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I P S F A
Aumentos – Medicinas - Otros



Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


AUMENTOS:

En el IPSFA existe una fábrica que no pertenece al Instituto ya que la misma está registrada por un grupo de militares profesionales en situación de retiro pertenecientes a una asociación denominada ASOCOBOL.

Esta fábrica es sumamente eficiente y su principal producto es la creación periódica, casi mensual, de rumores, mejor conocidos en nuestro medio como bolas, sobre aumento en las remuneraciones, jubilaciones y pensiones.

Desde hace poco tiempo respaldan sus rumores con el nombre de la diputada a la Asamblea Nacional, la ciudadana Carmen Meléndez quién, además, se desempeña con un cargo de no sé qué cosa de la reserva activa.

¡Señores! ¡Ninguno de esos rumores son ciertos!

La ciudadana Carmen Meléndez no es la persona con la calificación adecuada para anunciar ese tipo de incremento remunerativo, ni mucho menos para otorgarlos.

Las únicas autoridades en orden de autoridad para anunciarlo es 1. El que cree que es pero no lo es, 2. El ministro de la defensa y 3. El presidente de la Junta Administradora del IPSFA y ninguno ha dicho nada sobre ese asunto, excepto lo anunciado en cuanto al beneficio de alimentación para los trabajadores y el aumento del salario mínimo que tiene su repercusión en el resto de los salarios que se devengan en la administración pública.

Entonces… ¿Qué es lo cierto?… bueno, lo cierto es:

1. La Retribución Bimestral (no bimensual, tal y como lo informó BANFAN) se continuará pagando como se ha venido haciendo: cada dos meses y su monto será el equivalente a seis UT, por sesenta días (6 x 177 x 60 = 63.720), a partir del mes de agosto.

2. La diferencia entre el pago de septiembre y el incremento (50 %) recientemente decretado será depositada en la segunda quincena de ese mes, quizás un poco antes.

3. No existen otros pagos y en caso de que ellos pudieran existir el ciudadano presidente de la Junta Administradora del IPSFA no tiene conocimiento de ello.

En resumen:

Solo hay incremento en el pago de la Retribución Bimestral, que se pagará cada dos meses, y en la remuneración básica.

Las diferencias de los incrementos de la remuneración básica y la parte de la retribución bimestral correspondiente al mes de agosto, deben ser pagadas en la segunda quincena de septiembre, quizás antes.

MEDICINAS:

Vamos a ver si es posible hacerme entender en este punto; muy especialmente con Oscar Medina, quién me llamó mentiroso y Pedro Moreno Luna; copio textualmente:

[22/7 9:09] OSCAR MEDINA: Srs no se quién es el Cnel Ledezma pero es un oficial  mentiroso yo vivo en el Edo Nueva Esparta y tengo 3 meses que no recibo ni una sola medicina de 6 que tengo en lista y pase la novedad al ipsfa y al iorfan Yo tambien lo desmiento categoricamente y no me asombro pues vivimos en el pais de lo posible)

[22/7 9:28] PEDRO MORENO LUNA: Que no se ponga a defender lo indefendible.... púes pierde credibilidad👆👈

Correo enviado por Tcnel. MORENO LUNA. Buen día...familia Iorfana ayer pude leer con asombro un correo electrónico donde el respetado Cnel. Ledezma sigue alabando la Gestión del señor presidente del ipsfa... y lo que me asombró fue lo que dijo de las medicinas de tratamiento de uso prolongado que ya los afiliados la están recibiendo con regularidad y sin novedad... al menos en Mérida no es cierto...lo desmiento categóricamente...que le pasaría???

Los disculpo y es hasta ahora que hago públicas esas comunicaciones, entiendo que no todos son capaces de leer adecuadamente y solo leen lo que desean leer.

En ningún momento aseveré que el IPSFA había resuelto el problema del suministro de medicinas para el tratamiento prolongado, solo informé que el Instituto comenzó a dar un giro positivo para resolver el problema del suministro de las medicinas. También dije que ese problema era de muy vieja data debido a la ineficiencia de anteriores presidentes de la Junta Administradora del IPSFA y que algunos de ellos deberían estar presos; también hice referencia a la situación en cuanto la existencia de medicinas a nivel nacional para todas las instituciones de salud.

Sí afirmé que el actual presidente de la Junta Administradora IPSFA tiene todas las intenciones y propósito de “enderezar entuertos” en nuestro Instituto que era conveniente concederle un voto de confianza que “no debe ser eterno”; así lo dije, pero… ¿cómo se lucha en contra de la ignominia y la ignorancia?

De hecho, el presidente de la Junta Administradora ha ido deslastrando al IPSFA de personal innecesario; algunos oficiales han ido presos, como los involucrados en un robo de materiales de un centro de salud, e inclusive alguno que otro de alta jerarquía, incluyendo a un general. Usted, estimado lector, puede investigarlo.

El IPSFA, en la persona de su presidente de la Junta Administradora y su Equipo de Gerentes, están trabajando arduamente en la recuperación del Instituto y están haciendo “limpieza” en todos los sentidos; ahora bien, ¿cómo es posible subsanar deficiencias de las que viene padeciendo desde hace muchos años el Instituto?, ¿cómo es posible suministrar medicinas y otros rubros que no existen en el país?, ¿acaso la mediocridad y la corrupción enquistada durante años en el interior del Instituto es posible erradicarlo en sólo seis meses?, ¿de verdad creen en esa utopía de que cualquier administrador, gerente o presidente de una empresa o de un país puede solucionar todos los problemas y deficiencias heredadas en tan solo esos famosos “PRIMEROS CIEN DÍAS DE GOBIERNO”, ¡por favor, no sean tan ilusos!

Actualmente se está dotando de algunas medicinas, ENTIÉNDASE BIEN “ALGUNAS MEDICINAS a varios centros de salud de la FAN.

¡Claro que continúan existiendo deficiencias en el suministro de medicinas!, pero muchas veces es debido a que los empleados encargados de entregarlas a quien las requiera sencillamente se limitan a decir ¡no hay!, aunque sepan que sí están en depósito y que serán colocadas para la entrega en los próximos días, pero muchos de ellos son tan indolentes, apáticos, indiferentes, cómodos, ¿sádicos?, que se limitan al ya rutinario ¡No hay!, y son incapaces de decirle al solicitante que la medicina estará disponible para el día siguiente o para dentro de tantos días, ¡ellos manejan esa información, o la pueden obtener con su supervisor inmediato!

OTROS ASUNTOS:

DESCUENTOS:

Continúan efectuando descuentos para el Fondo del Cuidado Integral de la Salud (FCIS: Seguros Horizonte – IPSFA - HOSPIMIL) sobre la remuneración total mensual, en contravención con el artículo 76, numeral 3 de la LOSSFAN - 2015:

“Los recursos destinados al financiamiento  del Fondo del Cuidado Integral de la Salud, provienen de:
[…]
3. El aporte del seis coma cinco por ciento (6,5%)  del sueldo básico de: los profesionales militares en la situación de actividad o  reserva activa con goce de  pensión y familiares sobrevivientes pensionados.”
[…]


SEGUROS HORIZONTE:

Ésta empresa continua beneficiándose, indebidamente, de nuestros incrementos en la remuneración, en violación a la ley que rige la materia de seguros.

Esto lo he denunciado infinidad de veces y aún no se le pone coto.

La ley que rige la actividad aseguradora lo prohíbe terminantemente a todas las empresas aseguradoras (¿acaso Seguros Horizonte está exceptuado de cumplir esta ley?)

El asunto es que, cada vez que recibimos un incremento en nuestras remuneraciones, se nos hace un descuento de 3.315 % en el monto de nuestra remuneración integral mensual por concepto del FCIS destinado a Seguros Horizonte, sin que exista una contraprestación por ese incremento. La ley prohíbe hacer incremento en las cuotas mensuales por seguro durante el año de vigencia de la póliza.

¿Qué dicen a esto el presidente de esa empresa y su primer accionista IPSFA?

En oportunidad anterior aumentaron la cobertura para servicios funerarios, ahora, ante el nuevo incremento en la remuneración ¿cuál cobertura adicional o incremento de alguna cobertura comenzará a regir?, ¿acaso será la cobertura de vida que es una pobre, risible, cobertura?

RECALENTAMIENTO DE NUESTRA SEGURIDAD SOCIAL:

Este es un grave, gravísimo, problema que, poco a poco, está carcomiendo nuestra seguridad social ejerciendo una enorme presión sobre ella y que en algún momento la hará estallar.

El asunto es que, además de adosarle ciertas obligaciones con la inconstitucional milicia, la administración militar hace ingresar nuevos afiliados en una forma no planificada.

Ya quisiera ver a un gerente de cualquier empresa administrando los beneficios sociales para un grupo de empleados que ingresen a su empresa de forma no planificada y además en número de miles.

Eso es lo que sucede en el IPSFA.

Recientemente la Guardia Nacional dio egreso, como tropa profesional, a tres mil (3.000) Guardias Nacionales a los que hay que suministrarles la protección y beneficios socioeconómicos que les corresponden por ley.

Pero el asunto no se detiene allí, porque esos jóvenes recién egresados aún tienen familiares ascendientes y quizás alguno podría tener una familia propia y quizás con hijos, ¡que también deben ser amparados!

Estamos hablando, COMO MÍNIMO, de NUEVE MIL (9.000) PERSONAS que deben ser amparadas (Tres mil GN + tres mil padres + tres mil madres, sin incluir las posibles parejas o cónyuges e hijos)

¿Logré hacerme entender sobre lo delicado y grave que eso representa para la sobrevivencia de nuestra seguridad social debido al ingreso desmedido, o complaciente, o no planificado de personal, quizás, y solo quizás (aclaratoria dubitativa necesaria para los susceptibles), no necesario en cuanto a número y empleo?


REUNIÓN CON LOS MILITARES PROFESIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO RESIDENTES EN EL ÁREA METROPOLITANA:

En espera de la autorización del Ministro de la Defensa. Hay que preguntarle a él y dudo que esté en capacidad y condiciones de dar una respuesta.

HOSPIMIL:

Por experiencia que vivo con un compañero de promoción, que permanece hospitalizado desde hace un poco más de dos meses en el Hospital “Carlos Arvelo”, me consta que la atención y los servicios han mejorado en un 100 % y continúan mejorando; el personal de enfermería es atento y profesional; el suministro de medicinas, en éste caso específico, ha sido más que suficiente, sí se ha presentado escasez en alguna medicina pero generalmente es resuelto en un lapso no superior a dos días.

Pero no todo es felicidad en esta viña del Señor.

Así como los médicos y enfermeras son atentos, comprensivos, amables, también nos encontramos con un médico que, quizás en su intención de ser franco con el familiar de mi compañero, se excedió y tuvo la indelicadeza de informar que “…ya el Coronel no tenía más oportunidades, que era conveniente que fueran pensando en llevarlo a su casa (mi compañero vive en el quinto co…, en el interior del país, donde el diablo se devolvió) y que debían alquilar un aparato auxiliar para su respiración, sugirió que obtuvieran, preferiblemente, una cama clínica y un colchón anti escaras…”

Pero lo peor no es nada de eso. Lo peor es que ése ¿médico? dijo al familiar de mi compañero:

“ADEMÁS, EL CORONEL, YA DEBE HABER CONSUMIDO LO QUE PAGÓ AL HOSPITAL MILITAR”

Tamaña imprudencia no tiene calificativo. Además de ser nuestro derecho de ser atendidos en nuestro Hospital Militar, es necesario dejar BIEN CLARO que hemos cotizado para esa atención durante nuestros TREINTA (30) AÑOS DE SERVICIO ACTIVO Y DURANTE NUESTROS VEITIÚN (21) AÑOS COMO MILITARES PROFESIONALES EN SITUACIÓN DE RETIRO.


DERECHO DE ACRECER:

Aún persiste el criterio de que no corresponde a los sobrevivientes que reciben pensión antes del 29 de diciembre 2015, basándose en el criterio unilateral de que no les corresponde porque el beneficio no es retroactivo, pero se olvidan o no toman en cuenta el contenido completo del artículo 45 de la LOSSFAN – 2015 que textualmente dice:

“Los beneficiarios de la pensión de sobreviviente, tienen derecho de acrecer al producirse la pérdida de la pensión en alguno de los beneficiarios. EL PORCENTAJE DE PENSIÓN LIBERADO SE DEBE REDISTRIBUIR PROPORCIONALMENTE ENTRE LOS DEMÁS BENEFICIARIOS, A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA.”

Y solo se limitan al contenido de la Disposición Tercera:

“Las pensiones que  han  venido  disfrutando el personal contemplado  en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica gozarán de los beneficios aquí acordados, sin que ello ocasione efectos retroactivos.”

Concentrándose solo en el contenido del último párrafo: “…sin que ello ocasione efectos retroactivos.”, obviando la parte inicial de esa misma Disposición Tercera que dice: “Las pensiones que  han  venido  disfrutando el personal contemplado  en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica gozarán de los beneficios aquí acordados,…”

¿Entonces?

Un abogado, profesor de derecho, Tte. ELC, me dijo:

Existe un principio en derecho que establece que: "...hay que tomar en cuenta y conocer la intención del legislador en la elaboración de las leyes (el espíritu, propósito y razón de su voluntad) y que, donde el legislador no distingue, no le está permitido hacerlo al intérprete...".

¿Por qué ante la duda, no se recurre a la consulta del TSJ y evitar la aplicación manu militari?

MILITARES PROFESIONALES Y FAMILIARES RESIDENTES EN EL EXTERIOR:

Aún están esperando una respuesta sobre las gestiones que algunos Gerentes del IPSFA deben estar haciendo ante las autoridades monetarias a los efectos del pago de las pensiones en las divisas correspondientes.
Estas personas ya cumplieron más de un año sin poder tener acceso a su pensión en la divisa correspondiente, a pesar de que el CENCOEX ya aprobó las respectivas solicitudes y solo falta que el Banco Central de Venezuela autorice las divisas necesarias para cubrir estas urgentes necesidades.

En la próxima entrega de mi blog transcribiré una carta proveniente de la organización que los aglutina.


ALGUNOS ASUNTOS PENDIENTES POR ACATAR DE LA LOSSFAN 2015:

¿Se estará dando cumplimiento a los siguientes artículos?:

Artículo 100. El Fondo  para la protección del adulto mayor estará constituido por:

1. La cotización obligatoria mensual del uno por ciento (1 %) de la pensión  básica del militar profesional en  reserva activa, con goce de pensión, y el uno por ciento (1%) de la pensión básica del familiar  con pensión de sobreviviente, hasta sesenta (60) años de edad;
[…]

Artículo 102. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa a través del Viceministerio de Educación para la Defensa, debe fomentar  programas  de formación  y capacitación dirigidos al  personal  en  el  área de medicina geriátrica.

Artículo 103. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, a través de la Dirección General de Salud, debe crear los servicios de atención geriátrica en los centros adscritos a la Red Sanitaria Militar en cada región.

Acotación final:

Continuo dándole un voto de confianza al actual presidente de la Junta Administradora del IPSFA y a su Equipo de Trabajo, excepto en el asunto relacionado con el derecho de acrecer para los sobrevivientes que reciben pensión antes del 29 de diciembre de 2015.

Aclaratoria, y que quede bien claro:

No estoy recibiendo ninguna prebenda de parte del IPSFA o de sus autoridades.
No las he pedido, no las pediré, ni me las han ofrecido.
Mi honor y mi credibilidad no tienen precio.
Lo que hago por nuestra seguridad social lo hago porque así lo deseo y ¡punto!
Reitero:
¡QUE QUEDE BIEN CLARO!

Agosto, 29 de 2016