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IPSFA


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


El lunes, 11 de abril de 2016, tuve la oportunidad de sostener una conversación con el ciudadano General de División RAFAEL ALBERTO ESPINOZA MENDOZA, Presidente de la Junta Administradora del IPSFA.

Ésta reunión fue posible gracias al ciudadano Coronel (Ej) JUAN ANTONIO PÉREZ CASTILLO, a quién públicamente agradezco su gestión, y al ciudadano General de División por aceptar la sugerencia y haber aceptado recibirme.

Generalmente, cada vez que ocurre un cambio en la dirección y administración del IPSFA, siempre hemos tenido la esperanza de que el nuevo designado resuelva la enorme cantidad de problemas que tiene ése Instituto, que le cambie el propósito mercantilista adquirido y lo devuelva a su misión principal, que se rodee de gente capaz con espíritu de servicio y no de “comandantes frustrados” que creen que administrar nuestra seguridad social es dar “órdenes” y que se cumplan sin chistar, que elimine la muy deficiente atención que se recibe, no sólo en el trato, sino también en la resolución de las necesidades de los afiliados, pero todos esos “nuevos” han resultado un verdadero fiasco, algunos merecedores de cárcel.

El General de División Espinoza Mendoza y su equipo de trabajo no escapan de esa esperanza de mejora, no solo para beneficio de los afiliados, sino de ellos mismos, especialmente para cuando pasen a la muy difícil situación de retiro.

Y que Dios no los vea en la necesidad de tener que vivir en el exterior.

Comienzo por expresar mi apreciación, muy personal, sobre el ciudadano General de División Espinoza Mendoza.

Fui citado para el día antes señalado, entre las 15:00 y 16:00 horas. Me presenté a las 14:55 y no tuve que esperar más de veinte minutos para ser atendido, a pesar de que estaban otras personas en espera; es más, el ciudadano General de División tuvo la alta deferencia de suspender, momentáneamente, una importante reunión de trabajo con su equipo de Gerentes para atenderme.

La entrevista duró, aproximadamente, dos horas, ¿Qué pude apreciar?…, bueno, es afable; cordial; respetuoso de la antigüedad; dispuesto para atender a quien lo solicite; habla claro y no anda dando vueltas a los planteamientos que se le hacen; inspira respeto y confianza; no manifiesta ni se coloca las benditas ínfulas de las que hicieron gala la generalidad de los anteriores presidentes del IPSFA ni muchos de los actuales generales y almirantes en servicio activo; al igual que el equipo de trabajo que está conformando, está consciente que pronto pasará a la situación de retiro; desea tomar la previsión para impedir que mañana, o pasado mañana, aparezca un personaje que decida que la seguridad social es igual para todos y por lo tanto los militares profesionales deben pasar al IVSS. Nota: ¿recuerdan la propuesta de Müller Rojas?

Ha comenzado a ponerle cascabeles al personal, tanto civil como militar, que labora en el Instituto y, aparentemente, no se anda con muchos miramientos para deshacerse de gente que no sea idónea o que esté demás,… y lo ha hecho.

Durante la conversación estuvieron presentes, como parte de su nuevo equipo de trabajo: el Gral. Brig. (GN) Vicepresidente, los gerentes de personal, finanzas, consultoría jurídica y otros que, desgraciadamente no pude retener sus cargos en mi memoria. Percibí en cada uno de ellos el propósito de servir, entendiendo como tal el deseo de ser útiles e intentar atender y resolver las deficiencias en nuestra seguridad social.

La reunión fue cordial, provechosa y, como ya dije, duró aproximadamente dos horas.

Llevé algunos puntos que considero de interés, tales como suministro de medicinas; descuentos; beneficio de alimentación y retribución bimestral; bono recreacional; página web; firma electrónica; jubilados y pensionados residentes en el exterior; LOSSFAN e inclusive la aún existente discriminación con los Oficiales Técnicos.

Sin embargo, antes de plantearle cada uno de esos puntos por separado, el ciudadano General de División Espinoza Mendoza, se adelantó a cada uno de ellos. Los detallaré a continuación y usaré el mismo orden en que yo los llevaba por escrito:

1.- Medicinas.
Se ha convertido en un problema mayúsculo debido a la insuficiencia en el mercado y a la negativa de algunos entes para firmar acuerdos con el IPSFA. Sin embargo está en marcha la solución de adquisición de medicamentos en forma directa, (¡al fin!), con el propósito de ahorrar en costos, además de mantener un abastecimiento más apropiado. Se establecerá la entrega de medicinas según tratamiento; me explico: si el tratamiento indica que se debe tomar un medicamento tres veces al día por un lapso de cinco días, el paciente recibirá sólo quince pastillas y no una, o dos cajas, que en total sumaran veinte grageas con un desperdicio de cinco de ellas, además del riesgo de la automedicación. Vamos a estar claros, no sólo existe la insuficiencia, tenemos que estar conscientes que más de una vez queda excedentes de algunos medicamentos recibidos y que muchas veces son desechados, bien sea por su vencimiento o porque son donadas a otra persona, cuando con una debida distribución podrían alcanzar para otros pacientes, afiliados, que la necesiten.

Se están reforzando los puntos de entrega de medicinas (PEM), la tarea es ardua debido al poco interés que, administraciones anteriores, prestaron a ese asunto.

Una de las cosas que me sorprendió fue una información, recibida fuera de la entrevista, de que la llamada Farmacia IPSFA ¡no tiene nada que ver con el Instituto, sólo es un arrendatario más como cualquier otro!, así que, las deficiencias en medicinas en esa farmacia no es atribuible al Instituto, pero en cuanto al trato recibido sí es atribuible a éste siempre y cuando los afectados hagan del conocimiento de esa irregularidad ante el Gerente de Empresas.

Lamentablemente la mala experiencia y las vejaciones sufridas, por quienes reciben las medicinas, obligan al escepticismo y eso en ninguna forma es criticable jamás y será muy arduo de superar.

2.- Descuentos.
Expuse lo que está sucediendo con los descuentos aplicados a las remuneraciones, no solo a nuestras jubilaciones y pensiones, sino también a las que corresponden a quienes están en servicio activo.

Específicamente hice hincapié en los descuentos IPSFA, HOSPIMIL Y SEGUROS HORIZONTE, en cuanto el procedimiento para el cálculo de esos descuentos así como la justificación de los mismos.

Al informarle que los descuentos se están realizando sobre el 100 % de la remuneración mensual de inmediato ordenó que se revisara y que se procediera conforme lo ordena la LOSSFAN. En cuanto a la justificación de los descuentos, informará próximamente durante una reunión con militares profesionales en situación de retiro en la sede del IPSFA.

Es conveniente, para esa reunión, llevar las interrogantes que se consideren necesarias y evitar que la reunión se convierta en un monólogo con invitados de piedra; es una oportunidad que se presenta para aclarar rumores, dudas y conocer de la propia fuente qué es lo que está sucediendo con nuestra seguridad social y cuál es su futuro.

3.- Bono recreacional.
Ésta fue una situación especial.

Al preguntarle si el bono recreacional era el equivalente al bono vacacional su respuesta fue positiva, pero al repreguntarle:

¿Entonces, mi General, por qué usted, según la última directiva oficial sobre remuneraciones con fecha 15 diciembre 2014, recibe un pago equivalente a cincuenta días de bono vacacional y los que no estamos en servicio activo sólo recibimos treinta días?, es decir, cuando usted pase al retiro cobrará treinta días en lugar de los cincuenta que actualmente recibe, ¿eso es lógico?

La reacción fue de sorpresa e incredulidad y enseguida ordenó tomar nota y al mismo tiempo interrogó a sus colaboradores si la nueva Directiva de Remuneraciones ya había sido publicada y la respuesta fue negativa. Así que… usted tiene libre albedrío en sus conclusiones.

4.- Página web.
Hice la observación de que la página web estaba obsoleta, pesada, con informaciones muy antiguas y generalmente con poca información de interés para los afiliados, excepto el listado mensual sobre cheques aún no retirados y que el infrascrito replica cuando ésas listas son publicadas ~por cierto, ya están publicadas las correspondientes al mes de abril 2016~ esto causó una reacción de duda entre los presentes la cual fue aclarada y confirmada mi información por la ciudadana Mayor Consultora Jurídica, quien por cierto está recién nombrada y es especialista en Derechos Humanos, algo que considero muy positivo en nuestro beneficio porque le será más fácil comprender los planteamientos que se puedan hacer sobre el respeto de nuestros derechos.

La muy buena noticia es que el IPSFA migrará de ésa página web para convertirse en una plataforma que le permitirá al afiliado hacer sus trámites desde la comodidad de su hogar, sin necesidad de trasladarse al IPSFA, ni aquí en Caracas ni los que se encuentren en el interior del país. Inclusive los trámites para la obtención de préstamos o  los carnets de identificación, por ejemplo, podrán ser hechos a través de esa plataforma. Esto descongestionará el edificio sede, además de las largas estadías en la capital de la república para resolver alguna necesidad. Además, las sucursales en los estados, donde existan, actuarán como si fuera la sede, claro está, bajo ciertas condiciones, pero tendrán una mayor autonomía a la actual. Esto está muy bien y permitirá conocer de cuál “madera” están hechos los Gerentes que están al frente de esas sucursales.

Para la autenticación de algunos documentos, como por ejemplo la constancia de pensión, netos, ya no será necesario presentarse ante un funcionario, generalmente mal encarado, para que selle el documento que se le presenta; en el momento que entre en funcionamiento la nueva plataforma, esos documentos tendrán incluida la firma electrónica que los autentifica, tal y como lo hace el SENIAT con la solvencia de impuesto sobre la renta que se obtiene por internet.

Entre otras informaciones suministradas por el ciudadano General de División está la referida al Fondo de contingencias.

Su propósito es que esos pagos no excedan de un máximo de siete días y para ello ya impartió instrucciones para que se ajuste el procedimiento porque él está convencido de que las emergencias no esperan y es una obligación atenderlas, si no es posible de inmediato, por lo menos que sea en la mayor brevedad posible sin que se exceda de siete días. ¡AMÉN!

En cuanto a su política de personal, el que no sirva ¡se va!, sea militar o civil y así lo ha venido demostrando en el caso de algunos gerentes o más específicamente en IFAMIL en cuanto al personal civil; él considera que el IPSFA no es un ente empleador, así como tampoco es un ente mercantil y a tal efecto cerró la panadería que arrojaba pérdidas, ese local será dado en concesión como cualquier otro comercio existente en el Centro Comercial.

También me informó que en el trascurso de éste mes, a más tardar en el próximo, se pagará el incremento del 20 %, más el ajuste de las primas y otros beneficios cuyo cálculo para el pago esté basado en la UT, es decir se reconocerán los pagos en función al monto de la nueva UT. La retribución especial bimestral también será incrementada. Ojo, no estoy diciendo que habrá retroactivo; eso no fue tratado.

He querido dejar de último dos puntos que, debido al tiempo, no fueron tratados muy profundamente con el ciudadano General de División presidente de la Junta Administradora del IPSFA, además de que mis comentarios se salen de la tónica mantenida en los puntos anteriores.

5.- LOSSFAN.
Nada que hacer, ya está promulgada; con sus errores y con sus beneficios y solo resta la redacción del o los reglamentos necesarios.

En éste punto hice propicia la ocasión para mostrarle el anteproyecto que presentamos, a la inútil Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la anterior Asamblea Nacional, la Federación de Oficiales Técnicos, la Asociación Nacional de Guardias Nacionales Retirados, la Asociación de Tropas Profesionales del estado Vargas y quién escribe éste texto… ¡más nadie!

El ciudadano General de División se mostró interesado y ordenó a la Mayor Consultora Jurídica que sacara una copia de la misma. En éste punto hice saber que ya era hora de tener personas especialistas en seguridad social que administrara ésa área tan crucial y que el proyecto en referencia contemplaba la formación de ese personal. Esto le pareció muy interesante y el Gerente de Personal tomó debida nota de ello, ¿resultado al final del túnel?… ¡solo ellos y Dios lo saben!

6.- Oficiales Técnicos.
Ante éste asunto  me hizo saber que, como presidente del IPSFA, no le correspondía tratarlo, pero le insistí tomando como base el hecho verídico de su acceso al Alto Mando Militar y lo aceptó

Le manifesté que el asunto es que aún persiste el rechazo a la existencia de los Oficiales Técnicos; esto se debe a que aún no se ha comprendido del todo que es una etapa de transición, evolución de la FAN.

Advertencia aparte: No estoy defendiendo la “puntada de c…” del zombi, la justificación a la que apeló para dar ese cambio. No existió excusa más estúpida que esa. Jamás defenderé a ese traidor a la patria.

Pero vamos a lo que traté con el ciudadano General de División.

Ese rechazo existe y continuará existiendo porque a nadie en Mindefensa se le ocurrido solucionarlo y no hay nada más sencillo que eso, ¿cómo?… acabando con la misma división que promueve Mindefensa al mantener separados los Institutos que forman y capacitan a los Cadetes para desempeñarse en las áreas de comando y las áreas de los servicios.

Ésa discriminación, rechazo, se eliminará cuando todos los Cadetes, en su respectivos Componentes, estén bajo un solo Instituto de formación como Oficiales y en el trascurso de sus estudios se diversifiquen según sus capacidades, preferencias y necesidades del Componente, ¿acaso eso no es lo que se hace en las diferentes Academias de Comando para distribuir los Cadetes entre las diferentes armas y servicios?, Oficiales Técnicos han existido siempre, ¿acaso que los Oficiales de comunicaciones, armamento, logística y otros, no son Técnicos en sus especialidades?

Ordenó tomar nota. ¿Saldrá algo de allí?… tampoco lo sé.

Hasta aquí porque lo que continúa no fue objeto de conversación con el ciudadano General de División, ni con su equipo de trabajo que estuvo presente, ni formalmente con alguno de ellos individualmente.

Ojo, que quede más que suficientemente claro que lo que escribo a continuación no está relacionado, en ninguna forma con el ciudadano General de División Espinoza Mendoza ni con los nuevos Oficiales de su equipo de trabajo que estuvieron presentes.
Los comentarios que haré son percepciones, muy personales.

1.- Beneficio de alimentación y retribución bimestral.
Persiste la renuencia, el temor y el “pobrecito Estado”, para reconocer que la FAN se rige por su propia Ley Orgánica de Seguridad Social, y por lo tanto podemos tener la mejor seguridad social que nos corresponde, sin temer el “otras dependencias no tienen esos beneficios”, “ellos sí lo pueden hacer porque son autónomos”, “¿se imagina la cantidad de dinero que eso representaría para el Estado?”, y así otra serie de excusas irracionales y mojigatas.

No es nuestro problema que otras dependencias no tengan los mismos beneficios que tenemos, ni las que podamos tener, los militares profesionales, sus familiares y familiares sobrevivientes; allá los gerentes, presidentes, comandantes, directores, etc., que están al frente de esas dependencias, son ellos los llamados a mejorar las condiciones socioeconómicas de las personas adscritas a sus dependencias y la FAN no tiene porqué disminuir sus beneficios ni protección social porque esos “jerarcas” son negligentes o no les importa el bienestar de las personas que dependen de ellos.

Los militares profesionales, toda la vida, han recibido la alimentación, bien sea en especies o en dinero y jamás fue aplicada la bendita ley de alimentación.

En cuanto al “pobrecito Estado”, importa un bledo ese “pobrecito” porque bastante cientos de miles de millones de dólares ha dilapidado ¿y ahora hay que morirse de hambre, de mengua, porque unos irresponsables, unos corruptos, unos hampones, acabaron con las riquezas del país, incluyendo su soberanía?… ¡pues no, eso es inaceptable!
 
A pesar de lo que puedan decir en contrario, el único culpable de que el militar profesional en situación de retiro no reciba el beneficio de alimentación es aquél general en jefe “…el cual aceptó…”.

En este punto no entiendo a quienes están en servicio activo y con poder de decisión… ¿cómo es posible que sean tan “mansos” para aceptar y defender la mutilación de sus propios beneficios socioeconómicos?

2.- Militares profesionales y familiares sobrevivientes residentes en el exterior.
No fue tratado con el ciudadano General de División, pero sí lo fue con el ciudadano Coronel Gerente de personal y con la Mayor Consultora Jurídica, con quienes compartí amablemente durante varios minutos.

La situación es, dicho en forma cruda, clara, definitiva, sin “tapujos” ni adornos: el IPSFA, definitivamente no puede hacer ni hará nada para remitir divisas al exterior… está atado de manos.

La remesa de divisas es responsabilidad exclusiva del Ejecutivo a través del CENCOEX, más nadie, absolutamente más nadie puede responder por algún pago en divisas. Así que, cualquier trámite al respecto está subordinado a las exigencias que haga el centro controlador de divisas para los pendejos, además, “el que cree que es, porque le dicen que sí lo es, pero en realidad no lo es” dijo: “olvídense de las divisas porque divisas no hay”.

¿Alternativas? Dejar de porfiar en que sea el IPSFA o el Mindefensa quién asuma la responsabilidad de esas remesas y acudir ~tenían que haberlo hecho hace mucho tiempo~ a los diferentes órganos internacionales relacionados con los Derechos Humanos, así como la Cruz Roja Internacional, Gobiernos democráticos que respaldan un cambio en Venezuela y todas otras alternativas que puedan brindarle respaldo y apoyo. Con “papelitos, escritos, cuentas y cuentos”, no resolverán nada hasta que el control de cambios no sea suspendido; ¿cuándo sucederá eso?… por el camino que vamos pasarán muchos, muchos años. ¿Están en condiciones y dispuestos a esperar?

3.- Mesa de partes
Éste punto fue tratado en forma privada con un integrante del equipo de trabajo, cuyo cargo me reservo. Le expuse el procedimiento que se sigue con la correspondencia y que pude comprobar hace algún tiempo.

El asunto es que se exige que la correspondencia sea entregada abierta ~violación a la privacidad de la correspondencia~ esto permite vagabunderías, alcahueterías, complicidad, entre quienes laboran en la Mesa de Partes y los diferentes gerentes y el resto de funcionarios que laboran en el IPSFA, además de que dejan al libre criterio de un sargento decidir a quién le corresponde, o no, recibir determinada comunicación. Con ésa “política” se impide que el presidente de la Junta Administradora se entere de muchas irregularidades que suceden en el Instituto, así como las arbitrariedades que cometen los diferentes funcionarios y al final… ¿quién es el único culpable de todos esos aspectos negativos?… ¡el presidente del IPSFA que no hace nada ni se ocupa de su trabajo!, y el funcionario abusador, incompetente y hasta corrupto continua tranquilo y feliz.

Para concluir, demos un voto de confianza al nuevo presidente de la Junta Administradora del IPSFA y su nuevo equipo de trabajo, pero eso voto tiene vencimiento y a muy breve plazo, no es para toda la vida.

Por cierto ciudadano General de División, le falta remover a un regente de dos administraciones antiguas y que considero debe ser investigado profunda y detalladamente; no le dé oportunidad para que “taparee” algunos de sus “movimientos”…, aproveche usted la nueva visita de la Contraloría de la FAN, quizás se sorprenda.

Abril, 12 de 2016




SEGURIDAD SOCIAL FAN 2016


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


IV

Comencemos a revisar los artículos. Haré mención de aquellos que, según mi apreciación, presentan una redacción confusa que podría permitir libre interpretaciones; tenga usted por seguro que esas “libres interpretaciones” nunca serán en beneficio, así lo ha demostrado siempre la Administración Militar.

También consideraré aquellos que van a generar distorsiones; cargas no justificadas en nuestras remuneraciones; libres interpretaciones de parte de los responsables de cumplir con ésta ley; confusiones y lagunas que darán lugar a la no aplicación de ciertos beneficios o una aplicación “interesada” de parte de la Administración Militar; inclusión de entes no contemplados en la constitución, así como términos ambiguos y contradictorios como la tal “reserva activa”, que aunque esté contemplada en la última de las múltiples Ley Orgánica de la FAN”, ello no le concede ninguna “legitimidad” para ser aceptada en forma resignada porque igual pudieron haber empleado el término de “activos en reserva”, ¿por qué no? Por lo menos es un poco más lógico que reserva activa que es una insensatez porque, ¡o está en reserva o está en actividad!, en cambio el término o clasificación que propongo es similar a aquella figura de la antigua Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales, ¿recuerdan aquella figura de Oficiales en Disponibilidad?

Por supuesto, para ser coherente con lo que he sostenido en cuanto a los aspectos positivos, también los citaré.

Retomando el asunto que realmente nos compete, veamos algunos de esos artículos.

Ámbito de aplicación
Artículo  2°.  Este Decreto con Rango, Valor  y Fuerza  de Ley Orgánica, se aplica al personal militar profesional en situación de actividad, en  reserva activa; Cadetes, Alumnos  de Institutos Militares, Tropa Alistada, Reserva y Milicia Bolivariana movilizada, en los términos y condiciones previstos en este Decreto Ley. Así como, a  familiares  inmediatos  calificados  y sobrevivientes  del militar profesional con goce de pensión.

OBSERVACIÓN
¿Cuál reserva?, porque la tropa al ser licenciada del servicio pasa a ser reserva.
Pero es que, en la LOFAN-2014, también se aplica la calificación de reserva, con el añadido incongruente de “activa”, a los militares profesionales en situación de retiro y no se hace distinción en esos “tipos” de reserva. Además de que existe otra “reserva”, según los artículos 89 y 91 de la citada ley.
Ante esta situación, ¿acaso significa que la tropa alistada disfrutará de los beneficios de ésta ley aún después de ser dados de baja? Eso no queda claro debido a la redacción.
Para agravar más la confusión y la carga a nuestra Seguridad Social, se incluye un elemento inconstitucional como lo es la milicia.
Existen dos instrumentos legales que norman a la Fuerza Armada Nacional:

1. La Constitución de la República con los artículos 328,  329, 330 y 331; y
2. La Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional publicada en la Gaceta Oficial Nº 6.156 Extraordinarito de fecha 19 de noviembre de 2014

Si revisamos con cuidado ambos documentos encontraremos que:

1. La Constitución Nacional establece, sin lugar a dudas, cómo estará integrada la Fuerza Armada Nacional y en ella no está contemplada ningún elemento denominado “milicia”, así como tampoco deja abierta la posibilidad de crear dicho elemento.
2. La LOFAN 2014, luego de múltiples modificaciones, indica en su artículo 51 que la Fuerza Armada Nacional está integrada por el ejército, la armada, la aviación militar y la guardia nacional; pero en el artículo 52, incluye al inconstitucional elemento “milicia” como una parte de la FAN que actuará bajo el control del Comando Estratégico Operacional.
3. Según la Constitución Nacional y la LOFAN-2014, no corresponde a nadie decidir cuál será la organización de la FAN, diferente a la señalada en artículo 328 constitucional.
Ni el presidente de la república, en su condición de máxima autoridad de la FAN, con todo y su absurdo “grado militar” de Comandante en Jefe; ni la Asamblea Nacional; ni el ministro de la defensa; ni, en última instancia, el Comandante Estratégico, tienen la autoridad o potestad de decidir cuál será estructura de la FAN. Es más, ni siquiera los Comandantes de Componentes tienen la autoridad para decidir cómo estará estructurado su respectivo Componente. ¿Herejía?, bueno es cuestión de encontrar en la Constitución Nacional, o en la LOFAN-2014 o en otro instrumento legal donde se señale: El ciudadano “fulano de tal” podrá crear tantos Componentes como lo requiera la FAN; Los Comandantes de Componente organizarán estructuralmente su respectivo Componente en tantas unidades de combate, de apoyo y servicios según lo requiera su Componente o conforme a lo que señale el Comandante Estratégico Operacional”. Ni siquiera el artículo 54 de la LOFAN-2014, dada su generalidad, aclara este asunto
En resumen, el sostenimiento de nuestra seguridad social se hace más costosa, y con el tiempo será insostenible, con la incorporación de la inconstitucional milicia y con ese “invento genérico” denominado “Reserva”.

Continuemos con el siguiente artículo.

Órgano v entes competentes
Artículo 4°. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa es el órgano rector en materia de Seguridad Social  de la  Fuerza Armada Nacional Bolivariana  y  tiene la competencia  de  garantizar la  protección establecida  en este Decreto con  Rango, Valor y  Fuerza de  Ley Orgánica, por intermedio del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, del Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada  Nacional Bolivariana,  del Banco de la Fuerza  Armada Nacional  Bolivariana  y demás entes generadores  de bienestar social.

OBSERVACIÓN
No menciona al IORFAN, aunque las diferentes autoridades de ese instituto siempre han sostenido que no es un ente generador de bienestar social. Existen comunicaciones al respecto.
Sin embargo algunos genios, entre ellos el Cmdte. General de la Armada, propusieron incluir el banco de la FAN, una entidad netamente mercantil que tiene que regirse por la ley de bancos y más nada. En ninguno de los artículos de ésta ley se establece alguna relación directa de ese banco con nuestra seguridad social como podría ser su aporte obligatorio a los diferentes fondos que administrará el IPSFA y el que administrará el Círculo Militar; o el sostenimiento de las nuevas casas de alojamiento para la tercera edad; o en la compra y entrega de medicinas al IPSFA para su distribución; o el mantenimiento de previsiones o reservas monetarias para el Fondo de Contingencia. En resumen, la inclusión del banco de la FAN, así como el capítulo VI, está fuera de orden. Su inclusión, como un elemento o dependencia responsable de nuestra seguridad social, es un invento de alguien, o de algunos, que no tiene el más mínimo conocimiento de seguridad social y de las funciones o propósitos de una entidad netamente financiera como lo es el Banco de la FAN.

Enero, 21 de 2016