IPSFA
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
Cada
vez que se lleva a efecto una transferencia de responsabilidades en la
presidencia de la Junta Administradora del IPSFA se abren las rejas donde se
encuentra prisionera la esperanza de poder
alcanzar un verdadero bienestar y seguridad social para los seres humanos que
integramos nuestra Fuerza Armada, incluyendo a los familiares sobrevivientes,
conforme lo establece nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social, pero siempre
hemos sido defraudados.
Recientemente
esas rejas inclementes fueron abiertas de nuevo para dar la tan ansiada
libertad a esa esperanza y dejar
atrás tantos días, tantos años, de angustias, carencias, olvido, desprecio,
malos tratos, arbitrariedades, descontrol y hasta increíbles comentarios como: “…yo
solo vengo a cumplir unos años para ascender y ocupar el cargo de … en la
Armada”, tal y como me lo confesó, descaradamente, un antiguo oficial de la
Armada que acababa de ser designado como presidente de la Junta Administradora
del Instituto.
Actualmente
existen, entre otros, tres grandes padecimientos:
1.
Pensiones.
2.
Salud.
3.
Seguro.
PENSIONES:
1. Si bien es cierto que no es responsabilidad del IPSFA
fijar el monto de las pensiones, también es cierto que quien presida su Junta
Administradora, en función a su cargo de secretario o secretaria del Consejo
de Seguridad Social (artículo 24 LOSSFAN), puede recomendar el necesario
ajuste de las pensiones del personal militar en reserva activa y la de los
familiares sobrevivientes conforme a las funciones atribuidas a ese Consejo de
Seguridad Social.
2. Corregir una injusticia como lo es la
discriminación entre familiares sobrevivientes antes del 29 de diciembre de
2015 y familiares sobrevivientes después de esa fecha.
La situación
que se presenta es que al grupo de familiares citados en primer lugar solo se les
paga el SESENTA POR CIENTO (60 %) de la pensión generada por el causahabiente,
mientras que al segundo grupo de sobrevivientes se les paga el CIEN POR CIENTO
(100 %) de la pensión.
La LOSSFAN,
en su artículo 43, numeral 6, es clara y precisa al respecto y en ninguna de sus partes
hace una distinción entre los familiares sobrevivientes; además, el principio de
interpretación establece que donde la ley no distingue no
debemos distinguir o, dicho de otra manera, donde la ley no
distingue no es lícito distinguir.
3. Corregir el desajuste existente entre la caja de
ahorros, dpto. de pensiones y dpto. de informática que permite hacer descuentos
a quienes no pertenecemos a la caja de ahorros y esto sucede a pesar de la
orden impartida, en mi presencia el pasado mes de septiembre, por el ciudadano
General de División Renier Enrique Urbáez Fermín, actual presidente de la Junta
Administradora del IPSFA
SALUD:
1. Este es un punto complejo para el IPSFA porque
generalmente le atribuimos responsabilidad en la atención médica en nuestros
diferentes centros de salud cuando, en realidad, esto es responsabilidad
exclusiva del Sistema de Sanidad Militar de la Fuerza Armada quien es la que
tiene el control y administración de esos centros de salud. Este punto amerita
una revisión.
2. Medicinas. Éste sí es un punto que corresponde al
IPSFA y que poco a poco ha sido desmejorado, pero la responsabilidad no solo es
del Instituto, ya lo he dicho otras veces, también nosotros, los beneficiarios,
tenemos una cuota de responsabilidad en la deficiencia de este beneficio de
seguridad social; por una parte la anterior administración siempre se excusó con:
“así está todo el sistema de salud y las medicinas en el país”,
por otra parte el suministro de medicinas no está bien definido porque no
satisface las necesidades de los pacientes que las requieren ya que las
indicadas por los médicos no están contempladas en el “petitorio” (¿existirá, o
si existe, estará actualizado?) y por lo tanto se suministran otros tipos de
medicinas que supuestamente son sucedáneos pero que son rechazados por el paciente,
generando una pérdida de dinero. Además, no existe la dosificación adecuada de
medicinas, es decir, para un tratamiento de quince días con un total de quince
tabletas, se entrega al paciente una caja de treinta tabletas con lo cual
existe un desperdicio, además del riesgo de la automedicación.
Es de resaltar que el pasado 09 de octubre del presente año, el actual presidente de la Junta Directiva del IPSFA envió un cargamento de medicinas para el Punto de Entrega de Medicinas (PEM) de la ciudad de Maracaibo.
SEGUROS HORIZONTE:
Esto
sí es un verdadero quebradero de cabeza. Da la impresión de que esta compañía
de seguros, propiedad del IPSFA, anda a su libre albedrío, pareciera ser que
escapa de los controles de la Contraloría de la FAN, de la SUDEASEG y de su dueño
y, prácticamente, único accionista.
Por otra
parte, es el ministerio de la defensa (MPPPD) el corresponsable, junto con esa
empresa mercantil, de la paupérrima, mísera, póliza de seguro con sus
diferentes coberturas por HCM, vida, accidentes y funerario.
¿Se
puede hacer algo para remediar esta situación?, quizás sí y habría que comenzar
por intervenir a esa empresa comercial aseguradora, obviando su dependencia del
MPPPD; hacerle una profunda auditoría que se remonte a varios, varios, años
atrás para establecer ciertas “responsabilidades” administrativas; renovar su
plantilla y designar a personas que conozcan perfectamente el mercado asegurador
y estén en capacidad de innovar y entrar en leal competencia con las demás
compañías de seguros existentes en el país y, ¿por qué no internacionalmente?
Quedan
otros aspectos a tratar que, creo, ya son del conocimiento del ciudadano
General de División Renier Enrique Urbáez Fermín según pude apreciar en la
audiencia que, cortésmente, me concedió el pasado mes de septiembre.
Para
concluir, a partir de mañana lunes 21 de octubre se da inicio a la celebración
del 70 aniversario del IPSFA
Octubre, 20 de 2019