PROPUESTAS
o
SUGERENCIAS
Coronel (Ej-V) Manuel A Ledezma Hernández
En
esta oportunidad tomo parte de su valioso tiempo para presentar a su
consideración, una propuesta producto de un intercambio de ideas y opiniones
entre los señores Coroneles del ejército Carlos Martín Peñaloza Barrientos; René
Humberto Martínez Lara, y quién transcribe el resultado de esa reunión, con la
aprobación de ambos oficiales superiores.
Tal y
como es de su conocimiento, todos estamos contestes de la falta de interés de
los funcionarios que ocupan algún cargo en las Instituciones cuya misión y
propósito de existencia se fundamenta en el servicio de seguridad y bienestar
social que deben prestar según las leyes y normas que le regulan, sin que el
conocimiento que tengan, o no, de ellas sea excusa para justificar su inacción, soslayando las responsabilidad en
el entendido que carecen de recursos o no los reciben o que no son responsables porque no son los patrones
cuando, por mandato de ley, reciben la delegación patronal en las áreas de
servicios que les fijan las leyes, por lo que, pasivamente, los hace solidarios
con las consecuencias que deriven de su
inacción hasta tanto demuestren, fehacientemente, que han agotado sus
iniciativas para hacer del conocimiento a las autoridades que gerencian los
órganos de adscripción de las deficiencias que padece nuestra seguridad social.
Estas
propuestas o sugerencias no persiguen fomentar indisciplina, ni mucho menos
faltarle el respeto al grado o majestuosidad del cargo, pero sí busca hacerles
saber que la acción pasiva asumida por los afectados en el reclamo de sus
derechos y beneficios socioeconómicos consagrados en las leyes que los regulan,
ha permitido interpretar, a quienes dirigen las Instituciones creadas para
estos fines que, en realidad, crean que la solución de tantos problemas e
incumplimiento de las obligaciones que les impone nuestra Ley Orgánica de
Seguridad Social vigente “Negro Primero” sea una dádiva o un acto bondadoso de
su parte y por lo tanto desconocen que la citada ley les obliga a dar
respuestas a los requerimientos solicitados cuyos únicos fines están orientados
a dar soluciones a las necesidades de salud y bienestar social, tal como lo
expresa la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la Ley
Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras.
Dicho
lo anterior, proponemos:
1.- Exigir el reconocimiento a nuestros
derechos consagrados en la ley respectiva en cuanto al cuidado integral de la
salud; entendiéndose que no es un favor o una dádiva, si no un derecho que
tenemos que recibir. Todo, dentro del marco del respeto y la consideración
debida al grado o jerarquía de los interlocutores.
2.- Hacer una recopilación de todos
los casos relacionados a la atención de salud o gastos funerarios de militares
profesionales o familiares con derecho, a los efectos solicitarle a la familia
que envíen los expedientes de los casos pasados, con los soportes debidos, que
incluyan una narrativa de cómo fue tratado el caso por quienes tienen el deber
de dar soluciones.
Para recibir estos expedientes cada promoción o
Asociación, debe organizar un comité en su respectiva zona geográfica y
enviarlos a Caracas a un Comité similar de Oficiales de cada promoción o
asociación o, según corresponda, a un Comité de Sargentos Profesionales,
igualmente por promociones o asociación. Esos Comités serán designados según el
deseo e interés de cada uno de los integrantes de esas promociones o
asociaciones en su propósito de apoyo y ayuda a sus compañeros de toda una vida
o de sus asociados.
Cada Comité deberá incluir a los familiares
sobrevivientes y que actualmente están pasando las mismas penalidades, o quizás
peor, teniendo siempre presente que esas personas fueron familiares de nuestros
compañeros fallecidos, algo que parece olvidarse con el tiempo.
Cada Comité, de los ubicados en Caracas,
deberán registrar y entregar al presidente de la Junta Administradora del IPSFA
aquellos expedientes que no puedan ser entregados en el interior del país
debido a la inexistencia de una sucursal del IPSFA y hacer el respectivo
seguimiento a cada caso con el propósito de dejar evidencia demostrable de las
acciones emanadas de los afectados y de las respuestas de las autoridades de
los órganos responsables en la solución de los problemas planteados.
3.- Para los nuevos casos, los
afectados deben hacer dos expedientes: uno para entregar a la sucursal o
dependencia del IPSFA en su región, si allí existiera alguna, caso contrario,
hacerlo llegar al Comité en Caracas que lo represente; otro para su resguardo
personal en caso de que, en algún momento, se “extravíe” el que entregan al
IPSFANB, así mismo, deberán hacer tres copias de la comunicación con la cual
entregan el expediente al IPSFA, cuyo representante o receptor, deberá firmar y
sellar las otras dos copias, de las cuales, el afectado o su representante, hará
llegar al Comité o Asociación de su región o sector; la copia restante quedará
en manos de quién hace entrega del expediente.
La
comunicación de entrega del expediente puede ser redactado según el modelo que
se anexa al final; así mismo encontrará el listado de los documentos que deberá
contener el expediente, según el caso que corresponda. Se sugiere hacer mención
de cada uno de esos documentos en la comunicación con la que se entrega el
expediente al IPSFA de su región.
4.- De estar de acuerdo con esta
propuesta se le agradece, organizarse por promociones o asociaciones que lo
representen para darle viabilidad al planteamiento.
5.-
Difundir dentro de sus agremiados para poner en vigencia esta propuesta.
Se reitera, con insistencia, que la
finalidad de esto es hacer cumplir los mandatos de la ley y contar con soportes
suficientes para acompañar las acciones legales en el caso que lo ameriten.
Mayo,
07 de 2022
UN MODELO DE COMUNICACIÓN PARA EL IPSFA
(Lugar y fecha)
Ciudadano (grado o jerarquía)
NOMBRES Y APELLIDOS
(Cargo que ocupa; en el caso de Caracas: Presidente de
la Junta Administradora del IPSFA; para el interior del país: Gerente de la sucursal
IPSFA, según la ciudad)
Por medio de la presente, amparado (a)
por la Ley Orgánica de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana “Negro Primero”, me dirijo a usted con el propósito de hacerle
entrega del expediente para la solicitud de (mencionar el tipo de expediente
que se entrega), y se me reconozca el derecho de (mencionar cual, por
ejemplo: pensión de sobreviviente; reintegro; tratamiento prolongado, etc.)
El expediente en cuestión contiene,
según se exige en la página web oficial del IPSFA, los siguientes documentos
(mencionar cada uno de los documentos)
Atentamente,
(Firma)
(Nombres y apellidos)
(Grado o jerarquía si el solicitante es militar en
servicio activo o no)
(Número de la Cédula de Identidad)
DOCUMENTOS QUE EXIGE EL IPSFA
REEMBOLSOS POR GASTOS SERVICIOS FUNERARIOS:
Destinado a cubrir los gastos efectuados
(cancelados) por atención médica recibida en algún centro médico asistencial
fuera de la Red Sanitaria Militar.
Documentos a consignar:
- Carta de exposición de motivo dirigida
al ciudadano (a) presidente (a) de la Junta Administradora del IPSFA.
- Copia de la Cédula de Identidad y
Carnet legible del afiliado y del familiar con derecho. El carnet del
beneficiario debe estar vigente.
- Factura original que cumpla con la
providencia administrativa del SENIAT vigente.
- Copia de la libreta de ahorro, cheque
anulado o certificación bancaria del afiliado titular.
- Constancia de agotamiento o rechazo de
Seguros Horizonte según sea el caso.
REEMBOLSOS POR GASTOS MÉDICOS:
- La factura deberá presentar
sello húmedo del especialista tratante o del centro de salud según sea el caso.
- Las Facturas por consulta
de control deberán estar avaladas por un informe médico del especialista
firmado y con sello húmedo del mismo.
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE
Este beneficio será otorgado
a los familiares directos del militar que haya fallecido.
Requisitos Comunes
- Acta de defunción original.
- Copia de la cédula de
identidad y carnet del militar.
En Caso de Conyugue:
La esposa(o) deberá consignar
ante la Gerencia de Bienestar y Seguridad Social los siguientes recaudos:
- Acta de matrimonio
(original y vigente)
- Partida de nacimiento
original y vigente (en caso de no estar afiliado por el IPSFA o no tener
carnet)
- Copia de la cédula de
identidad.
- Acta de defunción.
- Declaración de Heredero
Universal. (Solo si fallece en actos del servicio.)
En Caso de Hijos Mayores de
Edad (18 – 26 años):
Los hijos que se encuentran
en esta situación luego de fallecido su progenitor deberán consignar ante la
Gerencia de Bienestar y Seguridad Social los siguientes recaudos:
- Copia de la Cédula de
Identidad.
- Copia del Carnet Vigente.
- Constancia de estudios
Universitarios (original y vigente).
- Notas certificadas
(originales y vigentes).
- Carta de soltería (original
y vigente).
- Acta de defunción.
- Declaración de Heredero
Universal. (Solo si muere en actos del servicio.)
En Caso de Hijos Menores de
Edad (0 – 17 años):
Los hijos que se encuentran
en esta situación luego de fallecido su progenitor deberán consignar ante la
Gerencia de Bienestar y Seguridad Social a través de su representante legal los
siguientes recaudos:
- Autorización del tribunal
de menores dirigida al I.P.S.F.A., donde especifique el destino de los
beneficios por concepto de pensión y otras asignaciones (Original o copia
certificada por el tribunal).
- De no estar afiliado algún
(os) del (os) hijo (s), deberá solicitar la afiliación post mortem. (Con Acta
de Nacimiento en original o copia certificada.
Hijos Incapacitados:
- Copia del carnet
- Cédula de identidad
- Informe Médico con las
cuatro (04) firmas del Hospital Militar que refleje el tipo de incapacidad
(Total o permanente)
- Dependiendo del tipo de
incapacidad Juicio de Interdicción original y debidamente registrado.
Pensión para los Padres
(Casos):
- Copia del carnet y de la
cédula de identidad.
- Cuenta bancaria y si no
está afiliada deben presentar las partidas de nacimientos original de los
padres y del militar, copia (a partir del 29 de diciembre de 2015, contemplado
en la Ley Negro Primero.)
SOLICITUD PARA TRATAMIENTO
CONVENCIONAL
Este programa está
diseñado para la entrega de medicamentos a los pacientes con tratamientos por
patologías temporales, deberá solicitar los medicamentos en los PEM (puntos de
entrega) que se encuentran distribuidos a nivel nacional, ubicados en los
hospitales militares, navales y unidades militares designadas.
Recaudos:
- Récipes azules o blancos emitidos por una
red Sanitaria Militar, el cual deben venir firmados y sellados por el
especialista.
- Copias de la cédula de identidad y
carnet del afiliado y paciente.
- Los récipes expedidos en clínicas
privadas, deben estar avalados por cualquier red sanitaria militar.
SOLICITUD DE TRATAMIENTO
PROLONGADO
Este programa está diseñado
para la entrega del Kit de medicamentos a los pacientes con tratamientos de por
vida, existen una red de farmacias a nivel nacional en las cuales dichos
pacientes serán atendidos para la entrega de las mismas.
Recaudos:
Informe médico sellado y
avalado por una red sanitaria militar si viene de clínica privada, en el mismo
debe venir reflejado el nombre del medicamento y su dosificación.
- Fe de vida (Familiar con
derecho) emitida por un ente militar o por el IPSFA, no debe tener enmendadura,
ni tachaduras.
- Sello húmedo del médico
tratante y su firma.
- Original y copia del
informe médico, valido por un año.
- Fotocopia de la Cedula de
Identidad vigente del paciente (Familiar con derecho) y del militar.
- Consignar el informe médico
un mes antes de vencer.
Proceso:
- Deben consignar dichos
requisitos en las taquillas ubicada en la gerencia de bienestar y seguridad
social del IPSFA.
- En el interior del país
deben consignar los requisitos en cualquiera de las sucursales del IPSFA.
- Los afiliados, personal
militar, reserva activa y familiares con derecho, deben dirigirse a los P.E.M a
nivel nacional.