ¿por qué no internacionalmente?

Quedan otros aspectos a tratar que, creo, ya son del conocimiento del ciudadano General de División Renier Enrique Urbáez Fermín según pude apreciar en la audiencia que, cortésmente, me concedió el pasado mes de septiembre.

Para concluir, a partir de mañana lunes 21 de octubre se da inicio a la celebración del 70 aniversario del IPSFA



Octubre, 20 de 2019