¡Otra vez el IPSFA!
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma
Hernández
¡El IPSFA volvió a cometer ¿una equivocación?!
El caso es que en
el mes de noviembre pagó las pensiones de retiro y la de familiares
sobrevivientes con un descuento indebido de treinta bolívares (Bs. 30,00) en la
remuneración básica. Descuento insignificante pero arbitrario, injustificado,
porque esos treinta bolívares son del pensionado y nadie, absolutamente nadie
puede disponer de nuestras pensiones, excepto un tribunal y en situaciones muy
específicas.
La irregularidad comienza cuando ese Instituto de
Previsión Social pagó treinta bolívares en exceso sobre el incremento del 1º de
septiembre y lo repitió en la remuneración de octubre. Para esas fechas,
correspondía un aumento de Bs. 246,00 pero el IPSFA pagó la cantidad de Bs.
276,00. ¿Esto no es una muestra de falta de control, de supervisión?
Cuando ese Instituto pagó la diferencia de sueldo en el
mes de octubre descontó, a cada militar profesional en situación de retiro y a
cada familiar pensionado, la cantidad de Bs. 30,00 pagada en exceso en
septiembre, acción que repitió en noviembre para remediar su error en el mes de
octubre.
Observe algo muy importante, “se incurrió en un mismo error dos veces consecutivas sin
que se hicieran las correcciones oportunas”
Hasta aquí se puede aceptar que es “correcto” hacer esos
descuentos. Lo incorrecto y el abuso aparece cuando el IPSFA hace efectiva la
remuneración correspondiente al mes de noviembre y aplica, ¡por segunda vez!,
ese descuento de treinta bolívares ¡al sueldo básico!
¿Por qué se aplica un descuento al sueldo básico y no en
las deducciones que se registran en la planilla de liquidación de haberes,
procedimiento contable correcto?
¿Será que, si lo aplica como una deducción, se haría muy
notorio ese descuento y que al hacerlo en el sueldo básico ~el cuál
muchos militares profesionales en situación de retiro y familiares
sobrevivientes desconocen, bien sea por falta de interés, o falta de información~ ese descuento pasaría desapercibido "per omnia saecula saeculorum"?
¿Aplicar un descuento indebido al sueldo básico no
afecta, también, la ‘Prima por no Ascenso’, solo por mencionar una de ellas?
¿Al aplicar un descuento indebido al sueldo básico no
se está afectando los ingresos del IORFAN y del Círculo militar?
¿Al aplicar ese descuento indebido al sueldo básico no se afectará el pago de la Bonificación de Fin de Año?
¿Al aplicar ese descuento indebido al sueldo básico no se afectará el pago de la Bonificación de Fin de Año?
¿Cuánto dinero representa ese “pequeño” e “inadvertido”
descuento si lo multiplicamos por TODOS los militares profesionales en
situación de retiro MÁS TODOS los familiares sobrevivientes con derecho de pensión?
El problema es que si no se denuncia esa irregularidad,
si no se reclama, entonces ese “error”, ese “descuento” en
el sueldo básico se formalizará para
siempre y, ¿quién sabe?, podrían ‘experimentar’ con otro tipo de
descuento más.
Hagamos un ejercicio. Vamos a suponer que entre militares
profesionales en situación de retiro y familiares pensionados sumen 9.000
personas; eso daría una cantidad igual a Bs. 270.000,00 ($ 42.857,14 al cambio
oficial, sin referencia con el 'innombrable') ¡al mes, libre de polvo y paja! ¿En dónde queda ese
dinero que es suyo?
El error podría ser de transcripción en informática, pero
¿hasta cuándo comenten errores?, ¿no existe un “jefe” que le ponga coto a esas
deficiencias?
¿Será que se olvidó ese aforismo militar según el cual el
Jefe es el único responsable de lo que su unidad haga o deje de hacer? Eso se
llama responsabilidad en el cargo que se desempeña. ¿Y quién es el “jefe” del
IPSFA?
Esperemos a ver cómo calculará el monto de la
Bonificación de Fin de Año. Recuerde que el monto de referencia es la
remuneración integral y no lo que usted recibe mensualmente sin los descuentos;
son dos cantidades muy diferentes.
Septiembre,
06 de 2013