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Ciudadana Vicealmirante
ÉRIKA COROMOTO VÍRGÜEZ OVIEDO

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Deficiente prestación de bienestar social y económico
Parte IV

SEGUROS HORIZONTE:
Éste si es, de verdad, un asunto escabroso, no por lo peligroso que pudiera ser, eso es lo de menos; es escabroso porque existen demasiados intereses personales y dinerario involucrados; es un terreno áspero, lleno de tropiezos que impiden la aceptación de que sus servicios sean los más adecuados y que las coberturas que ofrece estén alejadas de toda realidad en cuanto a los costos de los diferentes eventos de salud, funerarios y otras coberturas que debe satisfacer esta empresa de seguro, la cual es propiedad exclusiva del IPSFA y no de quienes administran ese Instituto de Previsión Social de la FAN. Sepa usted, señora Vicealmirante, que el IPSFA, bajo su administración, es el dueño del 99,2636969696… % de las acciones de esa empresa aseguradora y usted es el Primer Vocal de la Junta Directiva. No entiendo, ¿el IPSFA es el propietario de la empresa, pero su representante ante la Junta de Directiva de ella es solo un vocal más con una etiqueta diferenciadora como “principal”?, para mí me resulta extraño porque, siendo el dueño, no tiene ningún poder de decisión
Pero antes de entrar de lleno a tratar lo relacionado con Seguros Horizonte C.A., quiero hacerle una pregunta:
¿Usted conoce, o ha oído hablar sobre algo llamado “FASMIJ”?… bueno, eso es el:
“Fondo Administrado de Salud para el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz”, creada con la finalidad de desarrollar un Plan Integral de Salud para los empleados, trabajadores, obreros, contratados, jubilados, pensionados y su grupo familiar; pertenecientes al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, de sus Órganos y Entes Adscritos; a los fines de garantizar el Derecho a la Salud, prestando un servicio de calidad con una respuesta eficiente y oportuna y cuya misión es Brindar un servicio de salud integral, solidario y eficiente al contingente funcionarial activo, pasivo y familiares beneficiarios del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz de sus Órganos y Entes Adscritos.” [1]

Pues bien, esa Fundación, dependiente del ministerio de relaciones interiores (MPPRIJP), el pasado 22 de junio del presente año firmó un convenio, aprobado por el ministro de interior y justicia, otorgando a los funcionarios policiales, activos, jubilados y familiares, que les brinda las siguientes coberturas:

HOSPITALIZACION Y CIRUGIA
Bs. 129.780.000,°°
MATERNIDAD
Bs.   66.390.000,°°
SERVICIOS FUNERARIOS
Bs.   54.330.000,°°
SERVICIOS ODONTOLOGÍA
Bs.     6.030.000,°°
SERVICIOS OFTALMOLÓGICA
Bs.     6.030.000,°°

Y la información que recibí, acompañada por esa tabla, es la siguiente:
“Todas esas pólizas de seguro, tanto de HCM como funeraria y los sistemas de gestión de seguros, están amparados, desde hace años, por el Contrato Marco de la administración pública nacional, estadal y municipal y por los contratos colectivos de trabajo, sin embargo, hay asociaciones que tienen convenios de pólizas corporativas o colectivas con diferentes compañías de seguros, donde los jubilados o pensionados pagan una cuota especial.”
De la información escrita recibida se deduce que el personal amparado por la cobertura de la Fundación FASMIJ, no pagan prima mensual por el seguro, excepto aquellos que están asegurados, o tienen alguna póliza con otra compañía de seguros. También podrá observar que ellos se rigen por el susodicho Contrato Marco de la administración pública nacional, estadal y municipal, ¿acaso ese “Contrato Marco…” no está relacionado con la ya citada Convención Colectiva Marco Socialista de Trabajo de la Administración Pública Nacional que garantiza una serie de beneficios a todos los empleados públicos, o será que seguimos con la mala costumbre según la cual nosotros, los militares profesionales y por derivación los familiares sobrevivientes, somos “empleados públicos” para algunas determinadas condiciones y para otras no?
¡Y no entremos en detalle sobre las remuneraciones, cuya tabla también recibí!
Desconozco cuál es la cobertura de la póliza de Horizonte que ampara a usted; lo que sí puedo decirle cual es la que me tiene asignada:

COBERTURA BASICA HCM
Bs. 14.000.000,00
SERVICIOS FUNERARIOS (COBERTURA BASICA)
BS. 16.000.000,00
PRIMAS MENSUALES
HOSPITALIZACIÓN CIRUGÍA Y MATERNIDAD
Bs. 5.900.043,00
SERVICIOS FUNERARIOS
Bs.    517.902,00


Ahora detengámonos en el pago de primas. Para las compañías de Seguro el pago de prima es un pago anual que podría ser financiado durante un determinado número de meses según la política de la compañía aseguradora. ESTO ES ASÍ, excepto si Seguros Horizonte es una compañía con características especiales y privilegios. ¿Acaso lo es?
Pues bien, fíjese en dos cosas:
1. los ciudadanos policiales no pagan prima mensual por concepto de seguro.
2. en mi caso particular, que debe ser igual para todos los militares profesionales familiares sobrevivientes, la póliza que me ampara tiene una prima ANUAL por seis millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos cuarenta y cinco bolívares (Bs. 6.417.945) para HCM y funerario y, por ser anual, debe ser dividida entre 12, ¿correcto?, al aplicar esta operación aritmética el resultado es una cuota mensual por quinientos treinta y cuatro mil ochocientos veintiocho bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs. 534.828,75), entonces, ¿por qué me descuentan una cantidad superior?, en el caso del mes de junio me descontaron un exceso por Bs. 435.803,25; mi pregunta obligada:
¿quién se quedó con ese dinero que me descontaron en exceso?
Vamos a sacar una pequeña cuenta, al estilo antiguo bachillerato:
Planteamiento del problema:
Usted debe pagar una póliza de seguro que le cuesta, al año, Bs. 6.417.945; a la fecha de hoy ya le han descontado seis cuotas (tome nota del incremento progresivo de las cuotas) según la siguiente demostración:
Meses
Bs.

Meses
Bs.
enero
113.449,06

abril
256.055,28
febrero
162.060,03

mayo
256.055,28
marzo
162.060,03

junio
970.632,00

Preguntas:
1. ¿Cuánto le falta por pagar?
2. Si la deuda por pagar debe ser cubierta en el plazo de seis meses, ¿Cuál es el monto de cada mensualidad?
Resultado:
No sé si usted obtiene este resultado, pero para mí es este:
1. Falta por pagar: Bs. 4.497.633,32
2. La cuota mensual debe ser por: Bs. 749.605,55
Esto significa que el IPSFA no debe aplicar, para seguros Horizonte, desde julio hasta diciembre, un descuento mayor a Bs. 749.605,55
Así que ese porcentaje equivalente al 3,315 % sobre la totalidad de la remuneración mensual tiene que ser eliminado, y no me vengan con la manida excusa de que, por ser solidario, hay que descontar más cantidad al que más gana porque también es cierto que, aquél que más gana también tiene, cada vez, menos familiares amparados por ese seguro y, adicionalmente, está más viejo y gasta más en medicinas que otro asegurado que tiene más familiares que consumen seguro y gastan menos en medicinas. Ojo: es más que conocido que todos los casos no son iguales.
Como ve, estoy tocando puntos que respaldan el inicio de este escrito: “Éste si es de verdad un asunto escabroso, no por lo peligroso que pudiera ser, eso es lo de menos; es escabroso porque existen demasiados intereses, personales y dinerario, involucrados”, y que nadie se atreve tomarlos y resolverlos,
¿miedo?, ¿complicidad?, ¿incapacidad?, ¿desconocimiento?, esto último no lo creo ya que aquí está dicho, por lo que solo quedan tres interrogantes por resolver.
Ahora revisemos el asunto de los montos de cobertura.
La cobertura brindada por la Fundación FASMIJ para los funcionarios policiales, sumando los conceptos hospitalización y cirugía más maternidad, alcanza la suma de ciento noventa y seis millones ciento setenta mil bolívares (Bs. 196.170.000), en tanto que Horizonte solo otorga una cobertura, por ambos eventos, por catorce millones de bolívares Bs. 14.000.000, anunciados recientemente con bombos y platillos.
Para los servicios funerarios la Fundación FASMIJ brinda una cobertura hasta cincuenta y cuatro millones trescientos treinta mil bolívares (Bs. 54.330.000), en tanto que, Seguros Horizonte C.A., solo brinda una cobertura por dieciséis millones de bolívares (Ba. 16.000.000); aquí hay algo muy curioso: ¡un sepelio cuesta más que una hospitalización, cirugía o maternidad!… …muy curioso, ¿verdad?…
Por los momentos dejemos hasta aquí la comparación entre la cobertura brindada por una Fundación y la que brinda una empresa cuya función es administrar seguros y que es, repito, propiedad del IPSFA.
Tenemos que estar claros y de acuerdo en que, ante los costos actuales y futuros de cualquier atención médica y si se trata de intervención quirúrgica de alto riesgo cuyo costo sobre pasa los miles de millones de bolívares actuales, cualesquiera de las coberturas antes mencionadas resultan insignificantes
A título de ejemplo va este caso:
Presupuesto por un cateterismo coronario, para un paciente masculino de 69 años de edad:
Esta operación no se pudo realizar por ciertas razones que justificaban otro tipo de intervención quirúrgica denominada Bypass aortocoronario [2] cuyo presupuesto fue el siguiente:

Al final, realizada la intervención, la compañía de seguros solo reconoció una parte de ese presupuesto y pagó al centro de salud:


 La diferencia de montos está en proceso de reclamo de parte del asegurado.
Ante estas realidades nuestra cobertura brindada por Seguros Horizonte es insignificante. Quizás podrán decir y exigir que, antes de acudir a la medicina privada, se debe asistir al Hospital Militar Carlos Arvelo y esto es correcto, pero es una pérdida de tiempo y las urgencias no permiten ese “lujo”, porque en ese hospital no podrán hacer ese tipo de intervención quirúrgica, y no por falta de profesionales muy calificados, sino por falta de equipos e insumos. Aquí una digresión para dejar constancia de mi reconocimiento para el personal médico, enfermeras y el resto de personal que labora en nuestros hospitales y clínicas militares; a veces me pregunto, ¿no están perdiendo el tiempo en esas dependencias?, aunque también es cierto que fuera de ellas no existe mucha diferencia.
Muchos de los que laboran en el ministerio de la defensa, en el IPSFA, en el seguro Horizonte y muchos militares profesionales que están fuera del servicio activo, dirán que existe un Fondo de Contingencia Médica administrado por el IPSFA, pero ¿ese fondo estará en la capacidad de cubrir un exceso equivalente a más de mil millones de bolívares, cantidad que debe pagar el paciente que se sometió a la intervención de bypass coronario?, ¡lo dudo!… …a menos que ese hipotético paciente militar tenga el grado de General o Almirante en Jefe o posea una fuerte “palanca” que le ayude a solventar esa situación. No se ofenda, esa es la realidad y evidencias existen, no en esa cuantía, pero sí existen.
La otra burla mayúscula relacionada con el seguro son los reintegros; ellos deben estar calculados en una tabla elaborada con base a los costos de mediados del siglo XX. El IPSFA tampoco escapa de esta realidad.
Pero ojo, no toda la responsabilidad recae en el IPSFA y en Seguros Horizonte, nosotros los afiliados y asegurados también tenemos una gran parte de esa responsabilidad. Nos limitamos a la queja, pero normalmente no hacemos el correspondiente reclamo por escrito. Por ejemplo, el familiar inmediato de un militar profesional en situación de retiro tiene que someterse a una intervención quirúrgica y, como es natural, debe hacerse los correspondientes exámenes pre operatorios, para ello acudió al lugar adecuado que tiene convenio con Horizonte y el presupuesto llegó a 8 millones de bolívares; el militar profesional, en el mismo laboratorio, pidió presupuesto para hacerse los mismos exámenes y el presupuesto fue 3 millones de bolívares; claramente se observa que por los mismos exámenes Seguros Horizonte pagaría 5 millones de bolívares más, pero el militar profesional no quiere pasar la novedad al seguro ni quiere que se suministre su nombre a los efectos de esta denuncia, entonces, ¿cómo pretendemos que se corrijan tantas irregularidades que inciden en nuestra seguridad social y que nos afectan profundamente?

Tenemos que reclamar nuestros derechos y beneficios socioeconómicos, pero también tenemos que defenderlos y, sobre todo, protegerlos nosotros mismos y no esperar que salga un mesías o un caudillo para que lo haga por nosotros.
Precisamente, por esa espera de “caudillos” y “mesías” es que sufrimos lo que hoy día estamos sufriendo, ¿hasta cuándo nos comportaremos así?

Voy a dejar este capítulo hasta aquí, no está completo, quedó en el aire el asunto del pago de primas mensuales que deberían ser eliminadas, pero es suficiente, con esto termino la parte que corresponde a algunos de los beneficios sociales y económicos que nos corresponden. Falta un solo tema y será objeto de una última entrega.
Junio, 25 de 2018
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[2] Bypass aortocoronario o coronario: Intervención quirúrgica que se practica para lograr la derivación vascular o revascularización en el corazón con el propósito de corregir las lesiones coronarias, generalmente por acumulación de fibras y lípidos, principalmente colesterol, en la pared interna de una arteria, generando un estrechamiento de su luz cuya consecuencia sea un posible infarto del órgano correspondiente. Esa derivación vascular se realiza mediante el implante de otra vena o arteria corporal, tomada del mismo paciente, para desviar el flujo sanguíneo entre la arteria aorta y el otro al sector coronario que se encuentra más allá de la obstrucción.