y dos Denuncias
Cnel. (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
PREFACIO
El presente
escrito será algo extenso, por lo que lo dividiré en dos partes; la primera
podría ser considerada como una “exposición de motivos” y la segunda como un “aporte
de pruebas”, publicadas en fuentes oficiales y no proveniente de los diferentes
medios de comunicación existentes.
Parte I
Preguntas
Ayer,
13 de abril del presente año, se divulgó por las redes sociales una resolución identificada
con el número 010534 de fecha 07ABR2023, emitida por Vladimir Padrino, por
medio de la cual, luego de una retahíla de justificaciones legales que le
permiten ejecutar ese tipo de acto administrativo y con la solapada intención
de que él, como único responsable de la seguridad y bienestar de todos los que
integramos la Fuerza Armada Nacional, incluyendo a los familiares y
sobrevivientes, el susodicho pretende hacernos creer que, de verdad, está
preocupado por nuestra situación actual de desastre en cuanto a nuestra salud -solo
por mencionar una de nuestras penalidades- y por eso decide crear “Oficinas
recaudadoras” en todos los hospitales y centros de salud adscritos a la
Dirección General de Salud de la Fuerza Armada Nacional(b), a través del
Servicio Autónomo de Salud de la FAN(b)
A simple
vista podemos observar, entre otras, varias cosas: 1) La atención de la salud
del personal militar, sus familiares directos y los familiares sobrevivientes
está ahogada, asfixiada, prisionera y todos los calificativos posibles, por una
burocracia fagocitaria y ahora se agrega un nutrido grupo de fagocitos que
cobrarán, se quedarán con la propina, entregarán una limosna al ente al cual deben
apoyar y la parte gruesa alimentará y habrá de satisfacer la voracidad “del
ente superior” (recuerde usted que vivimos en el país donde las sorpresas
no existen y que “ellos” nunca dan una puntada sin dedal); 2) por la
razón anterior y por la distribución fijada en el artículo 4º de dichas Normas,
esas oficinas siempre serán deficitarias y por lo tanto ineficientes; 3) ellas contarán
con una “alcabala”, como lo será el Servicio Autónomo de Salud de la Fuerza
Armada Nacional(b), el cual empleará el diez por ciento (10 %) de esos ingresos
para su funcionamiento y gastos administrativos, quedando la duda si se refiere
a los gastos de funcionamiento del Servicio Autónomo, que debe contar con un
presupuesto propio, o si se refiere a los gastos administrativos y
funcionamiento de cada Oficina; 4) no se establece quien cubrirá la nómina del
personal de cada oficina, ¿acaso será con el diez por ciento (10 %) antes
señalado?, si eso es así, ¿cómo se fijará la remuneración mensual y otros
beneficios laborales para el personal de cada Oficina si sus ingresos
dependerán del volumen de personas no afiliadas que deberán pagar por la
atención médica?; 5) la fiscalización de los ingresos de cada Oficina estará a
cargo de un Comité de Fiscalización y Control, constituido por el Viceministro
de los Servicios para la Defensa, Director General de Salud de la FAN(b) y el
Director del Servicio Autónomo de Salud de la FAN(b), es decir, parece ser que
los mismos que reciben los recursos serán los responsables de fiscalizarse así
mismos, pregunto ¿no existe una Contraloría General de la FAN o es que el papel
de ésta es solo para asuntos relacionados con las entregas de cargos de alguna
meritoria relevancia?… y así podríamos seguir escudriñando dichas “Normas”
y estoy seguro que se encontrarán otras “cosas interesantes”.
La pregunta
de cierre de este segmento es: ¿“Más queso para ratas”?
Denuncia
Ahora la
parte más “gruesa” por su contenido y extensión; para ello tenemos que
retrotraernos varios años atrás.
A.- En la Gaceta Oficial Nº 40.273, de
fecha 16 de octubre de 2013, se publicó el Decreto Nº 501, de fecha 15 de
octubre de 2013, mediante el cual se crea la “Empresa del Estado, bajo la
forma de Sociedad Anónima que se denominará FONDO DE INVERSIÓN MISIÓN NEGRO
PRIMERO, S.A. Dicha Empresa tendrá personalidad jurídica y patrimonio
propio, distinto e independiente de la República y estará adscrita al
Ministerio del Poder Popular para la Defensa.” (fin de la cita) y su
objeto, según el artículo 2º del decreto en referencia, es: “…la
coordinación, supervisión y control y cumplimiento de los cinco objetivos que
persiguen la MISIÓN NEGRO PRIMERO, a fin de dar respuesta a las necesidades
sociales del personal militar y civil de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
así como fortalecer el apresto operacional para la Defensa Integral…”, toda
una oda a la incongruencia de propósitos, y la facilitación a la malversación y/o
distracción de los recursos. El capital social de esta “Empresa” debe
estar, según el decreto de su creación, …”constituido por acciones
nominativas, no convertibles al portador, íntegramente suscritas y pagadas por
la República”…; además, también se contempla en el decreto de creación, en
su artículo 6º, “…los aportes financieros correspondientes para su
funcionamiento, además de los ingresos propios generados por sus actividades y
de donaciones de personas jurídicas de carácter público y privado o de
cualquier liberalidad de las previstas en el ordenamiento jurídico.”
La persona
responsable de la protocolización del Acta Constitutiva y los Estatutos fue la
Almirante en Jefe Carmen Teresa Meléndez Rivas quien, al mismo tiempo,
fungiría como presidente de dicha Empresa Estatal.
De todo los anterior se desprende la
posibilidad de una primera:
DENUNCIA, por la presunta
malversación y/o distracción de recursos destinados al bienestar y seguridad social
para el personal militar, sus familiares inmediatos y familiares sobrevivientes
de la Fuerza Armada Nacional(b) lo que ha degenerado en el desamparo en cuanto
a la prestación de los servicios de salud, incluyendo hospitalización, cirugía,
maternidad, emergencias, medicinas, servicios funerarios y todo lo relacionado
con el bienestar social contemplados en la LOSSFAN-2015 para los militares, sus
familiares inmediatos y familiares sobrevivientes pertenecientes a la FAN(b)
B.-
Obviando la mezcla
absurda del “apresto operacional” con el “bienestar y seguridad social”,
la Gran Misión Negro Primero cuenta con el Fondo Negro Primero, siendo
su fuente de financiamiento el Fondo Urdaneta; cuya misión, organización
y administración desconozco; anunciado, en su oportunidad, en la página oficial
de la Armada www.armada.mil.ve, a la
cual, en este momento, no se puede acceder porque “No se ha podido encontrar
la dirección IP del servidor” en mi intento hecho hoy 1420:42ABR2023.
Así
mismo, para el desarrollo de esa Gran Misión, en el año 2014, se presupuestó la
cantidad de setecientos cuarenta y dos millones trescientos sesenta y
cuatro mil ciento sesenta y seis bolívares, con noventa y seis céntimos (742.364.166,96),
la pregunta obligada es: ¿cuánto de esa cantidad fue destinada a la salud
y vivienda, como partes integrantes del bienestar y seguridad social del
personal de la FAN(b) en actividad, retiro, sus familiares directos y
familiares sobrevivientes? Para esa fecha el V/A. Carlos J. Vieira
Acevedo era el presidente de la Junta Administradora del IPSFA.
Actualmente
Vladimir Padrino es el presidente, o dueño, de la Gran Misión Negro Primero, de
la Fundación Negro Primero y de la Empresa del Estado Inversiones Negro Primero.
C.-
Hablemos un poco de
la Gran Misión Negro Primero, para esto comencemos con: ¿para qué fue
concebida esta Gran Misión?:
“La Gran Misión “NEGRO PRIMERO”, nace como una
propuesta y política de estado impulsada por el Comandante Supremo de la
Revolución Bolivariana, Hugo Chávez Frías, a través de planes y programas que
concentren esfuerzo en dar repuestas a las necesidades sociales del personal
militar y civil de la FANB, en aspectos como vivienda, salud, recreación,
esparcimiento, créditos, servicios, educación y fortalecimiento de la moral, de
una manera eficiente y efectiva. Así mismo profundizar proyectos de
infraestructura, equipamiento, mantenimiento, educativo y desarrollo nacional,
en pro de la seguridad y defensa de la nación. Esta iniciativa
impulsada a lo interno de la FANB, contempla a su vez la coordinación
interinstitucional e interministerial a nivel nacional, regional y local dentro
de los aspectos fundamentales para su planificación y ejecución, así como
también la participación activa del pueblo militar.”
Como podrá
observar se mezclan, reitero, conceptos totalmente diferentes como lo es “bienestar
y seguridad social” con “proyectos de infraestructura, equipamiento, mantenimiento, educativo y
desarrollo nacional, en pro de la seguridad y defensa de la nación”, creando
una oportunidad “de oro” para desviar recursos en propósitos diferentes al que actualmente
es el despreciado, desgraciado y considerado inútil y hasta como caja chica
llamado eufemísticamente “bienestar y seguridad social del personal de la
Fuerza Armada Nacional”.
De todo esto surge una
interrogante:
¿Si uno de los propósitos de la Gran Misión
Negro Primero, así como de la Empresa del Estado Inversiones
Negro Primero, es “dar
repuestas a las necesidades sociales del personal militar y civil de la FANB”,
porqué no contamos con la póliza de seguro de Horizonte como lo ordena la
LOSSFAN-2015 y que es una de las responsabilidades asignadas a Vladimir Padrino
en la citada ley?
Por falta de recursos
no es y eso lo describiré en una próxima oportunidad ya que el recuento es
largo y quizás algo tedioso, pero necesario para, posiblemente, hacer otra
denuncia por malversación.
Abril,
14 de 2023