IPSFA
Comenzamos mal
#ActuaMasQueQuejarte

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Es de todos conocido, y ya parece ser fastidioso el tema, que nuestra póliza de salud, HCM, que nos brinda la empresa Seguros Horizonte es una paupérrima póliza en extremo costosa para la cobertura que brinda.

Esto trae como consecuencia que se haya creado una especie de segundo seguro de cobertura médica denominado Fondo de Contingencia para la atención médica, el cual tiene su financiamiento estipulado en el artículo 93 de la LOSSFAN-2015:

Artículo 93. Las fuentes de Ingreso del Fondo de Contingencia para la atención médica, están constituidas por:
1. Los aportes del Estado a través de la Ley de Presupuesto Anual de cada Ejercicio Fiscal;
2. Los intereses generados de colocaciones Inversiones producto de la capitalización de estos recursos que realice el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional;
3. Las transferencias, donaciones, aportes adicionales y demás ingresos en dinero que se obtengan por cualquier otro título legal;
4. El aporte del cuatro por ciento (4 %) de la utilidad neta trimestral, de los órganos desconcentrados y entes descentralizados adscritos al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, salvo aquellos entes u órganos que por su naturaleza deben hacerlo semestral o anualmente, serán dirigidos para el Fondo de Contingencia;
5. Las transferencias, donaciones, legados, aportes o cualquier otra contribución que   puedan realizar legalmente personas naturales o jurídicas, públicas o privadas y los organismos internacionales;
6.    Otras que determine la ley.

Hasta aquí todo “bien”, pero existe un gran inconveniente derivado de la falta de reglamentos de ésta LOSSFAN-2015 que permite la existencia de un virus mortal, y mucho más en manos de quienes NPI de lo que significa seguridad social y su administración; ese “virus” se llama DISCRECIONALIDAD que, en manos de militares en servicio activo, reitero, ES MORTAL y no porque sean incapaces ni alguna otra “cosa”; es mortal en manos de un militar en servicio activo porque ese profesional todavía “tiene puesto el casco antibalas de combate”; su preparación, su capacitación es para administrar la fuerza bélica; en su mente perdura el: “yo ordeno, yo mando y tú obedeces, ¿está claro?” y no admite discusiones, ni opiniones, ni asesoramiento de quienes sí conocen la materia; además son muy propensos al “amiguismo”, en todo su amplio sentido.

Ese Fondo de Contingencia para la atención médica no debe, no puede, ser supletorio de la póliza de salud o HCM que, insisto, es paupérrima y altamente costosa además de ilegal el cobro de la prima mensual que pagamos todos los militares profesionales, activos o en situación de retiro, incluso los familiares sobrevivientes.

¿Por qué es ilegal?, porque viola la ley que rige la materia sobre los seguros y además viola la LOSSFAN-2015.

¿Por qué viola la ley que rige la materia de seguros?, sencillamente porque la predadora prima mensual está basada en un porcentaje de la remuneración del militar profesional, activo o en situación de retiro, y la del familiar sobreviviente. Esto genera que, cada vez que exista algún incremento en la remuneración de esas personas, sea cual fuera el tipo de incremento, automáticamente aumenta el descuento, sin compensación de cobertura alguna, para el denominado FCIS (SEG. HOR.) 3.315% ~fondo cuidado integral salud-seguros horizonte~ cuando el artículo 74 de la LOSSFAN-2015 define claramente qué se entiende por cuidado integral de la salud:

Artículo 74. Se entiende por cuidado integral de la salud, la prestación de los servicios que tengan como fin su conservación y fomento, la prevención de las enfermedades, el diagnóstico, tratamiento precoz, la rehabilitación y la atención al adulto mayor, de conformidad con el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y sus reglamentos respectivos.

Como se puede apreciar, allí no se menciona, en absoluto, a la empresa Seguros Horizonte la cual no es una empresa de servicios, es más, lo concerniente al seguro está contemplado en el Capítulo VII - Del Seguro, artículos 71, 72 y 73 de la ya citada ley de 2015.

¿Por qué viola la LOSSFAN-2015?, porque esos descuentos están siendo aplicados sobre la totalidad de la remuneración mensual y no sobre la remuneración básica, tal y como ordena el artículo 76.3 de esa ley orgánica:

Artículo 76.  Los recursos destinados al financiamiento del Fondo del Cuidado Integral de la Salud, provienen de:
[…]
3. El aporte del seis coma cinco por ciento (6,5 %) del sueldo básico de: los profesionales militares en la situación de actividad o reserva activa con goce de pensión y familiares sobrevivientes pensionados.
[…]

Hasta aquí la relación entre nuestro seguro HCM y el denominado Fondo de Contingencia para la atención médica, que insisto, es manejado discrecionalmente.

¿A qué viene todo lo anterior, además del subtítulo de éste escrito?, sencillamente a que ese Fondo de Contingencia para la atención médica, hasta ayer, 04 de noviembre del presente año, estaba en…



“CERO”



¿Razones? … ¡las desconozco totalmente!

Aparte:
Siguen los cambios en el IPSFA, en esta oportunidad, entre otros, fue reemplazado el Gerente de Bienestar y Seguridad Social, Cnel. Noel Eduardo Montes Fuenmayor.
Noviembre, 05 de 2016
#ActuaMasQueQuejarte



A PROPÓSITO DE ESA IDEA DE
“BORRÓN Y CUENTA NUEVA”
#ActuaMasQueQuejarte

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Por allí anda rondando la idea según la cual, para llegar a un acuerdo y ‘evitar males mayores’, es conveniente aplicar aquello de hacer borrón y cuenta nueva, algo así como lo que pretendían las FARC en Colombia y que fue rechazado, inteligentemente, por el pueblo colombiano.

Con razón, el Libertador Simón Bolívar calificó a esa república como “…una universidad…”

¡Claro, es cierto, sin duda alguna!… siempre es más conveniente evitar muertes que generalmente es de gente inocente o que no tienen nada que ver con las acciones de los delincuentes del desgobierno en manos tanto civiles como militares.

Ahora, también es cierto que tiene que llegar el día de “echarle un para’o” a tanta impunidad que durante más de doscientos años destruye nuestra vapuleada Patria. ¡Ya está bueno de tanta alcahuetería!

Ha sido tan grave la depredación del país a través de su historia que el Libertador Simón Bolívar se vio en la obligación, el año 1825, de dictar el siguiente decreto:




No es posible seguir aceptando que unos delincuentes acaben con nosotros, nos pongan a pasar hambre, se roben groseramente nuestros dineros y luego hay que perdonarlos para ‘evitar algunos muertos’; si eso se hace así, como siempre se ha hecho, la depredación del país continuará; siempre van a existir los inescrupulosos, los hampones disfrazados de políticos más no Estadistas, que ambicionarán llegar al poder solo para enriquecerse sin importarle nada. HAY QUE SENTAR UN PRECEDENTE Y EL MOMENTO ES ¡AHORA!

Sin llegar al extremo de sanción ordenada en el Decreto antes expuesto, sí se hace obligatorio, hoy más que nunca, que todo aquél que haya cometido delitos contra la patria, en contra los derechos humanos, en contra de cualquier ciudadano, TIENE que ser juzgado por nuestros tribunales, sentenciados a la máxima pena contemplada en nuestras leyes y encerrados en las cárceles especiales para ese tipo de criminales sin importar su militancia política, profesión, ocupación, lugar de origen o de residencia.

También creo que, cuando mencionan a los militares, se están dejando llevar por lo que representa DD y su camarilla multi-soleada para incluir a todos los militares profesionales, activos o en situación de retiro, en el mismo saco y eso… ¡no es justo!

OJO, SE HA SEMBRADO Y ARRAIGADO LA MATRIZ DE OPINIÓN DE QUE LOS ÚNICOS RESPONSABLES SON LOS MILITARES, REVISE USTED QUIENES ESTÁN ENQUISTADOS EN EL PODER DESDE HACE VARIOS AÑOS. LOS MILITARES SE VAN, PASAN AL RETIRO, PERO ELLOS SE QUEDAN.

Hoy día ~en este momento, y antes de él~ existen y existieron militares profesionales en desacuerdo con todo lo que acontece en esta Patria venezolana, otrora TIERRA DE GRACIA, porque ellos también, de alguna u otra forma, son víctimas al igual que cualquier otro ciudadano de a pie.

Los militares que están involucrados y que se resisten al cambio, estoy seguro, no son Sargentos, Capitanes, ni siquiera algunos Coroneles y Generales hasta de División; estoy convencido que son los altos jerarcas militares los únicos responsables de la imagen que la FAN proyecta ante la opinión pública y de lo que sucede dentro de aquella y ellos no representan a la totalidad de los integrantes de esa Institución, ...¡aunque a todos le hayan pegoteado esa “cosa” de "bolivarianos"!

Por cierto, ¿Quiénes serán los ‘verdaderos jefes’ de esos oficiales subalternos, algunos oficiales superiores y algunos sargentos que han sido capturados traficando sustancias estupefacientes y psicotrópicas?, ¿será que lo hacen motu proprio o están bajo las órdenes de algunos ‘soles’ que nunca son denunciados y mucho menos hechos presos?

¡Basta de impunidad!
¡El juicio y cárcel para los traidores a la patria, los corruptos y los violadores de los derechos Humanos…
… ¡NO ES NEGOCIABLE!
¡Esto tiene que entenderlo y aceptarlo la MUD y la AN!

Noviembre, 01 de 2016
#ActuaMasQueQuejarte





Simón Bolívar
Libertador Presidente,
&ª, &ª, &ª.

Teniendo Presente:

1°–Que una de las principales causas de los desastres en que se han visto envuelta la República, ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han invertido en ellos;
2°–Que el único medio de extirpar radicalmente este desorden, es dictar medidas fuertes y extraordinarias, he venido en decretar, y

Decreto:
Artículo 1°–Todo funcionario público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.

Artículo 2°–Los jueces a quienes, según la ley, compete este juicio, que en su caso no procedieren conforme a este decreto, serán condenados a la misma pena.

Artículo 3°–Todo individuo puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el Artículo 1°.

Artículo 4°–Se fijará este decreto en todas las oficinas de la República, y se tomará razón de él en todos los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos públicos.

Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en el Palacio Dictatorial de Lima, a 12 de enero de 1824–4° de la República.

                                                                                                      SIMON BOLIVAR
Por orden de S. E.,
            José Sánchez Carrión.