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Directiva

FONDO DE CONTINGENCIA PARA

LA ATENCION MÉDICA

 

Coronel (EJ-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

 

Primera parte

A pesar de que la LOSSFAN-2015 contempla, en su artículo 16, el Fondo de contingencia para la atención médica no estoy de acuerdo con la finalidad que se le ha asignado y trataré de justificarlo.

La directiva en cuestión entró en vigencia en septiembre 2012, identificada con las siglas MPPD-ORH-004-SEP-2012, casi tres años antes de que entrara en vigencia la actual LOSSFAN-2015.

Este instrumento administrativo define CONTINGENCIA DE SALUD como la:

Posibilidad que suceda una eventualidad, emergencia, o enfermedad crónica que afecte la salud de la persona y cuyo costo exceda la capacidad de pago del paciente afectado, situación ésta que deberá demostrarse en el expediente a ser tramitado ante el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada, avalada por informe médico de Hospital Militar, adscrito a la Dirección General de Salud del MPPD. Y el agotamiento de las pólizas tanto básica como complementaria, para la activación del Fondo de Contingencia. No se considera contingencia cuando la atención médica ya ha sido prestada y cancelada, en cuyo caso se trata de un reembolso por gastos médicos, que amerita un tratamiento administrativo diferente, no contemplado en la presente Directiva; ya que esta gestión se realiza por ante el Instituto de Prevención Social de la Fuerza Armada.

Una acotación: uno de los vocales del IORFAN ha indicado a algunos profesionales, que han cubierto los costos de una contingencia médica, que el procedimiento a seguir en esos casos es solicitar una AYUDA ECONÓMICA al IPSFA, demostrando así su desconocimiento de lo que dispone esta directiva.

Sigamos.

Considero muy conveniente que usted, estimado lector, tome nota detallada de las siguientes definiciones ya que ellas, además de interesantes, otorgan a usted algunos derechos:

CUIDADO INTEGRAL DE LA SALUD:

Se entiende por cuidado integral de la salud, la prestación de los servicios que tengan como fin la conservación de la salud, su fomento y la prevención de las enfermedades; y riesgos en la profesión así como el diagnóstico, el tratamiento precoz y la rehabilitación, el óptimo estado de bienestar social e individual incluyendo sus aspectos psicológicos, culturales y biológicos que concurran en una vida sana, asociada a estilos de vida, condiciones de trabajo, hábitat, recreación, ambiente y servicios que apunten al logro de la salud como un derecho social fundamental.

 

PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD:

La prestación de los servicios de salud que tienen como fin la atención de las siguientes áreas: preventivas, de emergencias, consultas especializadas, curativas y de rehabilitación, prestada a través de los servicios de atención médica ambulatoria, hospitalaria y domiciliaria, así como en las áreas médica, protésica-odontológica de tipo funcional, farmacéutica, protésica y de los servicios auxiliares de diagnóstico, psicopedagógicos y geriátricos. con el nivel de especialidad requerido, incluyendo desde el diagnóstico hasta la rehabilitación.

 

RED SANITARIA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA: 

Conjunto de Centros Dispensadores de Salud de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, organizados por regiones y de acuerdo a los diferentes niveles de atención médica y de especialidad requerido, incluyendo desde el diagnóstico hasta la rehabilitación, distribuidos a lo largo y ancho de todo el territorio nacional, con la finalidad de la prestación de servicios de atención médica, protésica-odontológica de tipo funcional, farmacéuticas, protésica y de los servicios auxiliares de diagnóstico, psicopedagógicos, geriátricos, tanto ambulatoria como hospitalaria, emergencias  y curativa, para funcionar como parte del Sistema Integral de Salud, que dispone de recursos humanos, físicos y financieros propios, a favor de la atención del personal militar profesional y de sus familiares con derecho, tanto en tiempo de paz como en situaciones de emergencia nacional.

 

Dejo a usted una pregunta: ¿los tres párrafos anteriores los cumple la Dirección General de Salud del MPPD, dependencia que controla toda la Red Sanitaria del MPPD?

Otra acotación: ni el IPSFA, ni mucho menos Seguros Horizonte, administran o tienen control de algún centro de salud. Existe una sola excepción y está referida al IPSFA quien tiene clínicas odontológicas en algunos lugares del territorio nacional.

Más adelante esta directiva señala, textualmente, que:

…el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a través del presente instrumento unifica las normas y procedimientos para la operacionalización del Fondo de Contingencia de Salud, a los fines de atender la falta de cobertura de la Póliza de Hospitalización, Cirugía y Maternidad suscrita entre el Ministerio del Poder Popular para la Defensa y Seguros Horizonte C.A, mediante el Convenio Anual correspondiente; y de otras instancias existentes para la protección integral de la salud del personal militar profesional activo o retirado con goce de pensión, así como los Cadetes y Alumnos de los Institutos de Formación Militar, la Tropa Alistada; familiares calificados con derecho amparado por la Ley de Seguridad Social de la Fuerza Armada, para atender enfermedades de alto costo y riesgo, emergencias y tratamientos médicos que no pueden ser atendidos temporal o definitivamente en los Centros Dispensadores de Salud de la Red Sanitaria de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Este extracto del numeral 4.2 SITUACIÓN ya reconocía, con casi ocho años de anticipación, la insuficiencia y la ineficacia del convenio de seguro básico MPPD-SEGUROS HORIZONTE, hoy día suspendido.

Sé que algunos estarán pensando, ¿eso que tiene que ver, acaso que para los fines prácticos no es igual que los eventos de salud sean pagados por un fondo o por una compañía de seguros?... ¡lo que realmente interesa es que se paguen!; y ese razonamiento es muy válido, pero existe un gran inconveniente y ese es la sempiterna DISCRECIONALIDAD.

Intentaré explicarme con pocas palabras, partiendo de la definición de discrecionalidad:

 

Discrecionalidad

1. Cualidad de lo que es discrecional.

Discrecional

1. Que se deja a la discreción o prudencia de una persona determinada y no está sometido a regla o norma.

 

Dicho lo anterior, dejo a usted las conclusiones sobre que es más conveniente:

a) una póliza de seguro que cubra los eventos de salud para todos los asegurados, por igual, con solo la participación del evento a la empresa de seguros, o;

b) estar supeditado a una serie de trámites y recopilación de documentos para que pueda ser atendido en caso de un evento de salud y cuya cobertura depende de los recursos disponibles de un Fondo controlado por una autoridad determinada.

 

Ahora bien, la LOSSFAN-2015, en su artículo 71, establece como un derecho el acceso a un seguro que cubra hospitalización, cirugía y maternidad, gastos funerarios y una póliza colectiva de vida para los militares profesionales en situación de actividad, en reserva activa con goce de pensión y sus familiares calificados o los sobrevivientes con goce de pensión, pero todos sabemos que carecemos de esa póliza de seguro y que ese derecho de un seguro fue privatizado a través de la póliza complementaria que ofrece Seguros Horizonte, la cual resulta insuficiente e impagable debido a las míseras remuneraciones y pensiones que percibimos los militares profesionales y los familiares sobrevivientes con derecho de pensión.

Sin embargo, aunque exista el Convenio MPPD-Seguros Horizonte para una póliza colectiva que sea suficientemente amplia, con un rango de cobertura acorde con los costos de un evento de hospitalización, cirugía, maternidad, gastos funerarios y una póliza colectiva de vida, tampoco servirá de nada mientras esa empresa de seguro siga siendo manejada tal y como lo ha venido siendo, convirtiéndose en una caja sin fondo que ha tenido que ser rescatada, en varias ocasiones, debido a enormes pérdidas financieras, a pesar de que tiene el monopolio de seguro para toda la FAN, además de libertad para comercializar pólizas de seguro en el mercado del ramo y adicionalmente recibir la exclusividad de asegurar a todo el personal de algunos ministerios e Institutos; a todo lo anterior hay que sumar la negativa de cientos de centros de salud y funerarias de aceptar a esa empresa de seguros debido a su burocracia y retardo para honrar los pagos correspondientes.

En la próxima entrega trataré otros aspectos de la directiva objeto del título de este escrito y transcribiré el procedimiento establecido en ella para tramitar la cobertura para el caso de una contingencia médica.

Septiembre, 06 de 2020



MARZO
ACONTECIMIENTOS

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Hasta le fecha de este escrito, 24MAR2018, han acontecido algunas cosas que enumeraré a continuación:


Primera Asamblea Nacional de familiares sobrevivientes

El pasado 07 de marzo se llevó a efecto, en el salón “Los Andes” del Círculo Militar de Caracas, la primera Asamblea Nacional de familiares sobrevivientes pensionados por la FAN. Acudieron ¡ochenta! damas de diversas partes del país.

El motivo de la Asamblea fue presentar la penosa situación y la discriminación por la cual atraviesan esas señoras al negárseles los derechos contemplados en la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN, aprobada el pasado 29 de diciembre de 2015.

Estuvieron presentes varios invitados especiales que dieron algunas informaciones; es de destacar que, entre esos invitados especiales, estuvo presente la ciudadana Mayor Olinda Esther Teixeira de Laya, Consultora Jurídica de la Junta Administradora del IPSFA, quien suministró algunas informaciones y tomó nota de las inquietudes para hacerlas del conocimiento del ciudadano General de División presidente de la Junta Administradora de ese Instituto.

Como resultado final se tomaron algunas decisiones, las cuales ya están en marcha. Se levantó la respectiva Acta.


IORFAN

Pareciera que es el cuento de nunca acabar. Se corrió por las redes un escrito que, al final, generó graves consecuencias. El asunto fue el enfrentamiento de un Jefe de Seccional contra el Vocal de la Armada de la Junta Directiva de ese Instituto quien resultó tener la razón de su parte.

El escrito, redactado con una artera intención, dibujó una escena que estuvo alejada de la realidad generando daños a la reputación del Vocal de esa Junta.

Desde hace mucho tiempo he sostenido que el IORFAN, tal y como está funcionando, no justifica su existencia y así lo sostengo. Quizás resulte confuso que, a continuación, manifieste que el IORFAN es necesario, pero no este actual Instituto cuya ley ya está obsoleta y su objeto para el cual fue creado por Decreto Nº 435 el 20 de noviembre de 1958, por la Junta de Gobierno de la República de Venezuela, está más que superado.

Otro aspecto oculto es la situación de muchos Vocales, incluso la del presidente de la Junta Directiva, que viven en el interior del país y que deben trasladarse desde sus residencias en lugares muy lejanos, de varias horas de recorrido, para asistir a las reuniones semanales de la Junta y para ocuparse de las responsabilidades que tienen asignadas. Es cierto que reciben una remuneración, pero ella es realmente insuficiente para esos menesteres ya que no alcanza para cubrir los gastos del viaje además del deterioro y mantenimiento de los vehículos particulares.

Algunos se preguntarán, ¿entonces para que se proponen como candidatos para ocupar cargos en esa Junta Directiva?, ella es una buena pregunta cuya respuesta corresponde solo a ellos. Lo que sí está muy mal es que algunos compañeros de armas, antiguos integrantes de alguna Junta Directiva anterior, se dediquen a redactar escritos públicos donde denigran y colocan en la picota a sus compañeros de armas que, por libre elección, ocupan los cargos que esos redactores llegaron a desempeñar pero que ahora, quien sabe por cuál razón, se han convertido en detractores, quizás, y solo quizás, exista la oculta intención de reemplazar a alguno de los integrantes activos en la Junta Directiva o, lo más probable, ser reelectos en unas próximas elecciones.


PÉREZ LUQUE RAFAEL ANTONIO 


Esta es una gran obra social que ejecuta el señor General de Brigada RAFAEL ANTONIO PÉREZ LUQUE, de la promoción “General de División PEDRO LEÓN TORRES”, del año 1960, de aquel Ejército Venezolano otrora “Forjador de Libertades”.

Un hombre de una gran calidad humana, sencillo, gran corazón y desprendimiento, que ha venido realizando, junto con su honorable familia, una callada pero importante acción social en beneficio de la gente pobre de su pueblo Guarico, a quienes le sirven tres almuerzos semanales ¡gratuitos!, con la colaboración desinteresada, sin cobrar, de los cocineros y personal que laboran en esa actividad que, al igual que el señor General de Brigada, ponen en evidencia su gran corazón y ese gentilicio llanero dispuesto a brindar ayuda a quien lo necesite, sin preguntar ni pedir nada.

Solo personas con esa calidad humana, esa sencillez, ese desprendimiento, son capaces de hacer esa hermosa acción, que no es otra cosa que actuar ante tanta necesidad. 

Pero la gestión del señor General de Brigada Pérez Luque no se queda allí, él también es artífice de otras obras como lo es el Museo de Los Castejones y otras mejoras en el pueblo en procura de una mejor calidad de vida de sus habitantes.

Si así procediéramos más venezolanos, a nivel nacional, otra cara tuviera nuestro país y más conciencia en el momento de elegir a quienes son nuestros empleados para que administren nuestros recursos en beneficio de todos y cada uno de los venezolanos en la medida que les corresponda para satisfacer a los más necesitados y no para satisfacer sus egoístas ambiciones personales.

Dios le recompensará mi General.


ALMIRANTE

Del otro lado de la acera se encuentra un alter ego del generalato, en este caso un almirante que su más notoria acción es hablar pendejadas, correr “bolas” más falsas que su propia palabra, además de enunciar alabanzas rastreras dirigidas a quienes desgobiernan y destruyen, a paso de vencedores, esta hermosa Tierra en des-Gracia

No me consta, reitero, no me consta, pero por la redacción y el contenido del siguiente mensaje, que comenzó a correr el día 23MAR2018, pareciera tener su origen en el teclado de ese almirante. El mensaje dice así:


“Información A-1 reunión efectuada en el día de hoy Ipsfan y Ministerio de defensa se concretó que los pagos y todo lo concerniente a los aspectos logísticos para la reserva activa serán cancelados todos por el Ministerio de defensa tal y cual como los activos misma fecha misma cantidad, así como los diferentes bonos como si fuéramos activos, ya el Ipsfan Se deslinda de esas responsabilidades esperemos la información oficial a ser comunicada al personal de reserva activa.”

Si nos detenemos un poco para considerar el contenido podemos - dada la disparatada interpretación y aplicación del derecho en ésta época - aceptar la veracidad de tal mensaje, pero eso, seguro no es gratuito y además generaría un “empastelamiento” en cuanto a uno de los principales propósitos - ¿y sostén? – del Instituto de Previsión Social de la FAN (IPSFA), como lo es el pago de las jubilaciones y de las pensiones, dos cosas muy diferentes, que además es una responsabilidad atribuida a ese Instituto por la Ley Orgánica de Seguridad Social de la FAN; pero como este desgobierno hace lo que bien le venga en ganas saltándose todas las normas, repito, no tendría nada de extraño que eso suceda.

¿Pero que significaría recibir el pago de las jubilaciones y pensiones a través del Mindefensa directamente?, ¿qué pasaría y cómo se manejaría el Fondo de Pensiones que, en este momento, tiene el IPSFA?, ¿se descubrirían algunas “cosas”?

Bueno, el mismo mensaje que circuló como llama de pólvora tiene una frase clave, pero el mismo tiempo “peligrosa”, esa frase es: …como si fuéramos activos…

Considero que sería una “consolidación” con esa cosa llamada “reserva activa” que si usted, de verdad se detuviera a analizar, verá que es un absurdo porque, ¿cómo es posible que usted esté en la reserva y al mismo tiempo activo sin estar en un campo de batalla?... ¡y no me venga con el cuento de la estúpida y falsa “guerra económica”!

Una reserva se podría considerar “activa” si la misma forma parte de las unidades empeñadas en combate en el campo de batalla; esa reserva está formada por seres humanos en excelentes condiciones físicas, entrenados constantemente, equipados y dispuestos a ocupar la posición de combate de alguna unidad del frente que ha sido disminuida en su capacidad de combate. 

¿Acaso que los que nos encontramos en situación de retiro estamos en condiciones físicas, equipados y actualizados para entrar en combate?, ¿en combate contra quién?, ¿contra cuál de los “imperios” y pseudo "imperiesito caribeño” que se disputan los restos de este otrora próspero país?

Regresemos al contenido del mensaje. Quizás sería una solución para detener el abuso constante que las diferentes Juntas Administradoras hacen de nuestras jubilaciones y pensiones al aplicar la LOSSFAN 2015 según su capricho y conveniencia, efectuando descuentos incorrectamente, tal y como sucederá en la remuneración de abril, que ya fue publicado en la página del IPSFA, me explico: en esa remuneración de abril se sigue aplicando los descuentos por concepto de Seguros Horizonte (un atraco), IPSFA y Hospimil aplicando los respectivos porcentajes a la remuneración integral mensual y no a la remuneración básica ¡tal y como lo ordena la LOSSFAN 2015! … ¡hasta cuando hay que decir esto y nadie en absoluto se ocupa de detener ese libertinaje del IPSFA! … ¡lean la ley, por Dios!


ORGANIZACIONES MILITARES

Hace algún tiempo se contabilizaban diecisiete (17) organizaciones de militares profesionales de diferentes categorías, incluyendo al IORFAN, hoy día no sé cuántas subsisten, pero sí me pregunto: ¿Qué será de la vida de AVOFAR y su CAJA DE AHORRO que estaba y está en manos de cierto Coronel de la GN que fue obligado a salir de un cargo en el IPSFA donde se vanagloriaba de tener el poder para asignar vehículos a quien él consideraba “sus amigos”?


ACCION JURIDICA ANTE LA SALA POLITICO ADMINISTRATIVA DEL TSJ

La acción incoada por el ciudadano Coronel Antonio José Varela ante el actual TSJ con el propósito de que se reconozca la deuda que el Mindefensa ha acumulado como consecuencia del no pago de los beneficios socioeconómicos que, por ley y por derecho, nos corresponden. Esa acción aún no tiene finiquito por lo tanto el juicio continúa. ¿Cuánto más durará?, nadie lo sabe, solo Dios y los magistrados.

¿Reconocerán la deuda y pagarán correctamente?, tampoco nadie lo sabe excepto los mismos que dictarán sentencia.

Lo que sí es cierto es que el ciudadano Coronel Varela está constantemente pendiente de la marcha del juicio.
Marzo, 24 de 2018



IGNOMINIA

SEGUROS HORIZONTE Y
ALTO MANDO

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández


Sé muy bien que lo que voy a exponer a continuación caerá en los sordos oídos del Alto Mando y de todos los que laboran en Seguros Horizonte, desde su presidente hasta el último de sus empleados, incluyendo a cualquier asesor que esa empresa pueda tener, si es que lo tiene; incluso, también caerá en los sordos oídos de los mismos afectados porque, ellos, padecen de miedo “cerval” cuando algo les afecta directamente, pero fueron unos “leones” cuando, a muchos de ellos, les correspondió actuar en actos de represión desmedida.
A pesar de lo dicho expongo lo siguiente:
Este fin de semana pasado (27 y 28 de enero 2018) circularon, por las redes sociales, las siguientes imágenes:




    
No son indigentes, ni son damnificados
¡SON MILITARES PROFESIONALES DE LA ACTUAL GLORIOSA FUERZA ARMADA NACIONAL!... ¡PERO LA QUE TIENE EL APELLIDO DE BOLIVARIANA!
Éste personal militar duerme a las afueras de la sede de Seguros Horizontes, Caracas, en la espera de la solvencia para la solicitud de la baja.
¿Solvencia para solicitar la baja?, ¿acaso que cualquier compromiso contraído con la “empresa” Seguros Horizonte no es descontado, automáticamente, de la nómina de cada una de esas personas?, ¿acaso es mentira que todos los militares profesionales activos y en situación de retiro, así como los familiares sobrevivientes, somos “prisioneros” de esa “empresa” y por lo tanto no hay forma de eludir los compromisos que se contraigan con ella?
Tomen experiencia y fíjense lo mal que paga su “patrón” luego de haberlos involucrado en acciones de dudosa legalidad.
Enero, 29 de 2018