Ciudadana Vicealmirante
ÉRIKA COROMOTO VÍRGÜEZ OVIEDO
Ciudadano General en Jefe
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ


Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

El soldado, por encima de todos, ora por la paz pues es el soldado quien debe sufrir y aguantar las más profundas heridas y cicatrices de la guerra.
Douglas MacArthur


Parte II de III
Ciudadano General en Jefe
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
Ministro del Poder Popular para la Defensa
y
Vicepresidente Sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz

Quise publicar este escrito el pasado lunes 3 de diciembre, pero fue imposible porque, al iniciar su redacción, me desvié del propósito del mismo y me extendí sobre la responsabilidad que usted, como ministro de la defensa, tiene en todo lo que sucede en nuestra Tierra de Gracia, en especial la defensa de nuestro Esequibo, la defensa de nuestra soberanía y muchos otros puntos de honor que, como venezolanos y como herederos de nuestros libertadores, tal y como nos gusta identificarnos constantemente, estamos en la obligación perpetua de cumplir.
Pero no lo hacemos, o mejor dicho, no lo hacen quienes en estos momentos tienen en sus manos el “testigo” entregado por nosotros, los que ya estamos fuera del servicio activo.
¡Otra vez caí en lo que no quería caer, pero no dejaré por fuera lo ya escrito y aquí quedará.
Usted cumplió, en julio de este año, 34 años de servicio. Creo que es el militar profesional que más años ha llegado a cumplir en servicio activo, eso tiene que haberle permitido conocer muy a fondo a nuestra fuerza armada, desde su capacidad “operacional” hasta sus características “administrativas”.
Durante su etapa como Cadete de la entonces Academia Militar de Venezuela tiene que haber conocido, internalizado, los principios de Mando y Conducción, materia obligatoria, y entre ellos figura:
CONOZCA A SU GENTE Y PREOCÚPESE POR EL BIENESTAR DE ELLOS
El asunto, señor General en Jefe y ministro de la defensa es que parece ser que, debido a sus múltiples obligaciones como ministro y a las derivadas de sus cargos adicionales, usted ha perdido contacto con los integrantes de la fuerza armada, sus familiares directos y familiares sobrevivientes y eso ha generado un deterioro notable puertas adentro de la fuerza armada; deterioro que es puesto en evidencia por las noticias negativas que aparecen en diversos medios de comunicación y redes sociales denunciando hechos delictuosos que van desde el hurto hasta el asesinato, pasando por corrupción, tráfico de estupefacientes, deserciones y otros delitos cometidos, tanto por personal en servicio activo como por los que se encuentran en la denominada reserva activa, que genera, al final, un debilitamiento de nuestro prestigio y nuestro poder militar.
La historia militar nos narra hechos bélicos, pero también anécdotas; arengas o exhortaciones militares; frases y entre éstas últimas deseo atraer su atención sobre una de Napoleón Bonaparte:
Un ejército marcha sobre su estómago.
Y he aquí la principal causa de tantas irregularidades antes mencionadas porque todos los honestos, como lo somos la gran mayoría, estamos padeciendo hambre y algunos han llegado a la solución más drástica que han encontrado… ¡el suicidio!
Hace unos meses atrás usted dijo, claro, fuerte y sin dejar lugar a dudas, que un Teniente no podía tener una remuneración igual a 14.000 bolívares soberanos, …yo le pregunto señor ministro: ¿por qué no?, ¿acaso es conocido por usted las necesidades que pueda tener ese hipotético Teniente? No deseo llegar a creer que usted dijo eso como consecuencia de la decisión de una ñángara. 1
¿Conoce usted nuestra Ley Orgánica de Seguridad Social, de fecha 29 de diciembre de 2015, denominada como “Negro Primero”?
Ella, en su artículo 4º establece:

Artículo 4°. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa es el órgano rector en materia de Seguridad Social  de la  Fuerza Armada Nacional Bolivariana  y  tiene la competencia  de  garantizar la  protección establecida  en este Decreto con  Rango, Valor y  Fuerza de  Ley Orgánica, por intermedio del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, del Instituto Autónomo Círculo de la Fuerza Armada  Nacional Bolivariana,  del Banco de la Fuerza  Armada Nacional  Bolivariana  y demás entes generadores  de bienestar social.

Este artículo hace a usted responsable de todo lo que suceda o deje de suceder en relación a nuestra seguridad social, usted, nadie más, porque quien ejerza la presidencia de la Junta Administradora del IPSFA solo es un ejecutor de las políticas, órdenes y disposiciones que usted dicte, enmarcadas en lo que dispone la ley antes citada.
Seguidamente encontrará el artículo 6º, el cual pone en evidencia una de las grandes deficiencias dentro de la estructura del ministerio que usted regenta, éste artículo ordena:

Artículo 6°.  El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa en su condición de órgano rector, coordinará, gestionará y administrará el Sistema de Seguridad Social Integral de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través del Viceministerio de Servicios, Personal y Logística.

¿Por qué pone en evidencia las grandes deficiencias, el génesis de ellas, en la gestión de nuestra seguridad social?… ¡sencillamente porque, según el organigrama estructural del MPPPD, aprobado por el ministerio del poder popular de planificación mediante oficio Nº 157 de fecha 08-07-2014, usted no cuenta con un verdadero órgano supervisor y ejecutor de las políticas de seguridad social para toda la fuerza armada!
Nuestra seguridad social depende de un viceministerio que, en realidad, no tiene nada que ver con ella y lo más conveniente es que exista el “VICEMINISTERIO DE BIENESTAR Y SEGURIDAD SOCIAL” que reúna, unifique, coordine y administre los grandes y dispersos recursos financieros, humanos y estructuras dedicadas a la salud, bienestar y seguridad social de todos y cada uno de los integrantes de la fuerza armada, sus familiares y los familiares sobrevivientes.
En ese viceministerio tienen que estar: IPSFA; IACM; Hospitales y clínicas militares, todas, absolutamente todas; casas de albergue y todo aquello que, de alguna u otra forma, tenga la más mínima incidencia en cuanto a nuestro bienestar y seguridad social.
Otra herramienta que no ha puesto en “uso” desde el 29 de diciembre 2015 es el “Consejo de Seguridad Social de la fuerza armada”, creado por la LOSSFAN 2015 en sus artículos 23, 24 y 25:
Artículo 23.  El Consejo de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, es el órgano asesor y consultivo de la Ministra o del Ministro del Poder Popular para la Defensa, en las materias reguladas por el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y sus Reglamentos.

Artículo 24.  El Consejo de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, estará integrado por:
1. Viceministra o Viceministro de Servicios, Personal y Logística, quien lo presidirá;
2. La Jefa o Jefe de las Oficinas de: Gestión Humana, Gestión Administrativa y Planificación y Presupuesto del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa;
3. La Directora o el Director General de Salud de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
4. La Presidenta o el Presidente de la Junta Administradora del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, quien actuará como Secretaria o Secretario;
5. La Presidenta o El Presidente del Instituto Autónomo Círculo Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
6. La Directora o El Director de Personal de cada Comandancia General;
7. La Consultora o El Consultor Jurídico del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Defensa;
8. La Presidenta o El Presidente del Instituto de Oficiales en reserva Activa de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
9. Un Oficial en reserva activa, con goce de pensión, designado por la Ministra o el Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, mediante resolución ministerial;
10. Un Tropa Profesional en reserva activa, con goce de pensión, designado por la Ministra o el Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, mediante resolución ministerial; y
11. Cualquier otro, designado por la Ministra o el Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Defensa, mediante resolución ministerial.

Artículo 25.  El Consejo de Seguridad Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, tendrá las funciones siguientes:
1. Proponer los lineamientos estratégicos de la política de Seguridad Social   de   la   Fuerza Armada   Nacional Bolivariana;
2. Asesorar a la Ministra o el Ministro del Poder Popular para la Defensa en materia de Seguridad Social incluyendo planes de inversión de los diversos fondos;
3. Evacuar consultas en materia objeto del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica;
4. Proponer   reformas para la actualización del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y sus Reglamentos en beneficio de la seguridad social;
5. Proponer las normas de regulación general del Sistema de Seguridad Social, planes y programas presupuestarios consolidados;
6.    Supervisar las formas de coordinación y participación de los órganos ejecutores de los beneficios consagrados en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica;
7. Presentar los   planes de   seguimiento, evaluación y resultados de los programas del Sistema de Seguridad Social Integral y elaborar las recomendaciones pertinentes;
8. Proponer al Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana los entes fiduciarios donde se colocará el fidecomiso; y
9. Todas las demás funciones que por su naturaleza les corresponda, de conformidad con el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y sus Reglamentos.
El Consejo de Seguridad Social deberá reunirse por lo menos dos (02) veces al año, o cuando lo considere necesario la Ministra o el Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Defensa o el Viceministra o Viceministro de Servicios, Personal y Logística.

Como podrá ver, usted cuenta con suficientes herramientas para fortalecer y desarrollar nuestro bienestar y seguridad social garantizado en la CNRBV en su artículo 328.
Ahora bien, dicho lo anterior, señor ministro y General en Jefe, ¿qué está pasando puertas adentro del IPSFA? ¿está sola la señora Vicealmirante, sin ningún apoyo de su parte a pesar de una visita sorpresiva que hizo hace varios días y que duró mucho más de una hora? ¿Qué está pasando con nuestras pensiones que son paupérrimas y mucho más grave en el caso de los familiares sobrevivientes antes del 29 de diciembre 2015 a quienes se les niega el derecho de acrecer? ¿qué pasa con el suministro de medicinas, independientemente del déficit nacional en ese ramo y que no es atribuible a ningún venezolano que no esté entre los altos niveles del poder nacional? ¿qué pasa con la cobertura de la póliza de horizonte que no es más que una ridiculez mayúscula que raya en la ofensa? ¿por qué es necesario un Fondo de contingencia médica cuando seguros horizonte debería cubrir, con su póliza, esas contingencias? ¿por qué se ha permitido que el IPSFA esté sobredimensionado, tanto en personal como en funciones, lo cual lo ha perjudicado y desviado de las verdaderas funciones y atribuciones para lo cual fue creado? ¿y el llamado círculo militar para qué sirve? ¿solo para administrar algunos hoteles que nunca tienen habitaciones para sus afiliados?
Señor General en Jefe ministro de la defensa, por favor, separe un poco de su tiempo y preste más atención y apoyo a nuestro bienestar y seguridad social que también es SU BIENESTAR Y SEGURIDAD SOCIAL Y EL DE SUS PADRES Y SUS DESCENDIENTES.
Reorganice nuestra seguridad social, ponga en funcionamiento el Consejo de Seguridad Social, haga crear el viceministerio de bienestar y seguridad social, ordene que, a partir del 1º de diciembre de este año, se reconozca a todos los sobrevivientes el derecho de acrecer ordenado por la LOSSFAN 2015; busque una solución para que los militares profesionales y familiares sobrevivientes residenciados en el exterior puedan recibir sus pensiones en las divisas que correspondan ¿acaso ellos tienen la culpa de que algunos individuos hayan desfalcado el tesoro nacional y con ello se hayan beneficiado con miles de miles de millones de dólares?… a propósito… ¿es, o no, cierto que un reciente presidente de Seguros Horizonte se benefició con la “minúscula” suma de TREINTA MILLONES DE DÓLARES a través de una compra inmobiliaria?
¡Hay hambre y miseria dentro de la fuerza armada señor General en Jefe!… ¿qué piensa hacer al respecto?
Recuerde:
LLAMARSE JEFE PARA NO SERLO ES EL COLMO DE LA MISERIA.
SIMÓN BOLÍVAR
27-06-1825
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1 Proveniente de la lengua Kariña de los llanos orientales, en específico del vocablo Ñamgarun
Diciembre, 5 de 2018