Periplo de un joven

recién huérfano de padre

 

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

 

Son las 04:25 HLV cuando inicio el presente escrito.

Ayer 06 de febrero tuve conocimiento del penoso periplo, en toda regla, que tuvo que padecer un joven a quien le acababa de fallecer su padre. Me limitaré a narrar los hechos y usted será el juez y sentenciador, yo lo hice ya.

El padre, un Coronel retirado, del ejército, tuvo un percance de salud que ameritaba atención médica de inmediato y el joven acudió al IPSFA para solicitar información, una orientación. Fue atendido cortésmente por una dama Oficial superior quien, después de oírlo le sugirió que trasladara a su señor padre a algún hospital militar o a la clínica de la Guardia Nacional. El joven procedió en consecuencia y aprovechó la oportunidad de, que estando en el Fuerte Tiuna, acudir al conocido tradicionalmente como “hospitalito”, ¡y allí comenzó su periplo, su calvario!

En ése centro de salud fue atendido inicialmente por un profesional asimilado que le indicó amablemente que fuera a exponer el caso a una señora que se encontraba en la carpa de campaña instalada en el estacionamiento de dicho centro de salud; efectivamente, allí estaba la dama responsable del lugar y de la atención de las personas que allí acudían, pero el trato brindado fue degradante, tanto que el joven volvió a acudir al asimilado que lo atendió inicialmente y éste le indicó que acudiera a determinado lugar en el edificio aledaño, pero no le garantizaba que sería atendido. Así mismo.

Ante tal situación el joven decidió buscar alternativas y ya que su padre había prestado algunos servicios laborables en una clínica privada lo llevó a esa dependencia en la cual fue ingresado sin costo, pero con la condición de que cubriera los costos de la asistencia médica... ¡por supuesto el joven accedió de inmediato y llevó su padre a dicho centro!

En el interín de hacer otros trámites relacionados con el caso y con su señora madre, que también está enferma, recibió una llamada de la clínica notificándole que su papá había fallecido. Tal noticia, por supuesto, lo impactó profundamente, sin embargo, tuvo la entereza de afrontarlo decididamente y hacer los trámites legales de inmediato y con ellos en mano se dirigió, destrozado anímicamente, al IPSFA para los trámites correspondiente; allí volvió a ser atendido por la misma Oficial superior y por otras damas que lo trataron con respeto y consideraciones dado el estado en que se encontraba el joven y solo pudieron sugerirle que planteara su caso a un sujeto bípedo disfrazado de militar profesional quien, después de oír la necesidad que le exponía el joven, tuvo la osadía, la desconsideración, la grosería, la falta de humanidad, la falta de compasión, entender el dolor por la situación que estaba pasando el joven y le espetó groseramente... “¿es que acaso la urna de tu papá es de cristal?; «YO» solo puedo darte trescientos (300) bolívares”. Ése es el trato que ahora brindan ciertos sujetos que se creen amos y señores del IPSFA. No sé usted, pero esos individuos merecen un alto cargo militar en la cercanía de la triple frontera internacional, en el estado Amazonas, en el punto más alto de la “Piedra del Cocuy” con su respectivo puesto de comando constituido por un baño y una habitación que incluya un fogón de leña para que preparen su comida proveniente de la caza y de la pesca.

Retomando el caso que nos ocupa; el recién huérfano pudo cubrir los costos del entierro de su padre gracias a la venta de algunos objetos de la familia, pero aquí no terminó su padecimiento porque aún tiene que cubrir los costos de la clínica que le hizo firmar unos giros a un interés del doce por ciento (12 %) anual para cubrir una deuda que, al día de hoy, está entre los 20.000 y 22.000 dólares. ¿Cómo demonios se puede cubrir una deuda de esa magnitud con la jubilación o pensión que recibimos los retirados o un familiar sobreviviente?; ahora imagine usted que podrán hacer los familiares sobrevivientes antes de la vigencia de la LOSSFAN y que solo perciben el sesenta por ciento (60 %) de la pensión que les corresponde por ley debido a los abogados asesores, tanto del mindefensa como del IPSFA, sostienen que esa ley vigente no les ampara en su derecho de acrecer que ella misma sí les otorga.

Solo hay que verse en este espejo que no ha sido el único ni será el último; y con todo este panorama deplorable hay profesionales que insisten en que no es necesario crear algún tipo de organización privada destinada única y exclusivamente a solucionar de inmediato situaciones como la antes narradas porque, para eso existe la ley y la responsabilidad del Estado para con su pueblo. La verdad es que desconozco en cual planeta viven esas personas; mientras, otros sugieren que, de constituir algo parecido, debe estar sujeto a determinada dependencia adscrita al mindefensa y que no tiene la capacidad económica ni la autonomía para atender esos casos y sus directivos no son tomados en serio por su órgano de adscripción.

Dios nos agarre confesados porque esto va para un largo rato, muy largo y solo terminará cuando nosotros, los de la tercera y más edad, que hemos sobrevivido a la actual hecatombe, hayamos desaparecido para siempre y se consolide el maravilloso paraíso prometido.

Insisto, usted es juez y sentenciador.

Febrero,07 de 2022