Periplo de un joven
recién huérfano de padre
Coronel (Ej-Ven) Manuel A
Ledezma Hernández
Son las 04:25 HLV cuando inicio el presente escrito.
Ayer 06 de febrero tuve conocimiento del penoso periplo, en
toda regla, que tuvo que padecer un joven a quien le acababa de fallecer su
padre. Me limitaré a narrar los hechos y usted será el juez y sentenciador, yo
lo hice ya.
El padre, un Coronel retirado, del ejército, tuvo un percance
de salud que ameritaba atención médica de inmediato y el joven acudió al IPSFA
para solicitar información, una orientación. Fue atendido cortésmente por una
dama Oficial superior quien, después de oírlo le sugirió que trasladara a su
señor padre a algún hospital militar o a la clínica de la Guardia Nacional. El joven
procedió en consecuencia y aprovechó la oportunidad de, que estando en el
Fuerte Tiuna, acudir al conocido tradicionalmente como “hospitalito”, ¡y allí comenzó
su periplo, su calvario!
En ése centro de salud fue atendido inicialmente por un
profesional asimilado que le indicó amablemente que fuera a exponer el caso a
una señora que se encontraba en la carpa de campaña instalada en el
estacionamiento de dicho centro de salud; efectivamente, allí estaba la dama
responsable del lugar y de la atención de las personas que allí acudían, pero
el trato brindado fue degradante, tanto que el joven volvió a acudir al asimilado
que lo atendió inicialmente y éste le indicó que acudiera a determinado lugar
en el edificio aledaño, pero no le garantizaba que sería atendido. Así mismo.
Ante tal situación el joven decidió buscar alternativas y ya
que su padre había prestado algunos servicios laborables en una clínica privada
lo llevó a esa dependencia en la cual fue ingresado sin costo, pero con la
condición de que cubriera los costos de la asistencia médica... ¡por supuesto
el joven accedió de inmediato y llevó su padre a dicho centro!
En el interín de hacer otros trámites relacionados con el caso
y con su señora madre, que también está enferma, recibió una llamada de la
clínica notificándole que su papá había fallecido. Tal noticia, por supuesto,
lo impactó profundamente, sin embargo, tuvo la entereza de afrontarlo
decididamente y hacer los trámites legales de inmediato y con ellos en mano se
dirigió, destrozado anímicamente, al IPSFA para los trámites correspondiente;
allí volvió a ser atendido por la misma Oficial superior y por otras damas que
lo trataron con respeto y consideraciones dado el estado en que se encontraba
el joven y solo pudieron sugerirle que planteara su caso a un sujeto bípedo
disfrazado de militar profesional quien, después de oír la necesidad que le
exponía el joven, tuvo la osadía, la desconsideración, la grosería, la falta de
humanidad, la falta de compasión, entender el dolor por la situación que estaba
pasando el joven y le espetó groseramente... “¿es que acaso la urna de tu papá
es de cristal?; «YO» solo puedo darte trescientos (300) bolívares”. Ése
es el trato que ahora brindan ciertos sujetos que se creen amos y señores del
IPSFA. No sé usted, pero esos individuos merecen un alto cargo militar en la
cercanía de la triple frontera internacional, en el estado Amazonas, en el
punto más alto de la “Piedra del Cocuy” con su respectivo puesto de comando
constituido por un baño y una habitación que incluya un fogón de leña para que
preparen su comida proveniente de la caza y de la pesca.
Retomando el caso que nos ocupa; el recién huérfano pudo
cubrir los costos del entierro de su padre gracias a la venta de algunos objetos
de la familia, pero aquí no terminó su padecimiento porque aún tiene que cubrir
los costos de la clínica que le hizo firmar unos giros a un interés del doce
por ciento (12 %) anual para cubrir una deuda que, al día de hoy, está entre
los 20.000 y 22.000 dólares. ¿Cómo demonios se puede cubrir una deuda de esa
magnitud con la jubilación o pensión que recibimos los retirados o un familiar
sobreviviente?; ahora imagine usted que podrán hacer los familiares sobrevivientes
antes de la vigencia de la LOSSFAN y que solo perciben el sesenta por ciento (60
%) de la pensión que les corresponde por ley debido a los abogados asesores,
tanto del mindefensa como del IPSFA, sostienen que esa ley vigente no les
ampara en su derecho de acrecer que ella
misma sí les otorga.
Solo hay que verse en este espejo que no ha sido el único ni
será el último; y con todo este panorama deplorable hay profesionales que
insisten en que no es necesario crear algún tipo de organización privada
destinada única y exclusivamente a solucionar de inmediato situaciones como la
antes narradas porque, para eso existe la ley y la responsabilidad del Estado
para con su pueblo. La verdad es que desconozco en cual planeta viven esas
personas; mientras, otros sugieren que, de constituir algo parecido, debe estar sujeto a determinada dependencia adscrita al mindefensa y que no tiene la
capacidad económica ni la autonomía para atender esos casos y sus directivos no
son tomados en serio por su órgano de adscripción.
Dios nos agarre confesados porque esto va para un largo rato,
muy largo y solo terminará cuando nosotros, los de la tercera y más edad, que
hemos sobrevivido a la actual hecatombe, hayamos desaparecido para siempre y se
consolide el maravilloso paraíso prometido.
Insisto, usted es juez y sentenciador.
Febrero,07 de 2022