El verdadero ¡AUMENTO!
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma
Hernández
Trataré de explicarme.
¿Cuál era su sueldo básico para el 01SEP2013?, ¿cuál era
su sueldo básico en abril 2013? Por favor, revise su Planilla de Liquidación de
Haberes conocida como “Neto”.
Vamos a poner algunos puntos en claro:
1. En ningún punto de la Directiva GENERAL
MPPD-OPP-DIRPLA-2013/13-05/003 "REMUNERACIONES Y BENEFICIOS
SOCIOECONÓMICOS DEL PERSONAL MILITAR DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL
BOLIVARIANA", de fecha 23 de septiembre de 2013 ~en caso de ser cierta su
existencia y no un “montaje” ~ no establece, señala, ordena, fija, determina,
especifica,… que la base de cálculo sea el mes de abril 2013 para el incremento
de los porcentajes mencionados por la ciudadana ministra de la defensa y
Almirante en Jefe (No Almiranta en Jefa, como aparece en
su firma en la mencionada y supuesta Directiva)
2. Al aplicar el criterio del nuevo aumento
anunciado en base al mes de abril 2013 y no al mes de septiembre 2013 se
perjudica en mayor medida a quién debe recibir el mayor porcentaje, ¿y quiénes
son estos?... ¡la Tropa Profesional!, a la que le corresponde el 60 %
Revisemos algunos números para determinar cuánto dejarán
de percibir:
Usted, en abril 2013 tenía la siguiente remuneración
básica:
Abril 2013
|
||
Jerarquía
|
Nivel
|
S Básico
|
Sgto. Supv
|
3
|
5.190,00
|
Sgto. Ayud
|
3
|
4.478,00
|
SM 1
|
3
|
3.855,00
|
SM 2
|
4
|
3.417,00
|
SM 3
|
4
|
2.932,50
|
S 1
|
4
|
2.517,00
|
S 2
|
2
|
2.239,50
|
0
|
2.176,50
|
En septiembre 2013, su remuneración básica fue:
Septiembre 2013
|
||
Jerarquía
|
Nivel
|
S Básico
|
Sgto. Supv
|
3
|
6.846,00
|
Sgto. Ayud
|
3
|
5.129,00
|
SM 1
|
3
|
4.611,00
|
SM 2
|
4
|
4.073,00
|
SM 3
|
4
|
3.688,60
|
S 1
|
4
|
3.173,00
|
S 2
|
2
|
2.895,60
|
0
|
2.832,60
|
Si en este mes de octubre se aplica el criterio del
presidente de la Junta Administradora del IPSFA y se toma como base de cálculo
la remuneración en el mes de abril 2013, el aumento del 60 % para la Tropa
Profesional será:
Octubre 2013
|
||
Aplicando el 60 % a Abr 2013
|
||
Aumento
|
Descuentos para IPSFA, Hospimil, Seguro
|
Total nuevo sueldo básico
|
3.114,00
|
6,5%
|
2.911,59
|
2.686,80
|
2.512,16
|
|
2.313,00
|
2.162,66
|
|
2.050,20
|
1.916,94
|
|
1.759,50
|
1.645,13
|
|
1.510,20
|
1.412,04
|
|
1.343,70
|
1.256,36
|
|
1.305,90
|
1.221,02
|
Pero si el aumento del 60 % se aplica sobre la
remuneración de septiembre 2013, se obtiene el siguiente resultado:
Octubre 2013
|
||
Aplicando el 60 % a Sep 2013
|
||
Aumento
|
Descuentos para IPSFA, Hospimil, Seguro
|
Total nuevo sueldo básico
|
4.107,60
|
6,5%
|
3.840,61
|
3.077,40
|
2.877,37
|
|
2.766,60
|
2.586,77
|
|
2.443,80
|
2.284,95
|
|
2.213,16
|
2.069,30
|
|
1.903,80
|
1.780,05
|
|
1.737,36
|
1.624,43
|
|
1.699,56
|
1.589,09
|
En la siguiente tabla usted podrá apreciar cuánto dejará
de percibir mensualmente, luego de descuentos, por concepto de remuneración
básica en el caso de que se imponga el criterio del presidente la Junta
Administradora del IPSFA:
SI SE APLICA LO QUE DICE EL IPSFA
|
|||
Jerarquía
|
Oct 2013
|
Abr 2013
|
Ud. PIERDE
|
Sgto. Supv
|
3.840,61
|
2.911,59
|
929,02
|
Sgto. Ayud
|
2.877,37
|
2.512,16
|
365,21
|
SM 1
|
2.586,77
|
2.162,66
|
424,12
|
SM 2
|
2.284,95
|
1.916,94
|
368,02
|
SM 3
|
2.069,30
|
1.645,13
|
424,17
|
S 1
|
1.780,05
|
1.412,04
|
368,02
|
S 2
|
1.624,43
|
1.256,36
|
368,07
|
1.589,09
|
1.221,02
|
368,07
|
Para los oficiales y familiares sobrevivientes el
procedimiento de cálculo es el mismo.
Usted, Cnel./CN, ~con treinta años de servicio~ tenía, en
abril 2013, una remuneración básica de Bs. 9.577,50; al aplicarle el 50 % su
aumento será de Bs. 4.788,75.
En septiembre su remuneración básica fue de Bs.
10.263.50; el 50 % de esa cantidad es Bs. 5.131,75.
La diferencia entre uno y otro total es de Bs. 343,00,
que al aplicarle el 6,5 % que descuenta el IPSFA, quedará una diferencia de Bs.
320,71 que usted no recibirá si se mantiene el criterio del presidente de la
Junta Administradora del IPSFA.
Pero aún hay más.
Si se concreta el aumento en base a la remuneración de
abril 2013, aplique usted la depreciación monetaria en el transcurso de esos
cinco meses (inflación)
Además, si observa con atención las tablas de la supuesta
directiva del 23 de septiembre de 2013 y aplica los porcentajes
correspondientes a la remuneración del mes de abril 2013, las cantidades no
coinciden; lo mismo sucede si aplica dichos porcentajes a la remuneración de
septiembre 2013. ¿Cómo calcularon las remuneraciones a partir del 1º de octubre
de 2013? Hay que esperar qué decide la ciudadana Ministra de la Defensa o lo
que nos deposite el IPSFA. Después…
Toda la parafernalia montada para anunciar el tan
necesario aumento de nuestras remuneraciones, y que al final es pírrica cuando
usted aplica la punta fina del lápiz, lo único que trajo es confusión y sobre
todo descontento en el resto de la población ante la cual quedamos muy mal
parados, tal y como se aprecia en la prensa y en el espejo de los
caricaturistas:
Por último, insisto, ¿a los activos le calcularon el
aumento en base a sus remuneraciones en abril 2013 o en base al mes de
septiembre 2013?
Octubre,
07 de 2013