Ciudadana Vicealmirante
ÉRIKA
COROMOTO VÍRGÜEZ OVIEDO
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
Deficiente
prestación de bienestar social y económico
Parte
IV
SEGUROS
HORIZONTE:
Éste
si es, de verdad, un asunto escabroso, no por lo peligroso que pudiera ser, eso
es lo de menos; es escabroso porque existen demasiados intereses personales y dinerario
involucrados; es un terreno áspero, lleno de tropiezos
que impiden la aceptación de que sus servicios sean los más adecuados y que las
coberturas que ofrece estén alejadas de toda realidad en cuanto a los costos de
los diferentes eventos de salud, funerarios y otras coberturas que debe
satisfacer esta empresa de seguro, la cual es propiedad exclusiva del IPSFA y
no de quienes administran ese Instituto de Previsión Social de la FAN. Sepa
usted, señora Vicealmirante, que el IPSFA, bajo su administración, es el dueño
del 99,2636969696… % de las acciones de esa empresa aseguradora y usted es el
Primer Vocal de la Junta Directiva. No entiendo, ¿el IPSFA es el propietario de
la empresa, pero su representante ante la Junta de Directiva de ella es solo un
vocal más con una etiqueta diferenciadora como “principal”?, para mí me resulta extraño porque, siendo el dueño,
no tiene ningún poder de decisión
Pero antes de entrar de lleno a tratar lo
relacionado con Seguros Horizonte C.A., quiero hacerle una pregunta:
¿Usted
conoce, o ha oído hablar sobre algo llamado “FASMIJ”?…
bueno, eso es el:
“Fondo Administrado de Salud
para el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz”,
creada con la finalidad de desarrollar un Plan Integral de Salud para los
empleados, trabajadores, obreros, contratados, jubilados, pensionados y su
grupo familiar; pertenecientes al Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Interiores, Justicia y Paz, de sus Órganos y Entes Adscritos; a los fines de
garantizar el Derecho a la Salud, prestando un servicio de calidad con una
respuesta eficiente y oportuna y cuya misión es Brindar un servicio de salud
integral, solidario y eficiente al contingente funcionarial activo, pasivo y
familiares beneficiarios del Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Interiores, Justicia y Paz de sus Órganos y Entes Adscritos.” [1]
Pues bien, esa Fundación, dependiente del
ministerio de relaciones interiores (MPPRIJP), el pasado 22 de junio del
presente año firmó un convenio, aprobado por el ministro de interior y
justicia, otorgando a los funcionarios policiales, activos, jubilados y
familiares, que les brinda las siguientes coberturas:
HOSPITALIZACION
Y CIRUGIA
|
Bs.
129.780.000,°°
|
MATERNIDAD
|
Bs. 66.390.000,°°
|
SERVICIOS
FUNERARIOS
|
Bs. 54.330.000,°°
|
SERVICIOS
ODONTOLOGÍA
|
Bs. 6.030.000,°°
|
SERVICIOS
OFTALMOLÓGICA
|
Bs. 6.030.000,°°
|
Y la información que recibí, acompañada por
esa tabla, es la siguiente:
“Todas esas pólizas de
seguro, tanto de HCM como funeraria y los sistemas de gestión de seguros, están
amparados, desde hace años, por el Contrato Marco de la administración
pública nacional, estadal y municipal y por los contratos colectivos de
trabajo, sin embargo, hay asociaciones que tienen convenios de pólizas
corporativas o colectivas con diferentes compañías de seguros, donde los
jubilados o pensionados pagan una cuota especial.”
De la información escrita recibida se deduce
que el personal amparado por la cobertura de la Fundación FASMIJ, no pagan prima
mensual por el seguro, excepto aquellos que están asegurados, o
tienen alguna póliza con otra compañía de seguros. También podrá observar que
ellos se rigen por el susodicho Contrato
Marco de la administración pública nacional, estadal y municipal,
¿acaso ese “Contrato Marco…” no está
relacionado con la ya citada Convención Colectiva Marco
Socialista de Trabajo de la Administración Pública Nacional que garantiza una serie de
beneficios a todos los empleados públicos, o será que seguimos con la
mala costumbre según la cual nosotros, los militares profesionales y por
derivación los familiares sobrevivientes, somos “empleados públicos” para
algunas determinadas condiciones y para otras no?
¡Y
no entremos en detalle sobre las remuneraciones, cuya tabla también recibí!
Desconozco
cuál es la cobertura de la póliza de Horizonte que ampara a usted; lo que sí
puedo decirle cual es la que me tiene asignada:
COBERTURA
BASICA HCM
|
Bs. 14.000.000,00
|
SERVICIOS
FUNERARIOS (COBERTURA BASICA)
|
BS.
16.000.000,00
|
PRIMAS MENSUALES
|
|
HOSPITALIZACIÓN
CIRUGÍA Y MATERNIDAD
|
Bs. 5.900.043,00
|
SERVICIOS
FUNERARIOS
|
Bs. 517.902,00
|
Ahora detengámonos en el pago de primas. Para
las compañías de Seguro el pago de prima es un pago anual que podría ser
financiado durante un determinado número de meses según la política de la
compañía aseguradora. ESTO ES ASÍ, excepto si
Seguros Horizonte es una compañía con características especiales y privilegios.
¿Acaso
lo es?
Pues bien, fíjese en dos cosas:
1.
los ciudadanos policiales no pagan prima mensual por concepto de seguro.
2.
en mi caso particular, que debe ser igual para todos los militares profesionales
familiares sobrevivientes, la póliza que me ampara tiene una prima ANUAL
por seis millones cuatrocientos
diecisiete mil novecientos cuarenta y cinco bolívares (Bs. 6.417.945)
para HCM y funerario y, por ser anual, debe ser dividida entre 12, ¿correcto?,
al aplicar esta operación aritmética el resultado es una cuota mensual
por quinientos treinta y cuatro mil
ochocientos veintiocho bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs. 534.828,75),
entonces, ¿por qué me descuentan una cantidad superior?, en el caso del mes de
junio me descontaron un exceso por Bs. 435.803,25; mi pregunta obligada:
¿quién
se quedó con ese dinero que me descontaron en exceso?
Vamos a sacar una pequeña cuenta, al estilo
antiguo bachillerato:
Planteamiento
del problema:
Usted
debe pagar una póliza de seguro que le cuesta, al año, Bs. 6.417.945; a la
fecha de hoy ya le han descontado seis cuotas (tome nota del incremento progresivo
de las cuotas) según la siguiente demostración:
Meses
|
Bs.
|
Meses
|
Bs.
|
|
enero
|
113.449,06
|
abril
|
256.055,28
|
|
febrero
|
162.060,03
|
mayo
|
256.055,28
|
|
marzo
|
162.060,03
|
junio
|
970.632,00
|
Preguntas:
1.
¿Cuánto le falta por pagar?
2.
Si la deuda por pagar debe ser cubierta en el plazo de seis meses, ¿Cuál es el monto
de cada mensualidad?
Resultado:
No sé si usted
obtiene este resultado, pero para mí es este:
1. Falta por pagar:
Bs. 4.497.633,32
2. La cuota mensual
debe ser por: Bs. 749.605,55
Esto significa que el IPSFA no debe
aplicar, para seguros Horizonte, desde julio hasta diciembre, un descuento
mayor a Bs. 749.605,55
Así que ese porcentaje equivalente al 3,315 %
sobre la totalidad de la remuneración mensual tiene que ser eliminado,
y no me vengan con la manida excusa de que, por ser solidario, hay que descontar
más cantidad al que más gana porque también es cierto que, aquél que más gana
también tiene, cada vez, menos familiares amparados por ese seguro y,
adicionalmente, está más viejo y gasta más en medicinas que otro asegurado que
tiene más familiares que consumen seguro y gastan menos en medicinas. Ojo: es
más que conocido que todos los casos no son iguales.
Como ve, estoy tocando puntos que respaldan
el inicio de este escrito: “Éste si es de
verdad un asunto escabroso, no por lo peligroso que pudiera ser, eso es lo de
menos; es escabroso porque existen demasiados intereses, personales y
dinerario, involucrados”, y que nadie se atreve tomarlos y resolverlos,
¿miedo?,
¿complicidad?, ¿incapacidad?, ¿desconocimiento?, esto último no lo creo ya que
aquí está dicho, por lo que solo quedan tres interrogantes por resolver.
Ahora revisemos el asunto de los montos de
cobertura.
La cobertura brindada por la Fundación FASMIJ para los funcionarios policiales,
sumando los conceptos hospitalización y
cirugía más maternidad, alcanza
la suma de ciento noventa y seis
millones ciento setenta mil bolívares (Bs. 196.170.000), en tanto que Horizonte solo otorga una cobertura, por
ambos eventos, por catorce millones de
bolívares Bs. 14.000.000, anunciados recientemente con bombos y
platillos.
Para los servicios funerarios la Fundación FASMIJ brinda una cobertura hasta cincuenta y cuatro millones trescientos
treinta mil bolívares (Bs. 54.330.000), en tanto que, Seguros Horizonte C.A., solo brinda una
cobertura por dieciséis millones de
bolívares (Ba. 16.000.000); aquí hay algo muy curioso: ¡un
sepelio cuesta más que una hospitalización, cirugía o maternidad!… …muy curioso, ¿verdad?…
Por los momentos dejemos hasta aquí la
comparación entre la cobertura brindada por una Fundación y la que brinda una
empresa cuya función es administrar seguros y que es, repito, propiedad del
IPSFA.
Tenemos que estar claros y de acuerdo en que,
ante los costos actuales y futuros de cualquier atención médica y si se trata
de intervención quirúrgica de alto riesgo cuyo costo sobre pasa los miles de
millones de bolívares actuales, cualesquiera de las coberturas antes
mencionadas resultan insignificantes
A título de ejemplo va este caso:
Presupuesto por un cateterismo coronario, para un paciente masculino de 69 años de
edad:
Esta
operación no se pudo realizar por ciertas razones que justificaban otro tipo de
intervención quirúrgica denominada Bypass
aortocoronario [2] cuyo presupuesto fue el siguiente:
Al
final, realizada la intervención, la compañía de seguros solo reconoció una parte
de ese presupuesto y pagó al centro de salud:
La diferencia de montos está en proceso de
reclamo de parte del asegurado.
Ante estas realidades nuestra cobertura
brindada por Seguros Horizonte es
insignificante. Quizás podrán decir y exigir que, antes de acudir a la medicina
privada, se debe asistir al Hospital Militar Carlos Arvelo y esto es correcto,
pero es una pérdida de tiempo y las urgencias no permiten ese “lujo”, porque en
ese hospital no podrán hacer ese tipo de intervención quirúrgica, y no por
falta de profesionales muy calificados, sino por falta de equipos e insumos.
Aquí una digresión para dejar constancia de mi reconocimiento para el personal
médico, enfermeras y el resto de personal que labora en nuestros hospitales y
clínicas militares; a veces me pregunto, ¿no están perdiendo el tiempo en esas
dependencias?, aunque también es cierto que fuera de ellas no existe mucha
diferencia.
Muchos de los que laboran en el ministerio de
la defensa, en el IPSFA, en el seguro Horizonte
y muchos militares profesionales que están fuera del servicio activo, dirán que
existe un Fondo de Contingencia Médica administrado
por el IPSFA, pero ¿ese fondo estará en la capacidad de cubrir un exceso
equivalente a más de mil millones de
bolívares, cantidad que debe pagar el paciente que se sometió a la
intervención de bypass coronario?,
¡lo dudo!… …a menos que ese hipotético paciente militar tenga el grado de
General o Almirante en Jefe o posea una fuerte “palanca” que le ayude a solventar esa situación. No se ofenda, esa
es la realidad y evidencias existen, no en esa cuantía, pero sí existen.
La otra burla mayúscula relacionada con el
seguro son los reintegros; ellos deben estar calculados en una tabla elaborada
con base a los costos de mediados del siglo XX. El IPSFA tampoco escapa de esta
realidad.
Pero ojo, no toda la responsabilidad recae en
el IPSFA y en Seguros Horizonte,
nosotros los afiliados y asegurados también tenemos una gran parte de esa
responsabilidad. Nos limitamos a la queja, pero normalmente no hacemos el
correspondiente reclamo por escrito. Por ejemplo, el familiar inmediato de un
militar profesional en situación de
retiro tiene que someterse a una intervención quirúrgica y, como es
natural, debe hacerse los correspondientes exámenes pre operatorios, para ello
acudió al lugar adecuado que tiene convenio con Horizonte y el presupuesto llegó
a 8 millones de bolívares; el militar profesional, en el mismo laboratorio,
pidió presupuesto para hacerse los mismos exámenes y el presupuesto fue 3
millones de bolívares; claramente se observa que por los mismos exámenes Seguros Horizonte pagaría 5 millones de
bolívares más, pero el militar profesional no quiere pasar la novedad al seguro ni
quiere que se suministre su nombre a los efectos de esta denuncia, entonces,
¿cómo pretendemos que se corrijan tantas irregularidades que inciden en nuestra
seguridad social y que nos afectan profundamente?
Tenemos que reclamar
nuestros derechos y beneficios socioeconómicos, pero también tenemos que
defenderlos y, sobre todo, protegerlos nosotros mismos y no esperar que salga
un mesías o un caudillo para que lo haga por nosotros.
Precisamente, por esa espera
de “caudillos” y “mesías” es que sufrimos lo que hoy día estamos sufriendo,
¿hasta cuándo nos comportaremos así?
Voy a dejar este capítulo hasta aquí, no está
completo, quedó en el aire el asunto del pago de primas mensuales que deberían
ser eliminadas, pero es suficiente, con esto termino la parte que corresponde a
algunos de los beneficios sociales y económicos que nos corresponden. Falta un
solo tema y será objeto de una última entrega.
Junio,
25 de 2018
___________________________________________
[2] Bypass aortocoronario
o coronario: Intervención quirúrgica que se practica para lograr la derivación
vascular o revascularización en el corazón con el propósito de corregir las
lesiones coronarias, generalmente por acumulación de fibras y lípidos,
principalmente colesterol, en la pared interna de una arteria, generando un
estrechamiento de su luz cuya consecuencia sea un posible infarto del órgano
correspondiente. Esa derivación vascular se realiza mediante el implante de
otra vena o arteria corporal, tomada del mismo paciente, para desviar el flujo
sanguíneo entre la arteria aorta y el otro al sector coronario que se encuentra
más allá de la obstrucción.