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IPSFA y SUS AFILIADOS

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Desde el pasado 15 de noviembre me he mantenido al margen de todo lo relacionado con nuestra seguridad social y en ese lapso he podido comprobar algunos cambios luego de la llegada de la actual administración; en ella existe una mayor receptividad, desde el actual presidente de la Junta Administradora, el ciudadano General de División Reiner Enrique Urbáez Fermín, hasta en los gerentes que le apoyan en su gestión.

Durante mucho tiempo nuestro Instituto de bienestar y seguridad social ha sido víctima de la desidia y de la des-administración más descarada y grosera jamás conocida; además de los muy duros golpes que le ha dado el máximo ente del cual depende al permitir los desmanes de algunos Comandantes Generales de Componente al graduar extemporáneamente a un muy elevado grupo de tropas profesionales y ahora el uppercut, mejor conocido como “gancho”, que le acaba de propinar el ejecutivo nacional al incorporar la milicia para cubrir las plazas vacantes en el ejército (desconozco si en otros Componentes también), además de la incorporación más de mil supuestos “oficiales” de esas milicias.

En relación a esa incorporación de milicianos, ¿podrá el IPSFA soportar esa carga o es que mindefensa tiene previsto crear un instituto de previsión social especialmente para ellos?, pero bueno, eso es harina de otro costal.

Retomemos el propósito de este escrito.

Aún permanece en nuestro recuerdo aquel general del ejército, presidente de una Junta Administradora del IPSFA, que asistió uniformado a una de esas “iglesias” que proliferan ahora ofreciendo curaciones milagrosas y en medio de una pantomima ese general se desmayó cual muñeco de trapo que es; un contralmirante que dijo, descaradamente, que él llegaba al IPSFA a pasar dos años en el cargo para luego optar ser comandante de la Armada… no lo logró, solo pudo llegar a ser comandante de la Infantería de Marina; otros dos generales del ejército que se comportaron como déspotas y no solucionaban ningún problema, al contrario, generaban los problemas; una vicealmirante que de milagro no destruyó el IPSFA desde sus bases. Todas esas irregularidades, irresponsabilidades, generaron muy graves perjuicios para nosotros los afiliados, tanto activos como retirados, familiares y sobrevivientes a los que, poco a poco, nos van ahorcando sin consideraciones y eso engendró un rechazo radical a cualquier cosa que digan o hagan los administradores del Instituto, no importa si son buenas noticias o acciones porque no se les dará credibilidad. Eso tiene que cambiar en cualquier momento y quizás ese momento es ahora.

Ahora bien, ¿la responsabilidad de ese desbarajuste en nuestro bienestar y seguridad social es única y exclusiva del IPSFA y su Junta Administradora?... no, exclusiva no; la Junta Administradora sí tiene responsabilidad, indudablemente, porque debe estar atenta de las necesidades de los afiliados al Instituto; cada uno de los Gerentes, como miembros de Estado Mayor que son, están obligados a asesorar al presidente de esa Junta y éste transmitir todas esas necesidades y recomendaciones al ente rector del bienestar y seguridad social de todos los militares profesionales en servicio activo o retirados, así como sus familiares y sobrevivientes. No hay que olvidar que el presidente de la Junta Administradora es el secretario del Consejo de Seguridad Social (artículo 24 LOSSFAN), órgano asesor del ministro de la defensa que, como dije antes, es el principal responsable del bienestar y seguridad social de todos y cada uno de los integrantes de la Fuerza Armada Nacional (artículo 4 LOSSFAN)

¿Hasta aquí llegan las responsabilidades en cuanto a nuestro bienestar y seguridad social?... ¡NO!, nosotros, los que dejamos el servicio activo, así como los familiares sobrevivientes, también tenemos nuestra cuota de responsabilidad y ella se fundamenta en el cumplimiento de nuestros deberes y, especialmente, la defensa a ultranza de nuestros derechos a través de los procedimientos y los órganos correspondientes.

Advierto que no estoy dejando de lado el hecho cierto de que ya esta Tierra de Gracia dejó de ser, desde hace mucho tiempo, un Estado de Derecho, pero eso no nos obliga a quedarnos con los brazos cruzados y limitarnos a murmurar y maldecir.

Lo dicho anteriormente está relacionado a un escrito, muy válido, que circuló el día de hoy 20 de enero, en el cual se reclama el pago de unas diferencias dinerarias, pero lamentablemente dicho “reclamo” se auto descalifica por ser un anónimo; además no se ha hecho conocer esas irregularidades, formalmente, al recién llegado presidente de la Junta Administradora del IPSFA quien, creo, no tiene la capacidad de adivinación y si lo tuviera no podría conocer tantas irregularidades que dejó la anterior presidente de esa Junta Administradora.

Por otra parte, los afiliados hemos recibidos tantas burlas, desprecios, ofensas, indiferencia de parte, no solo de los presidentes del Instituto, sino especialmente de una gran mayoría de oficiales (no todos) de los cuatro Componentes que actuaron en forma despótica, desconsiderados, irrespetuosos, groseros, en especial del ejército, que se desempeñaron como Gerentes en las anteriores administraciones, que prácticamente hemos perdido la fe, la confianza y la credibilidad en cualquiera que desempeñe un cargo administrativo en el Instituto, pero, insisto, no todos los presidentes del IPSFA, así como no todos de sus Gerentes, fueron ni actualmente son, unos vagabundos, unos profesionales fracasados, incapaces, resentidos, inhumanos y faltos de honestidad, ética y disposición para ser útiles.

Reitero que debemos, por el bien de todos y con el propósito de ayudar a recuperar nuestro único Instituto de bienestar y seguridad social, así como nuestros derechos: a) canalizar debidamente nuestros reclamos, para eso sugiero desbordar el obstáculo retardatriz llamado “mesa de partes” y tratar directamente con el Gerente del área llevándole un escrito, con acuse de recibo, donde se exponga lo que se tratará en la entrevista personal con dicho Gerente; b) hacer llegar, a través de entrevista personal, al presidente de la Junta Administradora del IPSFA cualquier novedad relacionada con la prestación de los servicios que nos debe brindar dicho Instituto, cualquier violación, presunta o real, de algún derecho, cualquier maltrato recibido de algún Gerente; c) abstenerse del uso de redes sociales para formular reclamos lo cual no significa la prohibición de ejercer ese derecho si no se recibe oportuna y adecuada respuesta según lo establece el Procedimiento Administrativo; d) bajo ninguna circunstancia hacer uso del anonimato porque eso no beneficiará a nadie, la cobardía debe ser despreciada, eso lo aprendimos, muy temprano, los militares.

Para finalizar, estoy claro sobre el hecho de que siempre existirán los detractores y los descalificadores, por lo que estoy seguro que a más de uno se le ocurrirá pensar, y tal vez decir, que estoy recibiendo alguna prebenda o que he abandonado la lucha para que se respeten nuestros derechos y recuperar los que nos han sido conculcados, nada de eso ha sucedido, no sucederá, ni me he vendido por una caja clap, por lo tanto, le digo a esos posibles detractores que no tienten al diablo y dejen quieto al que está quieto.

Enero, 20 de 2020


Ciudadana Vicealmirante
ÉRIKA COROMOTO VÍRGÜEZ OVIEDO

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Deficiente prestación de bienestar social y económico
Parte III
Previo
Usando una trillada frase: “se me quedó en el teclado”:
Usted, señora Vicealmirante, aún está muy joven y todavía celebra los años cumplidos, pero irremediablemente le llegará la fecha, deseo muy lejana, en la cual comenzará a contar los posibles años que le quedan por estrenar.
Según estadísticas de algunos órganos especializados, el promedio de vida de las mujeres es de ochenta (80) años y el de los hombres mucho menos. Ahora piense en el siguiente escenario: –no diga que es imposible porque a nosotros, los que ya cumplimos nuestro tiempo de actividad, nos está sucediendo hoy día, en especial a los sobrevivientes- usted llega al término de su servicio activo, porque lo hará, y por lo tanto pasa a la situación de retiro, o como desee llamarla, y después de unos… …veinte (20) años…, los jefes de turno deciden hacer un ajuste en la seguridad social para la FAN de esa fecha debido a que se presentan situaciones económicas similares a las actuales, quizás peores, -recuerde que la historia es una rueda, hoy está arriba, mañana estará abajo y así se va repitiendo- por lo que ellos deciden crear, digamos… una prima mensual denominada Protección de la Tercera Edad, pero también deciden que esa prima solo se le pagará a quienes cumplan la edad establecida para ser consideradas de la tercera edad, incluyendo a los sobrevivientes, pero a partir de la vigencia de esa disposición y usted, por no cumplir ese requisito, queda excluida y por lo tanto su situación económica la lleva, ¡con más de setenta años de edad!, a trabajar como doméstica en una casa de familia, ¿se lo imagina?, ¿póngase en esos zapatos por un breve instante?, ¿puede percibir lo que se siente?… pues bien, ¡hoy en día existen damas sobrevivientes que subsisten limpiando casas porque la pensión no les alcanza para comer, comprar las medicinas que necesitan y cubrir otras necesidades!… …sí existen, señora Vicealmirante, SÍ EXISTEN, y su asesoría jurídica, basándose en una “leguleyada”, se empecina en “des-asesorarla” y negar el derecho de acrecer que la LOSSFAN-2015 les garantiza a esas damas.
Adicionalmente, en relación a la adquisición de vivienda, puedo decir que pude adquirir mi vivienda cuando tenía tres años y unos meses como Teniente; eso fue posible gracias al convenio que tenía el IPSFA de ese entonces con algunas entidades bancarias, entre ellas las denominadas Entidades de Ahorro y Préstamos, específicamente “La Vivienda”; entre las dos entidades me prestaron el total del valor de la vivienda, dividido en dos hipotecas, y un plazo de ¡veinte (20) años para pagarla! Es cierto que los precios aumentaron, pero los recursos también, tanto para las entidades bancarias como para el IPSFA ya que un banco pierde cuando sus propios dueños lo roban y experiencia en ello existe; en cuanto al IPSFA, no hay comparación entre aquel IPSFA y el actual y si así fuera significa que estamos en peor situación, ¿no cree?
Continuemos.

REMUNERACIONES: En este punto haré el intento de describir lo que sucede basándome en las directivas de remuneraciones, leyes que aplican según año de jubilación, primas, alimentación, descuentos, bono recreacional y otras primas decretadas por el ejecutivo.
Es un misterio. Cada cierto tiempo el ministro de la defensa (MPPPD) firma un documento denominado “Directiva de remuneraciones”, ese documento es más secreto que los planes de campaña o planes de empleo de la FAN en caso de guerra, o confrontación bélica como, a algunos, les gusta denominarla; ¿por qué ese secreto?, ¿cuál es el temor si de todas formas la opinión pública sostiene que los mejores remunerados somos nosotros, los “militares”?
El problema con esto, señora Vicealmirante, es que el IPSFA debe presentar, todos los años, su proyecto de presupuesto y en él debe considerar esas remuneraciones basándose en la correspondiente directiva y el número de afiliados con derecho de pensión, pero al recibir la cuota parte que le corresponde durante el año, procede a aplicar varios filtros, como por ejemplo y solo para citar dos: a) pagar las pensiones conforme a la ley vigente para el momento en que el militar profesional cesó en el servicio activo, o cuando el familiar adquirió la clasificación de sobreviviente, y b) el libre albedrío para aplicar la ley que se encuentre en vigencia, tal y como sucede en este instante. Esto genera esa odiosa discriminación prohibida constitucionalmente, por todas las leyes y sobre la cual la jurisprudencia se ha pronunciado reiteradamente en su contra. ¿Quedará algún “remanente” como resultado entre lo recibido por presupuesto y lo pagado por la aplicación de esos “filtros”? He allí otra duda.
Algunas leyes de seguridad social de la FAN han padecido de la grave deficiencia de no anular las leyes anteriores, con las excepciones clásicas acostumbradas en esos casos, pero la actual LOSSFAN-2015, en su DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA, establece:

Se deroga la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, publicada en  la  Gaceta Oficial de  la República de Venezuela, N° 35.752 Extraordinaria de fecha 13 de julio de 1995, el Decreto N° 112, de fecha 9 de Mayo 1984, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela   Nº 32.973 y las demás disposiciones establecidas en reglamentos, resoluciones, directivas e instrumentos normativos que colidan con este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Seguridad Social.”

Sin embargo, y también a título de ejemplo, a la persona sobreviviente a quien le corresponde el “neto” que publiqué en mi escrito anterior, a los efectos de su pensión, está considerada como “protegida” por la ley de seguridad social del 06-07-1977, la cual no contempla, ni remotamente, muchos de los beneficios socioeconómicos que otorga la LOSSFAN-2015, a pesar de que esta ley también ordena en la DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA:

“Las pensiones que han venido disfrutando el personal contemplado en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica gozarán de los beneficios aquí acordados, sin que ello ocasione efectos retroactivos.” […aquí la coletilla final a la que se aferra la Asesoría Jurídica para negar el derecho de acrecer de los sobrevivientes, sin detenerse a leer o considerar todo el resto de la redacción]

 Por eso usted podrá ver que constantemente están circulando tablas con sesudos cálculos de las remuneraciones que se percibirán; esas tablas generan perspectivas y posteriores frustraciones. Yo también hacía esas tablas, pero me convencí de su inutilidad y del daño que generaban, además de que, hoy día, es imposible tener una idea de cuál es la remuneración que corresponde.
En cuanto a las primas. Iniciemos con la denominada Prima de Profesionalización.
La Directiva de Remuneraciones Nº 50-23-01-01/001-217, supuestamente vigente, crea una DISCRIMINACIÓN francamente, los activos de verdad están convencidos de que nunca dejarán el servicio activo, o nunca se pondrán viejos o que nunca se morirán y dejarán sobrevivientes!) cuando establece, en IV Disposiciones Generales, literal g), página 8-23:

“El personal militar profesional activo y que se encuentre en reserva activa a partir del mes de enero de 2004, recibirá la prima de profesionalización que se hará efectiva mensualmente y se pagará de la siguiente forma de acuerdo con lo establecido en la Convención Colectiva Marco Socialista de Trabajo de la Administración Pública Nacional, publicada en Gaceta extraordinaria Nº 6.268 de fecha 23OCT2016”
Grado de Instrucción
%
Técnico Superior Universitario
12 %
Título Profesional Universitario o su Equivalente
14 %
Especialista
16 %
Maestría
18 %
Doctor
20 %

¿Dónde está la discriminación? …exactamente en la parte resaltada por mí; ¿por qué solo a los que están fuera del servicio activo a partir de enero 2004?, ¿acaso que los Oficiales, todos aquellos que denominan “Oficiales de Comando”, no somos profesionales universitarios desde hace años?, ¿entonces por qué nos consideran como Técnico Superior Universitario y nos pagan el 12 % como prima de profesionalización?, ¿por qué a los Coroneles, Capitanes de Navío, Generales y Almirantes fuera del servicio activo antes de enero de 2004 nos pagan el 12 % como prima de profesionalización?, ¿acaso no tenemos Maestrías y Doctorados?, ¡que yo sepa ningún Coronel o Capitán de Navío, ni mucho menos un oficial General o Almirante, puede llegar a esos grados si no obtiene una Maestría; en mi caso particular, desde enero 2004 hasta el día de hoy, el ministerio de la defensa, a través del IPSFA, me ha negado el pago del 18 % que me corresponde y eso suma un acumulado de regular monto; solo en el mes de junio 2018 representó la cantidad de setecientos sesenta y ocho mil bolívares (Bs. 768.000,00), ¿tendré que demandar al ministro de la defensa?, ¿a usted?; ojo, no estoy diciendo ministerio ni IPSFA porque ellos, de por sí, solo son entes administrativos y no son los que niegan los derechos ni los beneficios, los que incurren en esa negación son seres humanos que tienen la responsabilidad administrativa y el poder de decisión.
Con el tiempo se ido formando una matriz de opinión que hace la siguiente pregunta: ¿Será que los oficiales que tienen relación con la administración de personal y la seguridad social deben sacar de sus bolsillos el dinero para pagar los beneficios socioeconómicos que corresponden a quienes dejamos el servicio activo, así como también para los sobrevivientes?
Lo mismo sucede con las diferentes primas y beneficios económicos que ha decretado el jefe del Ejecutivo Nacional. Algunas de ellas no aparecen en la planilla de liquidación de haberes (neto) ¿por qué?; tampoco en dicha planilla se especifican los porcentajes a pagar por cada prima o bonificación de la misma forma como sí aparecen para los descuentos y para la pensión, ¿será mucho trabajo para la Gerencia de Informática incluir esos porcentajes en cada uno de los conceptos que corresponda, o será que se les daña el bonito diseño de dicha planilla?

Hablando de los descuentos.
Otra vez el IPSFA, en la cabeza de los diferentes presidentes de la Junta Administradora, ahora, lamentablemente, incluyéndo a usted señora Vicealmirante, insiste en aplicar los descuentos en forma ilegal; además de que, reitero, los militares profesionales y los familiares sobrevivientes son los únicos que continúan cotizando a la previsión social después de obtener la jubilación o la pensión. Sin entrar en otros detalles, esos descuentos son ilegales porque no cumplen con lo ordenado por la LOSSFAN-2015 en su artículo 76.3 que textualmente dice:

“Los recursos destinados al financiamiento del Fondo del Cuidado Integral de la Salud, provienen de:
3. El aporte del seis coma cinco por ciento (6,5%) del sueldo básico de: los profesionales militares en la situación de actividad o reserva activa con goce de pensión y familiares sobrevivientes pensionados.”

Sin embargo, la Gerencia de Informática aplica el porcentaje sobre la totalidad de la remuneración mensual, ¿a cuenta de qué?, ¿acaso esa Gerencia está por encima de la ley o es que no tiene la debida supervisión?

Tenemos el asunto álgido del Beneficio de Alimentación.
No le voy a contar la historia de la absurda, burda, descarada, grosera, irrespetuosa, inconcebible, desconsiderada y todos los demás epítetos que se le puedan atribuir a la decisión tomada por una supuesta abogada magistrada cuyo nombre hay que execrar del Colegio de Abogados; decisión que fue objeto de burla por parte de varios ministros de la defensa al incurrir en el delito de desacato sin ninguna consecuencia para ellos.
El asunto es que un genio General en Jefe, que tiene casi 20 años como embajador en un país de la península ibérica, un día, alegando una supuesta disposición del entonces jefe de Estado, decidió eliminar la prima de alimentación de la planilla de liquidación de haberes y comenzar a pagarla a través de una tarjeta electrónica, con la particularidad de que, desde ese mismo instante se dejó de pagar ese beneficio, entiéndase como derecho adquirido, a quienes estaban fuera del servicio activo y a los familiares sobrevivientes y hasta la fecha, ni al ministerio de la defensa, ni al IPSFA a través de las gestiones que tiene que hacer como garante y protector de los derechos y beneficios sociales de sus afiliados, le ha dado la gana de restablecer ese derecho groseramente conculcado por aquel inútil General en Jefe (hay que recordar su historia); posteriormente la señora Almirante en Jefe Carmen Meléndez trató de enmendar el error al crear la denominada Retribución Especial Bimestral la cual NO ES NI SIQUIERA EL EQUIVALENTE AL BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN ya que no corresponde a la oportunidad de pago ni es igual al verdadero beneficio de alimentación en cuanto a la cantidad de bolívares.

El último asunto, por ahora, está relacionado con el Bono Recreacional.
Todas las leyes de seguridad social de la FAN han contemplado un artículo cuya redacción es similar para todas ellas y lo podemos transcribir de la actual LOSSFAN-2015:

“Artículo 37. La pensión debe ser calculada tomando como base la última remuneración mensual percibida por el militar profesional en situación de actividad, lo cual comprende el sueldo básico del grado, jerarquía y antigüedad; y la sumatoria de primas, bonos, asignaciones y demás beneficios sociales comunes existentes para el momento del pase a la reserva activa.”

El subrayado es de mi autoría, con él se destaca que la jubilación y la pensión es el resultado de la sumatoria de una serie de conceptos, entre ellos están incluidos los bonos, asignaciones y demás beneficios sociales existentes para el momento del pase a la reserva activa. Repito, reitero, insisto, machaco, confirmo, aseguro, recalco, porfío, todas las leyes anteriores a la lossfan-2015 contemplaban este mismo artículo con una redacción muy semejante.
¿Qué sucedió?, parece ser que algún oficial en servicio activo se molestó o se cansó de que le metieran la mano en sus bolsillos para pagar el bono vacacional que, por ley y por derecho, nos correspondía y decidió eliminar ese beneficio y transformarlo en un bono que no se asemeja al que nos corresponde.
Señora Vicealmirante, en unos de los escritos anteriores le manifesté algo relacionado con este beneficio económico y le preguntaba ¿cómo es posible que usted, por el solo hecho de que ya no está en servicio activo, reciba un Bono Recreacional igual a la remuneración integral mensual (30) días y no los 50 días de Bono Vacacional que actualmente recibe por estar en servicio activo?, ¿quiere decir que cuando usted deje el servicio su derecho a la recreación tiene que ser disminuido, mermado, por el solo hecho de no estar en actividad?
Recuerde que los beneficios sociales y económicos son progresivos y no retrógrados, es más, en la LOSSFAN-2015 existe otro artículo interesante que siempre debe tener presente:

“Artículo 39. Las pensiones del personal militar profesional de la reserva activa, discapacidad y familiares sobrevivientes calificados, se ajustarán de inmediato y en razón directa, cada vez que se produzcan aumentos en las remuneraciones del personal militar profesional en situación de actividad, incluyendo el sueldo, las primas, bonos y demás beneficios socioeconómicos comunes existentes o que establezca el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa.”

En cuanto a la susodicha Convención Colectiva Marco Socialista de Trabajo de la Administración Pública Nacional, publicada en Gaceta extraordinaria Nº 6.268 de fecha 23OCT2016, ¿acaso ella no contempla el pago del bono vacacional por un determinado número de días?, ¿acaso esa Convención Colectiva es buena para una cosa, pero no sirve para otra?, por favor, revísela.
Hasta aquí está bueno; antes dije que este sería el último escrito relacionado con los beneficios socioeconómicos, pero no es posible porque aún queda otro elemento por tratar y creo que será muy extenso, trataré de evitar que así sea, no lo “aseguro”.
Junio, 23 de 2018


I P S F A
Aumentos – Medicinas - Otros



Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


AUMENTOS:

En el IPSFA existe una fábrica que no pertenece al Instituto ya que la misma está registrada por un grupo de militares profesionales en situación de retiro pertenecientes a una asociación denominada ASOCOBOL.

Esta fábrica es sumamente eficiente y su principal producto es la creación periódica, casi mensual, de rumores, mejor conocidos en nuestro medio como bolas, sobre aumento en las remuneraciones, jubilaciones y pensiones.

Desde hace poco tiempo respaldan sus rumores con el nombre de la diputada a la Asamblea Nacional, la ciudadana Carmen Meléndez quién, además, se desempeña con un cargo de no sé qué cosa de la reserva activa.

¡Señores! ¡Ninguno de esos rumores son ciertos!

La ciudadana Carmen Meléndez no es la persona con la calificación adecuada para anunciar ese tipo de incremento remunerativo, ni mucho menos para otorgarlos.

Las únicas autoridades en orden de autoridad para anunciarlo es 1. El que cree que es pero no lo es, 2. El ministro de la defensa y 3. El presidente de la Junta Administradora del IPSFA y ninguno ha dicho nada sobre ese asunto, excepto lo anunciado en cuanto al beneficio de alimentación para los trabajadores y el aumento del salario mínimo que tiene su repercusión en el resto de los salarios que se devengan en la administración pública.

Entonces… ¿Qué es lo cierto?… bueno, lo cierto es:

1. La Retribución Bimestral (no bimensual, tal y como lo informó BANFAN) se continuará pagando como se ha venido haciendo: cada dos meses y su monto será el equivalente a seis UT, por sesenta días (6 x 177 x 60 = 63.720), a partir del mes de agosto.

2. La diferencia entre el pago de septiembre y el incremento (50 %) recientemente decretado será depositada en la segunda quincena de ese mes, quizás un poco antes.

3. No existen otros pagos y en caso de que ellos pudieran existir el ciudadano presidente de la Junta Administradora del IPSFA no tiene conocimiento de ello.

En resumen:

Solo hay incremento en el pago de la Retribución Bimestral, que se pagará cada dos meses, y en la remuneración básica.

Las diferencias de los incrementos de la remuneración básica y la parte de la retribución bimestral correspondiente al mes de agosto, deben ser pagadas en la segunda quincena de septiembre, quizás antes.

MEDICINAS:

Vamos a ver si es posible hacerme entender en este punto; muy especialmente con Oscar Medina, quién me llamó mentiroso y Pedro Moreno Luna; copio textualmente:

[22/7 9:09] OSCAR MEDINA: Srs no se quién es el Cnel Ledezma pero es un oficial  mentiroso yo vivo en el Edo Nueva Esparta y tengo 3 meses que no recibo ni una sola medicina de 6 que tengo en lista y pase la novedad al ipsfa y al iorfan Yo tambien lo desmiento categoricamente y no me asombro pues vivimos en el pais de lo posible)

[22/7 9:28] PEDRO MORENO LUNA: Que no se ponga a defender lo indefendible.... púes pierde credibilidad👆👈

Correo enviado por Tcnel. MORENO LUNA. Buen día...familia Iorfana ayer pude leer con asombro un correo electrónico donde el respetado Cnel. Ledezma sigue alabando la Gestión del señor presidente del ipsfa... y lo que me asombró fue lo que dijo de las medicinas de tratamiento de uso prolongado que ya los afiliados la están recibiendo con regularidad y sin novedad... al menos en Mérida no es cierto...lo desmiento categóricamente...que le pasaría???

Los disculpo y es hasta ahora que hago públicas esas comunicaciones, entiendo que no todos son capaces de leer adecuadamente y solo leen lo que desean leer.

En ningún momento aseveré que el IPSFA había resuelto el problema del suministro de medicinas para el tratamiento prolongado, solo informé que el Instituto comenzó a dar un giro positivo para resolver el problema del suministro de las medicinas. También dije que ese problema era de muy vieja data debido a la ineficiencia de anteriores presidentes de la Junta Administradora del IPSFA y que algunos de ellos deberían estar presos; también hice referencia a la situación en cuanto la existencia de medicinas a nivel nacional para todas las instituciones de salud.

Sí afirmé que el actual presidente de la Junta Administradora IPSFA tiene todas las intenciones y propósito de “enderezar entuertos” en nuestro Instituto que era conveniente concederle un voto de confianza que “no debe ser eterno”; así lo dije, pero… ¿cómo se lucha en contra de la ignominia y la ignorancia?

De hecho, el presidente de la Junta Administradora ha ido deslastrando al IPSFA de personal innecesario; algunos oficiales han ido presos, como los involucrados en un robo de materiales de un centro de salud, e inclusive alguno que otro de alta jerarquía, incluyendo a un general. Usted, estimado lector, puede investigarlo.

El IPSFA, en la persona de su presidente de la Junta Administradora y su Equipo de Gerentes, están trabajando arduamente en la recuperación del Instituto y están haciendo “limpieza” en todos los sentidos; ahora bien, ¿cómo es posible subsanar deficiencias de las que viene padeciendo desde hace muchos años el Instituto?, ¿cómo es posible suministrar medicinas y otros rubros que no existen en el país?, ¿acaso la mediocridad y la corrupción enquistada durante años en el interior del Instituto es posible erradicarlo en sólo seis meses?, ¿de verdad creen en esa utopía de que cualquier administrador, gerente o presidente de una empresa o de un país puede solucionar todos los problemas y deficiencias heredadas en tan solo esos famosos “PRIMEROS CIEN DÍAS DE GOBIERNO”, ¡por favor, no sean tan ilusos!

Actualmente se está dotando de algunas medicinas, ENTIÉNDASE BIEN “ALGUNAS MEDICINAS a varios centros de salud de la FAN.

¡Claro que continúan existiendo deficiencias en el suministro de medicinas!, pero muchas veces es debido a que los empleados encargados de entregarlas a quien las requiera sencillamente se limitan a decir ¡no hay!, aunque sepan que sí están en depósito y que serán colocadas para la entrega en los próximos días, pero muchos de ellos son tan indolentes, apáticos, indiferentes, cómodos, ¿sádicos?, que se limitan al ya rutinario ¡No hay!, y son incapaces de decirle al solicitante que la medicina estará disponible para el día siguiente o para dentro de tantos días, ¡ellos manejan esa información, o la pueden obtener con su supervisor inmediato!

OTROS ASUNTOS:

DESCUENTOS:

Continúan efectuando descuentos para el Fondo del Cuidado Integral de la Salud (FCIS: Seguros Horizonte – IPSFA - HOSPIMIL) sobre la remuneración total mensual, en contravención con el artículo 76, numeral 3 de la LOSSFAN - 2015:

“Los recursos destinados al financiamiento  del Fondo del Cuidado Integral de la Salud, provienen de:
[…]
3. El aporte del seis coma cinco por ciento (6,5%)  del sueldo básico de: los profesionales militares en la situación de actividad o  reserva activa con goce de  pensión y familiares sobrevivientes pensionados.”
[…]


SEGUROS HORIZONTE:

Ésta empresa continua beneficiándose, indebidamente, de nuestros incrementos en la remuneración, en violación a la ley que rige la materia de seguros.

Esto lo he denunciado infinidad de veces y aún no se le pone coto.

La ley que rige la actividad aseguradora lo prohíbe terminantemente a todas las empresas aseguradoras (¿acaso Seguros Horizonte está exceptuado de cumplir esta ley?)

El asunto es que, cada vez que recibimos un incremento en nuestras remuneraciones, se nos hace un descuento de 3.315 % en el monto de nuestra remuneración integral mensual por concepto del FCIS destinado a Seguros Horizonte, sin que exista una contraprestación por ese incremento. La ley prohíbe hacer incremento en las cuotas mensuales por seguro durante el año de vigencia de la póliza.

¿Qué dicen a esto el presidente de esa empresa y su primer accionista IPSFA?

En oportunidad anterior aumentaron la cobertura para servicios funerarios, ahora, ante el nuevo incremento en la remuneración ¿cuál cobertura adicional o incremento de alguna cobertura comenzará a regir?, ¿acaso será la cobertura de vida que es una pobre, risible, cobertura?

RECALENTAMIENTO DE NUESTRA SEGURIDAD SOCIAL:

Este es un grave, gravísimo, problema que, poco a poco, está carcomiendo nuestra seguridad social ejerciendo una enorme presión sobre ella y que en algún momento la hará estallar.

El asunto es que, además de adosarle ciertas obligaciones con la inconstitucional milicia, la administración militar hace ingresar nuevos afiliados en una forma no planificada.

Ya quisiera ver a un gerente de cualquier empresa administrando los beneficios sociales para un grupo de empleados que ingresen a su empresa de forma no planificada y además en número de miles.

Eso es lo que sucede en el IPSFA.

Recientemente la Guardia Nacional dio egreso, como tropa profesional, a tres mil (3.000) Guardias Nacionales a los que hay que suministrarles la protección y beneficios socioeconómicos que les corresponden por ley.

Pero el asunto no se detiene allí, porque esos jóvenes recién egresados aún tienen familiares ascendientes y quizás alguno podría tener una familia propia y quizás con hijos, ¡que también deben ser amparados!

Estamos hablando, COMO MÍNIMO, de NUEVE MIL (9.000) PERSONAS que deben ser amparadas (Tres mil GN + tres mil padres + tres mil madres, sin incluir las posibles parejas o cónyuges e hijos)

¿Logré hacerme entender sobre lo delicado y grave que eso representa para la sobrevivencia de nuestra seguridad social debido al ingreso desmedido, o complaciente, o no planificado de personal, quizás, y solo quizás (aclaratoria dubitativa necesaria para los susceptibles), no necesario en cuanto a número y empleo?


REUNIÓN CON LOS MILITARES PROFESIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO RESIDENTES EN EL ÁREA METROPOLITANA:

En espera de la autorización del Ministro de la Defensa. Hay que preguntarle a él y dudo que esté en capacidad y condiciones de dar una respuesta.

HOSPIMIL:

Por experiencia que vivo con un compañero de promoción, que permanece hospitalizado desde hace un poco más de dos meses en el Hospital “Carlos Arvelo”, me consta que la atención y los servicios han mejorado en un 100 % y continúan mejorando; el personal de enfermería es atento y profesional; el suministro de medicinas, en éste caso específico, ha sido más que suficiente, sí se ha presentado escasez en alguna medicina pero generalmente es resuelto en un lapso no superior a dos días.

Pero no todo es felicidad en esta viña del Señor.

Así como los médicos y enfermeras son atentos, comprensivos, amables, también nos encontramos con un médico que, quizás en su intención de ser franco con el familiar de mi compañero, se excedió y tuvo la indelicadeza de informar que “…ya el Coronel no tenía más oportunidades, que era conveniente que fueran pensando en llevarlo a su casa (mi compañero vive en el quinto co…, en el interior del país, donde el diablo se devolvió) y que debían alquilar un aparato auxiliar para su respiración, sugirió que obtuvieran, preferiblemente, una cama clínica y un colchón anti escaras…”

Pero lo peor no es nada de eso. Lo peor es que ése ¿médico? dijo al familiar de mi compañero:

“ADEMÁS, EL CORONEL, YA DEBE HABER CONSUMIDO LO QUE PAGÓ AL HOSPITAL MILITAR”

Tamaña imprudencia no tiene calificativo. Además de ser nuestro derecho de ser atendidos en nuestro Hospital Militar, es necesario dejar BIEN CLARO que hemos cotizado para esa atención durante nuestros TREINTA (30) AÑOS DE SERVICIO ACTIVO Y DURANTE NUESTROS VEITIÚN (21) AÑOS COMO MILITARES PROFESIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO.


DERECHO DE ACRECER:

Aún persiste el criterio de que no corresponde a los sobrevivientes que reciben pensión antes del 29 de diciembre 2015, basándose en el criterio unilateral de que no les corresponde porque el beneficio no es retroactivo, pero se olvidan o no toman en cuenta el contenido completo del artículo 45 de la LOSSFAN – 2015 que textualmente dice:

“Los beneficiarios de la pensión de sobreviviente, tienen derecho de acrecer al producirse la pérdida de la pensión en alguno de los beneficiarios. EL PORCENTAJE DE PENSIÓN LIBERADO SE DEBE REDISTRIBUIR PROPORCIONALMENTE ENTRE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS, A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA.”

Y solo se limitan al contenido de la Disposición Tercera:

“Las pensiones que  han  venido  disfrutando el personal contemplado  en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica gozarán de los beneficios aquí acordados, sin que ello ocasione efectos retroactivos.”

Concentrándose solo en el contenido del último párrafo: “…sin que ello ocasione efectos retroactivos.”, obviando la parte inicial de esa misma Disposición Tercera que dice: “Las pensiones que  han  venido  disfrutando el personal contemplado  en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica gozarán de los beneficios aquí acordados,…”

¿Entonces?

Un abogado, profesor de derecho, Tte. ELC, me dijo:

Existe un principio en derecho que establece que: "...hay que tomar en cuenta y conocer la intención del legislador en la elaboración de las leyes (el espíritu, propósito y razón de su voluntad) y que, donde el legislador no distingue, no le está permitido hacerlo al intérprete...".

¿Por qué ante la duda, no se recurre a la consulta del TSJ y evitar la aplicación manu militari?

MILITARES PROFESIONALES Y FAMILIARES RESIDENTES EN EL EXTERIOR:

Aún están esperando una respuesta sobre las gestiones que algunos Gerentes del IPSFA deben estar haciendo ante las autoridades monetarias a los efectos del pago de las pensiones en las divisas correspondientes.
Estas personas ya cumplieron más de un año sin poder tener acceso a su pensión en la divisa correspondiente, a pesar de que el CENCOEX ya aprobó las respectivas solicitudes y solo falta que el Banco Central de Venezuela autorice las divisas necesarias para cubrir estas urgentes necesidades.

En la próxima entrega de mi blog transcribiré una carta proveniente de la organización que los aglutina.


ALGUNOS ASUNTOS PENDIENTES POR ACATAR DE LA LOSSFAN 2015:

¿Se estará dando cumplimiento a los siguientes artículos?:

Artículo 100. El Fondo  para la protección del adulto mayor estará constituido por:

1. La cotización obligatoria mensual del uno por ciento (1 %) de la pensión  básica del militar profesional en  reserva activa, con goce de pensión, y el uno por ciento (1%) de la pensión básica del familiar  con pensión de sobreviviente, hasta sesenta (60) años de edad;
[…]

Artículo 102. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa a través del Viceministerio de Educación para la Defensa, debe fomentar  programas  de formación  y capacitación dirigidos al  personal  en  el  área de medicina geriátrica.

Artículo 103. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, a través de la Dirección General de Salud, debe crear los servicios de atención geriátrica en los centros adscritos a la Red Sanitaria Militar en cada región.

Acotación final:

Continuo dándole un voto de confianza al actual presidente de la Junta Administradora del IPSFA y a su Equipo de Trabajo, excepto en el asunto relacionado con el derecho de acrecer para los sobrevivientes que reciben pensión antes del 29 de diciembre de 2015.

Aclaratoria, y que quede bien claro:

No estoy recibiendo ninguna prebenda de parte del IPSFA o de sus autoridades.
No las he pedido, no las pediré, ni me las han ofrecido.
Mi honor y mi credibilidad no tienen precio.
Lo que hago por nuestra seguridad social lo hago porque así lo deseo y ¡punto!
Reitero:
¡QUE QUEDE BIEN CLARO!

Agosto, 29 de 2016