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IPSFA y SUS AFILIADOS

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Desde el pasado 15 de noviembre me he mantenido al margen de todo lo relacionado con nuestra seguridad social y en ese lapso he podido comprobar algunos cambios luego de la llegada de la actual administración; en ella existe una mayor receptividad, desde el actual presidente de la Junta Administradora, el ciudadano General de División Reiner Enrique Urbáez Fermín, hasta en los gerentes que le apoyan en su gestión.

Durante mucho tiempo nuestro Instituto de bienestar y seguridad social ha sido víctima de la desidia y de la des-administración más descarada y grosera jamás conocida; además de los muy duros golpes que le ha dado el máximo ente del cual depende al permitir los desmanes de algunos Comandantes Generales de Componente al graduar extemporáneamente a un muy elevado grupo de tropas profesionales y ahora el uppercut, mejor conocido como “gancho”, que le acaba de propinar el ejecutivo nacional al incorporar la milicia para cubrir las plazas vacantes en el ejército (desconozco si en otros Componentes también), además de la incorporación más de mil supuestos “oficiales” de esas milicias.

En relación a esa incorporación de milicianos, ¿podrá el IPSFA soportar esa carga o es que mindefensa tiene previsto crear un instituto de previsión social especialmente para ellos?, pero bueno, eso es harina de otro costal.

Retomemos el propósito de este escrito.

Aún permanece en nuestro recuerdo aquel general del ejército, presidente de una Junta Administradora del IPSFA, que asistió uniformado a una de esas “iglesias” que proliferan ahora ofreciendo curaciones milagrosas y en medio de una pantomima ese general se desmayó cual muñeco de trapo que es; un contralmirante que dijo, descaradamente, que él llegaba al IPSFA a pasar dos años en el cargo para luego optar ser comandante de la Armada… no lo logró, solo pudo llegar a ser comandante de la Infantería de Marina; otros dos generales del ejército que se comportaron como déspotas y no solucionaban ningún problema, al contrario, generaban los problemas; una vicealmirante que de milagro no destruyó el IPSFA desde sus bases. Todas esas irregularidades, irresponsabilidades, generaron muy graves perjuicios para nosotros los afiliados, tanto activos como retirados, familiares y sobrevivientes a los que, poco a poco, nos van ahorcando sin consideraciones y eso engendró un rechazo radical a cualquier cosa que digan o hagan los administradores del Instituto, no importa si son buenas noticias o acciones porque no se les dará credibilidad. Eso tiene que cambiar en cualquier momento y quizás ese momento es ahora.

Ahora bien, ¿la responsabilidad de ese desbarajuste en nuestro bienestar y seguridad social es única y exclusiva del IPSFA y su Junta Administradora?... no, exclusiva no; la Junta Administradora sí tiene responsabilidad, indudablemente, porque debe estar atenta de las necesidades de los afiliados al Instituto; cada uno de los Gerentes, como miembros de Estado Mayor que son, están obligados a asesorar al presidente de esa Junta y éste transmitir todas esas necesidades y recomendaciones al ente rector del bienestar y seguridad social de todos los militares profesionales en servicio activo o retirados, así como sus familiares y sobrevivientes. No hay que olvidar que el presidente de la Junta Administradora es el secretario del Consejo de Seguridad Social (artículo 24 LOSSFAN), órgano asesor del ministro de la defensa que, como dije antes, es el principal responsable del bienestar y seguridad social de todos y cada uno de los integrantes de la Fuerza Armada Nacional (artículo 4 LOSSFAN)

¿Hasta aquí llegan las responsabilidades en cuanto a nuestro bienestar y seguridad social?... ¡NO!, nosotros, los que dejamos el servicio activo, así como los familiares sobrevivientes, también tenemos nuestra cuota de responsabilidad y ella se fundamenta en el cumplimiento de nuestros deberes y, especialmente, la defensa a ultranza de nuestros derechos a través de los procedimientos y los órganos correspondientes.

Advierto que no estoy dejando de lado el hecho cierto de que ya esta Tierra de Gracia dejó de ser, desde hace mucho tiempo, un Estado de Derecho, pero eso no nos obliga a quedarnos con los brazos cruzados y limitarnos a murmurar y maldecir.

Lo dicho anteriormente está relacionado a un escrito, muy válido, que circuló el día de hoy 20 de enero, en el cual se reclama el pago de unas diferencias dinerarias, pero lamentablemente dicho “reclamo” se auto descalifica por ser un anónimo; además no se ha hecho conocer esas irregularidades, formalmente, al recién llegado presidente de la Junta Administradora del IPSFA quien, creo, no tiene la capacidad de adivinación y si lo tuviera no podría conocer tantas irregularidades que dejó la anterior presidente de esa Junta Administradora.

Por otra parte, los afiliados hemos recibidos tantas burlas, desprecios, ofensas, indiferencia de parte, no solo de los presidentes del Instituto, sino especialmente de una gran mayoría de oficiales (no todos) de los cuatro Componentes que actuaron en forma despótica, desconsiderados, irrespetuosos, groseros, en especial del ejército, que se desempeñaron como Gerentes en las anteriores administraciones, que prácticamente hemos perdido la fe, la confianza y la credibilidad en cualquiera que desempeñe un cargo administrativo en el Instituto, pero, insisto, no todos los presidentes del IPSFA, así como no todos de sus Gerentes, fueron ni actualmente son, unos vagabundos, unos profesionales fracasados, incapaces, resentidos, inhumanos y faltos de honestidad, ética y disposición para ser útiles.

Reitero que debemos, por el bien de todos y con el propósito de ayudar a recuperar nuestro único Instituto de bienestar y seguridad social, así como nuestros derechos: a) canalizar debidamente nuestros reclamos, para eso sugiero desbordar el obstáculo retardatriz llamado “mesa de partes” y tratar directamente con el Gerente del área llevándole un escrito, con acuse de recibo, donde se exponga lo que se tratará en la entrevista personal con dicho Gerente; b) hacer llegar, a través de entrevista personal, al presidente de la Junta Administradora del IPSFA cualquier novedad relacionada con la prestación de los servicios que nos debe brindar dicho Instituto, cualquier violación, presunta o real, de algún derecho, cualquier maltrato recibido de algún Gerente; c) abstenerse del uso de redes sociales para formular reclamos lo cual no significa la prohibición de ejercer ese derecho si no se recibe oportuna y adecuada respuesta según lo establece el Procedimiento Administrativo; d) bajo ninguna circunstancia hacer uso del anonimato porque eso no beneficiará a nadie, la cobardía debe ser despreciada, eso lo aprendimos, muy temprano, los militares.

Para finalizar, estoy claro sobre el hecho de que siempre existirán los detractores y los descalificadores, por lo que estoy seguro que a más de uno se le ocurrirá pensar, y tal vez decir, que estoy recibiendo alguna prebenda o que he abandonado la lucha para que se respeten nuestros derechos y recuperar los que nos han sido conculcados, nada de eso ha sucedido, no sucederá, ni me he vendido por una caja clap, por lo tanto, le digo a esos posibles detractores que no tienten al diablo y dejen quieto al que está quieto.

Enero, 20 de 2020




SEGUROS HORIZONTE S.A.
Y SU COBERTURA FUNERARIA
#ActuaMasQueQuejarte

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Al 31 de julio de 2016, última referencia en la página de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUNDEASEG), Seguros Horizonte S.A.  ocupó el segundo lugar entre las primeras diez empresas aseguradoras de Venezuela:



  
Cuando usted revisa la cartera de esa empresa puede observar que su principal “rubro” está constituido por las pólizas colectivas que tiene contratadas, ¿y sabe usted cuál es la mayor de ellas? ...no es nada difícil de saber; la principal póliza colectiva es la que administra para la FAN. Con esa póliza la empresa no tiene necesidad de romperse “el espinazo” para competir con el resto de las empresas aseguradoras ni tiene la necesidad de captar otros clientes.

Pero bueno, como dice el dicho, a quién Dios se lo diere, San Pedro se la Bendiga”.

El asunto es que el “bendecido” no arrima nada para el mingo, y sus coberturas son paupérrimas comparadas con el esfuerzo que hace la empresa para obtener esa contratación con la FAN y el riesgo mínimo que corre con esos asegurados porque, de cualquier forma, el contrato póliza tiene sus exclusiones igual a cualquier otra empresa aseguradora y no cubre siniestros por casos de guerra, motín, etc., etc. Ni siquiera en caso de enfermedades prolongadas o de alto costo hace fuerte erogaciones o pagos porque el asegurado, al excederse de la insignificante cobertura HCM, puede contar con la protección del IPSFA que, en muchas oportunidades, llega a cubrir varias, varias, veces el monto de la cobertura que brinda Horizonte.

Eso sucede, no solo con la cobertura de HCM, también sucede con la PÓLIZA DE VIDA que alcanza la “FANTABULOSA” suma de trescientos cincuenta mil bolívares (Bs. 350.000) cantidad, hoy en día, equivalente a la necesaria para subsistir durante un mes solo adquiriendo lo necesario para cubrir la necesidad de comestibles, y, si acaso, alguno que otro pago obligatorio.

La excusa que siempre presenta la empresa es que ella se ajusta a las condiciones que pone el “Tomador” de la póliza de seguro para la FAN y que no es otro sino el Ministro de la Defensa, como representante del ministerio a su cargo.

El otro actor en éste asunto es el IPSFA quién posee, según Acta Nº 78 del 27OCT1999, el 99,2636969696… % de las acciones de Seguros Horizonte, constituyéndose en el principal accionista (¿y propietario?) de esa empresa pero que, hasta diciembre 2015, nunca dijo nada para mejorar las coberturas para los militares profesionales, familiares y sobrevivientes. Por cierto, existe un ‘nudo gordiano’ en cuanto a la designación del presidente, los vocales y los suplentes de éstos para conformar la Junta Directiva de esa empresa, así como la distribución de las utilidades líquidas anuales al cierre del ejercicio en cada año económico. Donde no existe duda es en la designación del Primer Vocal.

Es obligatorio hacer notar, hacer énfasis, que el accionista principal es el Instituto de Previsión Social de la FAN (IPSFA), la persona jurídica.

Pero eso será tema de otro escrito. Vayamos a nuestro objetivo.

Nuestra póliza funeraria, al igual a la ya mencionada póliza de vida, no escapa de la inopia.

Veamos la siguiente comparación entre la póliza de Seguros Horizonte, reitero, 2ª en el ranking de la SUDEASEG, y una empresa que ocupa el sexto lugar en ese ranking y presta servicios al CICPC:

SERVICIOS FUNERARIOS
COBERTURA MENSUALIDADES GRUPO FAMILIAR
SEGUROS HORIZONTE
EMPRESA QUE PRESTA SERVICIO AL CICPC *
COBERTURA
Bs. 300.00000
Bs. 1.200.00000
CUOTA MENSUAL POR GRUPO FAMILIAR
Bs. 2.63800
(En mi caso particular, con el grado de Coronel)
Bs. 2.428,95
CUOTA MENSUAL POR FAMILIAR ADICIONAL
NO ACEPTADOS
Bs. 456,80
GRUPO FAMILIAR ACEPTADO
Titular

Cónyuge o Concubina (o)

Padre (Del titular)

Madre (Del titular)

Hijos hasta los 26 años
Titular

Cónyuge o Concubina (o)

Padre (Suegro en ausencia del padre)

Madre (Suegra en ausencia de la madre)

Hijos (Sin límite de edad)

Hasta un máximo de 10 afiliados, incluyendo al Titular Principal.


OTROS FAMILIARES
NO ACEPTADOS
Suegros (cuando no existan los padres del titular)

Hermanos y/o, Nietos, Sobrinos, Tíos, Abuelos, Cuñados, Primos, Suegros y

Amigos (as), (Previa aceptación de “LA COMPAÑÍA” y pago del monto adicional respectivo)

SERVICIOS

Imágenes obtenidas de un proveedor ubicado en San Juan de Los Morros, Estado Guárico, Venezuela.














 
           


 
                 



 























Cofre tipo C4 (angelical, catedral o jersey)
Arreglo y preparación del difunto.
Servicio de Capilla en la Funeraria o en Domicilio por un día.
Servicio de cafetín permanente.
Carroza para el sepelio.
Dos vehículos de acompañamiento para los familiares.
Habitación de descanso para los familiares.
Una Cruz Floral.
Servicio de oficios religiosos en cuerpo presente.
Traslado del difunto hasta la funeraria.
Servicio de cremación o Fosa.
Diligencias de Ley.
Red de Funerarias a Nivel Nacional.
Cofre: Reina de los cielos o piedad (modelo catedral o jersey); cofre de metal tipo C-4 Angélica, Catedral.
Servicio de Capilla.
Traslado del sitio de fallecimiento a la Funeraria.
Traslado a nivel Nacional.
Carroza para el sepelio.
Dos (02) vehículos para familiares y acompañantes.
Coche fúnebre para el traslado del hospital, cnica o residencia al lugar donde deberá efectuarse el sepelio.
Trámites legales ante las autoridades componentes.
Anuncio de Prensa
Servicio de Cafetería.
Preparación y arreglo normal del fallecido.
Oficios Religiosos, habitación de descanso.
Una (01) cruz de flores naturales
Gastos de inhumación (Fosa)
Gastos de Cremación (Tres (03) horas de servicio velatorio)
Servicio a domicilio bajo las mismas condiciones antes descritas.
Se garantiza la prestación de los servicios incluyendo los antes mencionados sin limitaciones durante las 24 horas del día y los 365 días del año a Nivel Nacional.
Servicio de Inhumación y cremación (Con velación y cofre para las cenizas cuando no exista limitaciones legales)
Parcelas en Cementerio Privado



OBSERVACIÓN
* Desde el 01-08-2016 hasta el 31-07-2017
En julio 2016 fue Sexta en el ranking de la SUDEASEG


No creo que a los propietarios de la empresa aseguradora que presta servicios funerarios, ¡nada más ni nada menos!, que al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) les guste practicar “deportes extremos” e intenten estafar a ese cuerpo policial, a menos que…

Ahora bien, recientemente falleció uno de mis compañeros de promoción y su esposa tuvo que cubrir los siguientes gastos:

EN LA FUNERARIA “GÉMINIS”, SUPUESTAMENTE PROPIEDAD DEL IPSFA:

. Servicio de capilla tipo “B”       Bs. 50.000
. Carroza para traslado local      Bs. 20.000
. Gastos administrativos (diligencias de ley) Bs. 20.000
. Complemento de servicio        Bs. 61,05
. IVA 12 %      Bs. 10.807,33
. Total, a pagar               Bs. 100.869,38

Además, la funeraria debe haber cobrado, completo, los trescientos mil bolívares de la cobertura por gastos funerarios.

EN EL CEMENTERIO DEL ESTE:
. Cremación    Bs. 77.354

Hagamos un somero análisis de esos pagos exigidos y cubiertos:

1.   La póliza por gastos funerarios, según Seguros Horizonte, cubre:

a.   Servicio de capilla. (sin importar el tipo de capilla)
b.   Diligencias de ley.
c.    Cremación.
d.   Habitación de descanso para los familiares.
Pero la esposa de mi compañero tuvo que “parir” el dinero para pagar esos servicios supuestamente cubiertos por la póliza.

2.   Los vehículos de esa funeraria son propiedad del IPSFA, por lo menos así se deduce, ya que ellos tienen el logo de ese Instituto, pero cobraron su uso para un “traslado local” y no creo que ese traslado se refiera el que hubo que hacer desde la morgue del hospital a la sede de esa funeraria, la cual se encuentra, prácticamente, al lado de esa morgue. Además, la póliza cubre un traslado que, si bien es hasta la funeraria, ¿esa funeraria Géminis puede cobrar Bs. 20.000, más IVA, por un traslado interno dentro del hospital?
Aunque el traslado esté referido al que se hizo al cementerio del este para la cremación, ¿se justifica el cobro de Bs. 20.000 más IVA por ese servicio?
La viuda tuvo que cubrir ese traslado.

3.   ¿Complemento de servicio?, ¿qué es eso?, ¿a qué se refiere?, ¿acaso será por el uso de la habitación de descanso destinada a los familiares y que está cubierto por el seguro?

4.   Para cerrar, el representante (¿verdadero dueño?) de la funeraria “Géminis” exigió que se le devolviera el ataúd ya que el mismo sería “reciclado”, ¿cómo es eso? De paso, la calidad de ese ataúd no es ni la sombra del que cubre el seguro, porque ¡era de inferior calidad, con mucho!

Creo que el IPSFA debe meter, no una lupa, sino un microscopio a esa funeraria “Géminis”, supuestamente de su propiedad.

Otro asunto diferente, pero relacionado con Seguros Horizonte-MINDEFENSA-IPSFA.

Usted, estimado lector, ¿sabe cuál es su cobertura de vida en Seguros Horizonte?

Si el fallecimiento es por causas naturales solo cubre hasta Bs. 350.000 y si es por accidente, será hasta Bs. 700.000 ¡cantidades realmente ridículas!

Saque usted una cuenta de referencia.

El cambio oficial está en un poco más de Bs. 660 por dólar; hagamos un redondeo a Bs. 700 para mayor facilidad, y veremos que nuestra vida, para MINDEFENSA-IPSFA-Horizonte, vale la gigantesca cantidad de ¡quinientos dólares! (U$S=500), si es por muerte natural, y mil dólares (U$S=1.000) si la muerte es consecuencia de un accidente.
Octubre, 10 de 2016
#ActuaMasQueQuejarte